Disposiciones generales. . (2023/61-5)
Orden de 24 de marzo de 2023, por la que se regula el procedimiento para el mantenimiento y actualización del Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) a partir del año 2023.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023

página 5915/8

Artículo 3. Tipos de modificaciones del SIGPAC solicitables.
1. Las solicitudes de modificación del SIGPAC presentadas en el plazo que les sea
de aplicación de los referidos en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 6 responderán a la
discrepancia de la persona interesada con la información contenida en el SIGPAC, y se
limitarán a los cambios señalados en el presente artículo, y en particular, en cuanto a:
a) Uso: los cambios de uso alegables deberán referirse a los usos definidos en el
SIGPAC, de conformidad con el Anexo I de la presente orden.
b) Sistema de Explotación para todos los usos SIGPAC, excepto para los usos
improductivos, es decir, usos corrientes y superficies de aguas (AG), viales (CA),
edificaciones (ED), improductivos (IM) y zonas urbanas (ZU).
c) Frutales de cáscara: cambio en el número, especie (almendro, avellano, nogal,
pistacho y algarrobo) y/o posición.
d) Castaño: cambio en el número y/o posición.
e) Elementos del paisaje: inclusión, eliminación, cambio de tipología y/o modificación
de geometría.
f) CSP: Modificación del valor del coeficiente de subvencionabilidad de pastos (CSP).
g) Reinicio de la actividad agraria en un recinto afectado por alguna de las siguientes
incidencias:
Incidencia 117: Cultivo abandonado. La persona interesada no está de acuerdo con la
consideración de cultivo abandonado.
Incidencia núm. 158: Barbecho de 5 años. La persona interesada puede demostrar
que está ejerciendo una actividad agraria de mantenimiento.
Incidencia núm. 159: Subvencionabilidad del recinto condicionada por incendio. La
persona interesada considera que puede reanudarse la actividad agraria en los recintos
afectados por un incendio.
Incidencia núm. 177: Cultivos Permanentes con actividad de mantenimiento 5 años
consecutivos. La persona interesada puede demostrar que está ejerciendo una actividad
agraria sobre el mismo.
Incidencia núm. 186: Pasto Permanente con actividad de mantenimiento 5 años
consecutivos. La persona interesada puede demostrar que está ejerciendo una actividad
agraria sobre el mismo.
Incidencia núm. 199: Recinto inactivo: La persona interesada puede demostrar la
titularidad sobre el recinto y que está ejerciendo una actividad agraria sobre el mismo.
Incidencia núm. 211: Pasto sin actividad agraria: La persona interesada puede
demostrar que es titular de una explotación ganadera de bovino, ovino, caprino, equino
o porcino con el tipo «Producción y Reproducción» o tipo «Pasto», inscrita en el registro
general de explotaciones.
h) Capa de Formaciones Adehesadas: inclusión o exclusión de la capa de
Formaciones Adehesadas. Los recintos a incluir en la capa deben cumplir el requisito de
tener asignado en SIGPAC alguno de los siguientes usos definidos como compatibles
con las Formaciones Adehesadas: Tierra Arable (TA), Pastizal (PS), Pasto Arbolado (PA),
Pasto Arbustivo (PR) y Forestal (FO).
i) Capa de franjas de protección de cauces: inclusión o exclusión de superficie de la capa.
j) Capa de superficie agrícola autorizada para el cultivo del algodón: inclusión o
exclusión de superficie de la capa.
k) Capa de zonas de cultivo tradicional del arroz: inclusión o exclusión de superficie
de la capa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280956

de referencia que permita verificarla. La fecha de toma de las fotografías no podrá ser
anterior a un año desde la fecha de presentación de la solicitud de modificación.
ai) Bancal: En las sierras y terrenos pendientes, rellano de tierra que natural o
artificialmente se forma, y que se aprovecha para algún cultivo.