Disposiciones generales. . (2023/61-4)
Orden de 24 de marzo de 2023, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación y gestión de la solicitud única y sobre los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad a partir del año 2023, así como disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas de desarrollo rural objeto de inclusión en la solicitud única.
30 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023

página 5898/18

Articulo 22. Lugar y forma de presentación.
1. Las solicitudes de acceso a la reserva nacional y las comunicaciones de cesiones
de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, se dirigirán a la persona
titular de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
2. Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 1045/2022, de 27
de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la
Política Agraria Común, las solicitudes de acceso a la reserva nacional y las cesiones de
derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, así como la documentación
requerida, se presentarán por los medios electrónicos establecidos al efecto, mediante
la herramienta informática Pago Único-Básico Web disponible a través de las Entidades
Reconocidas por la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en
aplicación de lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y en el artículo 4 de
la Ley 30/2022, de 23 de diciembre.
3. En lo relativo a las notificaciones que deban cursarse personalmente dentro
de los procedimientos relativos a las solicitudes de acceso a la reserva nacional y
las comunicaciones de cesiones de derechos de ayuda básica a la renta para la
sostenibilidad, así como en la retirada de derechos, será de aplicación lo establecido en
el artículo 3 del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre.
Articulo 23. Comunicación de la región y del valor de los derechos de ayuda básica a
la renta para la sostenibilidad.
1. De acuerdo con el artículo 18 del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre,
antes del inicio de presentación de solicitud única y de comunicaciones de cesiones de
la campaña 2023 se podrá consultar la región y el valor de los derechos de ayuda básica
a la renta 2023, con base en datos provisionales, en la sede electrónica de la consulta
pública de derechos en la página web del Fondo Español de Garantía Agraria O.A.
2. Antes del 1 de abril de 2024, se establecerá y comunicará la región y el valor
definitivo de los derechos de ayuda básica a la renta, para las campañas 2023 a 2026, en
la dirección electrónica de la consulta pública de derechos en la página web del Fondo
Español de Garantía Agraria O.A.
3. Una vez publicada esta información en la página web del Fondo Español de
Garantía Agraria O.A. podrá consultarse, en su caso, en la página web de la Consejería a
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
TÍTULO IV
PAGOS DIRECTOS DISOCIADOS
Artículo 24. Ayuda básica a la renta para la sostenibilidad.
Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos en
la Sección 1.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.

Artículo 26. Ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes
agricultoras.
1. Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos
en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de
diciembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280950

Artículo 25. AYuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad.
Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos en
la Sección 2.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.