Autoridades y personal. . (2023/61-40)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023

página 5846/8

en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No
presentar la documentación requerida sobre los méritos invocados en la solicitud y no
justificados adecuadamente conllevará la no baremación de esos méritos.
6.7. La Comisión Asesora podrá hacer uso de la posibilidad, prevista en el baremo de
Ayudantes Doctores de la Universidad de Málaga (aprobado por Consejo de Gobierno
de 21 de diciembre de 2017), de celebrar una entrevista cuando entre los candidatos que
superen el mínimo de puntuación exista una diferencia inferior a cinco puntos respecto
del primero. En el Anexo I.1 y I.2 aparecen indicadas las áreas de conocimiento que
han solicitado ejercer dicha posibilidad de entrevista para la baremación y propuesta de
candidatos en las plazas de su área.
6.8. La Comisión Asesora deberá completar el proceso de valoración de los candidatos
en el plazo máximo de treinta días, a partir de la recepción de la documentación. La
Comisión Asesora comunicará al Vicerrectorado de Personal Docente e Investigador
cualquier incidencia que justifique un retraso en el plazo del proceso de valoración
(elevado número de concursantes, comprobación de méritos, …). Una vez que concluya
sus actuaciones, el Secretario de la Comisión devolverá la documentación referida al
concurso al Presidente de la Comisión de Selección y entregará acta de las mismas, a
los que adjuntará como Anexos los siguientes documentos:
a) Relación de todos los concursantes, ordenados de acuerdo con la aplicación
del baremo, e indicación de la puntuación alcanzada en cada uno de los apartados del
baremo.
b) Detalle de la aplicación del baremo a cada uno de los concursantes.
c) Informe individualizado sobre las incidencias surgidas en la aplicación del baremo
a cada uno de los concursantes, con especial referencia a los criterios técnicos y factores
de pertinencia empleados.
d) Informe razonado acerca del grado de adecuación de los distintos concursantes.
6.9. El presidente de la Comisión de Selección procederá a publicar, en el tablón
de anuncios del Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga, extracto de las
actuaciones de la Comisión Asesora conteniendo la relación de concursantes ordenados
según el baremo.

8. Resolución del concurso.
8.1. Finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección propondrá al Rector
la contratación del concursante que haya obtenido el primer puesto, lo que constituirá el
fundamento de su motivación; o en su caso, la conveniencia de dejar la plaza desierta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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7. Trámite de alegaciones.
7.1. En el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación
de la relación referenciada en el apartado anterior, los concursantes podrán interponer
reclamación con cuantas alegaciones estimen convenientes a su derecho, en orden
a la revisión de los datos, puntuaciones o circunstancias contenidas en el expediente
administrativo, presentada según el procedimiento de envío indicado en el apartado 7.2
de estas bases.
7.2. Las reclamaciones deberán presentarse, preferentemente, en el Registro Único
de la Universidad de Málaga, a través de su Sede Electrónica https://sede.uma.es/, para
lo cual deberán disponer de un certificado de firma electrónica, de acuerdo con las
instrucciones existentes en la propia sede. Al presentar la solicitud en la sede electrónica
deberá elegirse como departamento de destino la «Jefatura del Servicio de Personal
Docente e Investigador».
7.3. Transcurrido el plazo señalado, la Comisión de Selección resolverá las
alegaciones presentadas, pudiendo recabar para ello informe previo de la Comisión
Asesora.