Disposiciones generales. . (2023/61-4)
Orden de 24 de marzo de 2023, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación y gestión de la solicitud única y sobre los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad a partir del año 2023, así como disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas de desarrollo rural objeto de inclusión en la solicitud única.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023

página 5898/19

2. A los efectos previstos en el artículo 3 21) y 23) del Real Decreto 1048/2022, de 27
de diciembre, se podrá acreditar la experiencia previa como responsable de explotación
mediante el ejercicio de la actividad agraria, como titular de explotación, o cotitular,
durante al menos cinco años de forma ininterrumpida o acreditar respecto a los años en
que no hubiera ejercido la actividad agraria, como titular o cotitular de la explotación, la
asistencia a cursos de capacitación agraria con una duración mínima de 30 horas lectivas
por cada año, en el sector correspondiente a la orientación técnico-económica de la
explotación, hasta completar los cinco años. Estos cursos serán acordes a los exigidos
para la ayuda a la primera instalación en el ámbito del desarrollo rural en esta Comunidad
Autónoma.
Artículo 27. Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y
biodiversidad en las superficies de pastos húmedos.
Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos
en la Subsección 2.ª de la Sección 4.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto
1048/2022, de 27 de diciembre.
Artículo 28. Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y
biodiversidad en las superficies de pastos mediterráneos.
Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos
en la Subsección 2.ª de la Sección 4.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto
1048/2022, de 27 de diciembre.
Artículo 29. Agricultura de carbono y agroecología: Rotación de cultivos y siembra
directa en tierras de cultivo de secano.
Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos
en la Subsección 3.ª de la Sección 4.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto
1048/2022, de 27 de diciembre.
Artículo 30. Agricultura de carbono y agroecología: rotación de cultivos y siembra
directa en tierras de cultivo de secano húmedo.
Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos
en la Subsección 3.ª de la Sección 4.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto
1048/2022, de 27 de diciembre.
Artículo 31. Agricultura de carbono y agroecología: Rotación de cultivos y siembra
directa en tierras de cultivo de regadío.
Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos
en la Subsección 3.ª de la Sección 4.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto
1048/2022, de 27 de diciembre.

Artículo 33. Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en
cultivos leñosos en terrenos de pendiente media.
Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos
en la Subsección 4.ª de la Sección 4.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto
1048/2022, de 27 de diciembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280950

Artículo 32. Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en
cultivos leñosos en terrenos llanos.
Los requisitos y condiciones para poder acceder a esta ayuda son los establecidos
en la Subsección 4.ª de la Sección 4.ª del Capítulo II del Título III del Real Decreto
1048/2022, de 27 de diciembre.