5. Anuncios. . (2023/58-77)
Anuncio de 24 de febrero de 2023, del Ayuntamiento de Carboneras, por el que se aprueban las bases para la provisión de dos plazas de Policía Local. (PP. 1026/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Lunes, 27 de marzo de 2023

página 4086/12

d) Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea
preceptivo.
e) Declaración del compromiso de conducir vehículos policiales.
f) Fotocopia compulsada de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
11.2. Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente
aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo
presentar certificación, que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su
hoja de servicios.
11.3. Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o
no reunieran los requisitos obtenidos, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas
y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en
que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
11.4. La toma de posesión como funcionarios de carrera estará supeditada a informe
médico favorable expedido por Servicio de prevención competente, en el que se acredite
no padecer enfermedad ni defecto físico que le impida el desempeño de las funciones de
Policía Local.

13. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión.
13.1. Finalizado el curso de ingreso, el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública
de Andalucía enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para
su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279203

12. Segunda fase: Curso de ingreso.
Periodo de prácticas y formación.
12.1. El órgano competente, una vez acreditados documentalmente los requisitos
exigidos en la base 3 de la convocatoria, nombrará funcionarios en prácticas para la
realización del curso de ingreso, a los aspirantes propuestos por el Tribunal, con los
deberes y derechos inherentes a los mismos.
12.2. Los aspirantes que hayan obtenido nombramiento como Policía Local, en
prácticas, deberán realizar el curso correspondiente en la Escuela de Seguridad Pública
de Andalicía, Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía.
12.3. La no incorporación al curso de ingreso o el abandono del mismo, sólo
podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias, debidamente justificadas y
apreciadas por el titular de la Alcaldía, debiendo el interesado incorporarse al primer curso
que se celebre, una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior
escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso.
12.4. Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido
por el Instituto, repetirá el curso siguiente, que de no superar, producirá la pérdida de
los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de
selección en futuras convocatorias.
12.5. Estarán exentos de realizar el curso de ingreso quienes ya hubieran superado
el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en el Instituto de Emergencias
y Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas Concertadas; en el caso de las Escuelas
Municipales de Policía Local, los cursos necesitarán la homologación del Instituto de
Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía. Esta exención tendrá una duración de
cinco años a contar desde la superación del curso realizado, hasta la fecha de terminación
de la fase de oposición.
12.6. Los órganos de selección propondrán el nombramiento de igual número de
aspirantes que el de plazas convocadas. Con el fin de asegurar la cobertura de las
mismas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su
nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de
selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su
posible nombramiento como funcionarios de carrera.