Disposiciones generales. . (2023/54-6)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Viceconsejería, por la que se convocan para el año 2023 subvenciones a organizaciones y entidades representativas de los sectores agrario, pesquero y de desarrollo rural en Andalucía, previstas en la Orden de 24 de febrero de 2022 que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Martes, 21 de marzo de 2023

página 5128/2

- Subvenciones a entidades representativas de mujeres del sector agrario y del medio
rural:
1400010000 G/12S/48502/00 01, por un importe máximo de 250.000 euros.
- Subvenciones a organizaciones representativas del sector pesquero andaluz:
1400010000 G/71P/44200/00 01, por un importe máximo de 192.108 euros.
1400010000 G/71P/48300/00 01, por un importe máximo de 501.033 euros.
2. No obstante, eventuales aumentos sobrevenidos del crédito disponible, posibilitarán
una resolución complementaria a la de concesión de la subvención que incluya solicitudes,
que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiaras por agotamiento del
mismo, conforme al artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se
aprueba el reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Junta
de Andalucía.
Tercero. Normativa reguladora.
La presente convocatoria de ayudas se regirá por lo dispuesto en la citada Orden de
24 de febrero de 2022 y demás normativa de aplicación.

Quinto. Audiencia, reformulación, aportación de documentación y aceptación.
A los efectos del trámite de audiencia, reformulación, aportación de documentación
y aceptación previstos en el artículo 17 de la Orden de 24 de febrero de 2022, la
entidad solicitante deberá cumplimentar el modelo que figura como Anexo II, que se
publica conjuntamente con la presente resolución. Este formulario Anexo II, junto con la
documentación que lo acompañe, deberá presentarse en el lugar indicado en el apartado 3
del resuelvo cuarto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280179

Cuarto. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Las solicitudes deberán formularse en el modelo que figura como Anexo I, que se
publica conjuntamente en la presente resolución.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día
siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Cuando durante el plazo de presentación una persona interesada
presente varias solicitudes de ayuda, se considerará que la última presentada en plazo
anula a todas las anteriores.
3. Las solicitudes de ayudas correspondientes a la línea de subvenciones a
organizaciones y entidades representativas del sector agrario y de desarrollo rural,
se dirigirán a la persona titular de la Secretaría General de Agricultura, Ganadería
y Alimentación, y las solicitudes correspondientes a la línea de subvenciones a
organizaciones y entidades representativas del sector pesquero andaluz, se dirigirán a
la persona titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, y se presentarán en
el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía a través del
enlace indicado en el apartado 2 del resuelvo primero.
La presentación electrónica es obligatoria para las personas o entidades señaladas
en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
4. Para la presentación electrónica las personas interesadas deberán disponer de un
sistema de firma que permita garantizar y acreditar la autenticidad de la expresión de su
voluntad y consentimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
5. En relación con los medios válidos a efectos de firma electrónica se estará a lo
dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en los artículos 15, 26
y siguientes del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo y en los artículos 21 y 22 del
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.