Disposiciones generales. . (2023/61-2)
Orden de 9 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, incluidas en la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (2024-2027), y se efectúa su convocatoria para el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023
página 5905/12
Artículo 16. Documentación que acompaña a la solicitud.
1. Junto a la solicitud de ayuda se deberán presentar los siguientes documentos:
a) Una ficha descriptiva, conforme al formulario establecido en el Anexo V de esta
orden, por cada una de las operaciones deseen solicitar la ayuda,.
b) Cuando la persona interesada no sea la persona propietaria de alguna de las
parcelas incluidas en la solicitud de la ayuda, debe aportar la autorización de la persona
propietaria para participar en la reestructuración y reconversión de viñedo, mediante
modelo de autorización incluido como Anexo IV de esta orden, adjuntando documentación
justificativa que permita establecer la relación en régimen de arrendamiento o aparcería,
o cualquier otra forma conforme a derecho, que pueda demostrar mediante documento
liquidado de los correspondientes tributos.
c) Para las solicitudes en las que se opte por tramitación a través de entidades
habilitadas, incluir, por parte de la persona solicitante, autorización de la entidad habilitada
para la presentación y actuaciones complementarias de las solicitudes, conforme al
formulario incluido como Anexo VI de esta orden.
d) Si la persona solicitante es una persona jurídica, deberá adjuntar documentación
demostrativa del poder de representación legal de la misma.
e) En caso que el arranque se haya realizado con anterioridad a la presentación
de la solicitud de ayuda y fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía se deberán
presentar las Resoluciones de arranque que se deseen utilizar, en virtud del artículo 66
del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de
diciembre.
f) Cuando las personas solicitantes no indiquen en el Anexo V de Ficha descriptiva de
las operaciones el localizador reg. Vitícola, y en caso de recintos que no sean completos,
deben aportar croquis sobre salida gráfica de SIGPAC delimitando las superficies
incluidas en la solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00280945
1. Los datos identificativos de la persona o entidad interesada y, en su caso, de quien
la represente y, si de esta forma se optara, la entidad habilitada.
2. El medio a efectos de practicar las notificaciones electrónicas obligatorias que, en
su caso, proceda efectuar.
3. Declaración de que la persona solicitante de la ayuda no se halla incursa en
ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y no contraviene la normativa vigente en materia
de plantaciones de viñedo, para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación
4. Declaración de que se cumple con los requisitos indicados en la orden reguladora,
tanto para obtener la condición de persona beneficiaria, como para las superficies en las
que se solicita la ayuda, y aporta junto con esta solicitud la documentación acreditativa
exigida en las bases reguladoras.
5. Declaración de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud y de
compromiso de cumplimiento de las obligaciones exigidas.
6. Declaración relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera de las
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con
indicación de la entidad concedente, fecha e importe.
7. En su caso, la oposición expresa de la persona o entidad solicitante a que el órgano
competente pueda recabar de otras Administraciones Públicas toda la información o
documentación exigida en la normativa de aplicación y/o necesaria para aplicar criterios
de prioridad que estuviera en poder de aquellas. En caso de indicarse oposición expresa,
la persona solicitante deberá incorporar junto a la solicitud de ayuda la documentación
justificativa que demuestre el cumplimiento de los requisitos o los criterios de prioridad.
8. El apartado de la solicitud relativo a los datos sobre la actividad, proyecto,
comportamiento o situación para la que se solicita el pago.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023
página 5905/12
Artículo 16. Documentación que acompaña a la solicitud.
1. Junto a la solicitud de ayuda se deberán presentar los siguientes documentos:
a) Una ficha descriptiva, conforme al formulario establecido en el Anexo V de esta
orden, por cada una de las operaciones deseen solicitar la ayuda,.
b) Cuando la persona interesada no sea la persona propietaria de alguna de las
parcelas incluidas en la solicitud de la ayuda, debe aportar la autorización de la persona
propietaria para participar en la reestructuración y reconversión de viñedo, mediante
modelo de autorización incluido como Anexo IV de esta orden, adjuntando documentación
justificativa que permita establecer la relación en régimen de arrendamiento o aparcería,
o cualquier otra forma conforme a derecho, que pueda demostrar mediante documento
liquidado de los correspondientes tributos.
c) Para las solicitudes en las que se opte por tramitación a través de entidades
habilitadas, incluir, por parte de la persona solicitante, autorización de la entidad habilitada
para la presentación y actuaciones complementarias de las solicitudes, conforme al
formulario incluido como Anexo VI de esta orden.
d) Si la persona solicitante es una persona jurídica, deberá adjuntar documentación
demostrativa del poder de representación legal de la misma.
e) En caso que el arranque se haya realizado con anterioridad a la presentación
de la solicitud de ayuda y fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía se deberán
presentar las Resoluciones de arranque que se deseen utilizar, en virtud del artículo 66
del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de
diciembre.
f) Cuando las personas solicitantes no indiquen en el Anexo V de Ficha descriptiva de
las operaciones el localizador reg. Vitícola, y en caso de recintos que no sean completos,
deben aportar croquis sobre salida gráfica de SIGPAC delimitando las superficies
incluidas en la solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00280945
1. Los datos identificativos de la persona o entidad interesada y, en su caso, de quien
la represente y, si de esta forma se optara, la entidad habilitada.
2. El medio a efectos de practicar las notificaciones electrónicas obligatorias que, en
su caso, proceda efectuar.
3. Declaración de que la persona solicitante de la ayuda no se halla incursa en
ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y no contraviene la normativa vigente en materia
de plantaciones de viñedo, para cualquiera de las superficies de viñedo de su explotación
4. Declaración de que se cumple con los requisitos indicados en la orden reguladora,
tanto para obtener la condición de persona beneficiaria, como para las superficies en las
que se solicita la ayuda, y aporta junto con esta solicitud la documentación acreditativa
exigida en las bases reguladoras.
5. Declaración de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud y de
compromiso de cumplimiento de las obligaciones exigidas.
6. Declaración relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos
solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera de las
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con
indicación de la entidad concedente, fecha e importe.
7. En su caso, la oposición expresa de la persona o entidad solicitante a que el órgano
competente pueda recabar de otras Administraciones Públicas toda la información o
documentación exigida en la normativa de aplicación y/o necesaria para aplicar criterios
de prioridad que estuviera en poder de aquellas. En caso de indicarse oposición expresa,
la persona solicitante deberá incorporar junto a la solicitud de ayuda la documentación
justificativa que demuestre el cumplimiento de los requisitos o los criterios de prioridad.
8. El apartado de la solicitud relativo a los datos sobre la actividad, proyecto,
comportamiento o situación para la que se solicita el pago.