Disposiciones generales. . (2023/58-1)
Decreto-ley 1/2023, de 21 de marzo, por el que se modifica la disposición adicional segunda del Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado y por el que se establecen medidas para la mejora de los módulos de los conciertos educativos para las unidades de educación infantil, educación primaria, educación especial Básica/Primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato, ciclos formativos y formación profesional básica.
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Número 58 - Lunes, 27 de marzo de 2023

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Para asumir las tareas derivadas de la gestión de las ayudas se hizo necesario el
apoyo de un equipo de personas con diferentes perfiles, integradas en lo que se ha venido
a denominar oficina técnica de apoyo, dirigida por el Comisionado del Plan Director de
Ordenación de las Políticas de Empleo y Relaciones Laborales de Andalucía.
La eficaz organización en grupos de trabajo del personal asignado a la oficina
técnica de apoyo posibilitó que se pudiera llevar a cabo una atención personalizada a los
solicitantes. Así, se realizó un análisis diario de las dificultades que se planteaban y se les
contactó telefónicamente dando soporte a todas las dudas.
Además, se acompañó a los solicitantes en el proceso de cumplimentación del segundo
de los formularios del procedimiento, a fin de conseguir el mayor número de solicitudes
posible que cumplieran con los requisitos establecidos, y, con ello, la resolución y concesión
del mayor montante posible de los recursos financieros asignados a Andalucía.
Por otra parte, mediante Resoluciones de 1 de marzo de 2022, de los órganos
competentes para resolver las subvenciones definidas en el Decreto-ley 10/2021, de 1 de
junio, se delegan en la persona titular del Comisionado del Plan Director de Ordenación de
las Políticas de Empleo y Relaciones Laborales de Andalucía, siempre y cuando ostente
la coordinación de la oficina técnica de apoyo a la gestión de los procesos automatizables
y de comprobación de requisitos durante el procedimiento, determinadas competencias
relacionadas con la ordenación e instrucción de los procedimientos correspondientes a
los recursos de reposición y procedimientos de reintegro.
Durante el ejercicio 2022 y los primeros meses del 2023, la oficina técnica de apoyo
ha venido trabajando muy intensamente en todas las tareas asociadas al procedimiento
de subvención, tales como problemas en las cuentas bancarias, beneficiarios fallecidos,
cambios de identificador NIF del mismo beneficiario provocados por cambios de tipo
de sociedad, tramitación y resolución de más de 1.500 recursos, renuncias tras las
resoluciones favorables, etc.
Dentro del procedimiento de justificación de expedientes y debido, entre otras causas,
a los sucesivos cambios normativos y el consiguiente aumento de solicitudes, más de un
millón de documentos, se ha desbordado el número de apuntes justificantes de deudas y
apuntes de pago presentados por los beneficiarios.
Para asumir la revisión de este enorme volumen de justificantes se previó la utilización
un sistema de procesamiento inteligente de documentos (SIRE), que se encargaba de
filtrar, procesar, transformar con un sistema de reconocimiento de caracteres y localizar
la información de cada deuda dentro de los justificantes de las mismas. A pesar de los
esfuerzos realizados, la eficacia de estos sistemas ha sido muy inferior a lo inicialmente
previsto debido a la pobre calidad de la información, documentos mal escaneados,
torcidos, con poca calidad, borrosos, fotografías de móviles mal encuadrados, etc., lo cual
ha provocado que el número de documentos que han pasado a revisión manual se haya
incrementado exponencialmente y haya sido imposible culminar con el procedimiento de
justificación de la subvención y sus consiguientes procedimientos de reintegro en los seis
meses inicialmente previstos para ello.
La situación actual, en cuanto al procedimiento de justificación de la convocatoria del
Decreto-ley 10/2021, de 1 de junio, es la siguiente: El 56,69% se encuentra justificado
completamente, el 32,85 están en curso (queda algún apunte justificante o apunte de
pago por validar) y el 10,46% justificados parcialmente (se han revisado todos los apuntes
justificantes y apuntes de pago de cada expediente, pero no se ha alcanzado a justificar el
importe concedido; a estos expedientes habrá que tramitarles el correspondiente expediente
de reintegro).
Actualmente, hay 55.681 libramientos pendientes de justificar, por importe de
689.178.156,89 euros, que afectan a diez centros directivos.
Es decir, para finalizar con la justificación de esta subvención, sería necesario
terminar de revisar unos 17.500 expedientes o, lo que es lo mismo, unos 150.000 apuntes;
tramitar, al menos, unos 5.600 expedientes de reintegro; clasificar los libramientos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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