3. Otras disposiciones. . (2023/57-39)
Decreto 69/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

página 5484/9

Artículo 6. Instrumentos de la Agencia.
1. Para el cumplimiento de sus fines, la Agencia podrá:
a) Obtener subvenciones y garantías de las Administraciones Públicas distintas de
la Administración de la Junta de Andalucía, y de esta última cuando resulten de una
convocatoria pública.
b) Realizar toda clase de actos de administración y disposición de su patrimonio
según los límites y disposiciones de la legislación patrimonial de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.
c) Realizar todo tipo de operaciones financieras, dentro del marco establecido por
el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía
y demás normativa de aplicación, y en los términos establecidos en el artículo 7.1.c) de
la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, así como en el artículo 32 de estos Estatutos; todo
ello, conforme a las directrices y criterios establecidos por la Consejería competente en
materia de política financiera.
d) Ser titular de acciones y participaciones sociales de empresas, así como
adquirirlas, administrarlas y enajenarlas, conforme a la legislación patrimonial de la
Comunidad Autónoma de Andalucía y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.1.c) de
la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, y en el artículo 32 de estos Estatutos.
e) Celebrar convenios con otras Administraciones públicas y empresas y entidades
públicas y privadas.
f) Participar en organizaciones, asociaciones y entidades públicas nacionales e
internacionales relacionadas con su objeto, ya sea en nombre propio, o formando parte
de las delegaciones de la Administración de la Junta de Andalucía, en su caso, previa
autorización del Consejo de Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.4
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280535

p) La dirección y control de empresas de la Administración de la Junta de Andalucía
cuya finalidad sea el fomento económico.
q) La colaboración con los órganos competentes por razón de la materia en funciones
de difusión, promoción y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía fuera
de su territorio.
r) La asistencia técnica y asesoramiento especializado y capacitación en todas las
actividades competencia de la Agencia.
3. Le corresponderán a la Agencia las competencias que se le asignen, en su caso, en su
condición de agente financiero del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial
y el Desarrollo Económico o como entidad gestora, entidad colaboradora o agente financiero
de otros fondos carentes de personalidad jurídica a que se refiere el artículo 5.5 del texto
refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
4. Asimismo corresponderán a la Agencia cualesquiera otras competencias que
tengan como finalidad la promoción y el desarrollo económico de Andalucía y se le
atribuyan por disposición legal o reglamentaria o por cualquier medio válido en Derecho,
así como cualquier otra competencia o función que específicamente se le atribuya en
relación con sus fines.
5. La Agencia actuará como responsable del tratamiento, en los términos establecidos
en la normativa de protección de datos, de aquellos tratamientos de datos personales
que realice en el desarrollo de sus competencias. Igualmente, bajo el adecuado vínculo
jurídico que establece el artículo 28.3 del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) o el artículo 33.5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, podrá desarrollar
funciones de encargado de tratamiento de otros responsables de tratamiento.