Disposiciones generales. . (2023/54-6)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Viceconsejería, por la que se convocan para el año 2023 subvenciones a organizaciones y entidades representativas de los sectores agrario, pesquero y de desarrollo rural en Andalucía, previstas en la Orden de 24 de febrero de 2022 que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Martes, 21 de marzo de 2023

página 5128/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Viceconsejería, por la que se convocan
para el año 2023 subvenciones a organizaciones y entidades representativas de
los sectores agrario, pesquero y de desarrollo rural en Andalucía, previstas en
la Orden de 24 de febrero de 2022 que se cita.
Mediante Orden de 24 de febrero de 2022, se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a organizaciones
y entidades representativas de los sectores agrario, pesquero y de desarrollo rural
en Andalucía, con la finalidad de contribuir a su funcionamiento, gestión y realización
de actividades de colaboración, divulgación, transferencia de tecnología, en cuanto
entidades de base asociativa de representación y defensa de los intereses que le son
propios, que desempeñan funciones de articulación y vertebración del sector agrario,
pesquero y del medio rural.
La disposición adicional única de la citada orden delega en la persona titular de
la Viceconsejería la competencia para efectuar la convocatoria de las subvenciones
mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en
la que se determinará el plazo de presentación de solicitudes, así como la cuantía total
máxima destinada a cada línea de subvención.
Considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones con cargo
al presupuesto de 2023, y en virtud de la facultad que tengo conferida conforme a la
disposición adicional única de la Orden de 24 de febrero de 2022,
RESU ELVO

Segundo. Financiación.
1. La financiación de estas ayudas se realizará de acuerdo con las disponibilidades
presupuestarias con cargo a las siguientes aplicaciones del presupuesto de la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural para 2023:
- Subvenciones a organizaciones profesionales agrarias:
1400010000 G/12S/48501/00 01, por un importe máximo de 3.355.920 euros.
- Subvenciones a federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas
de asociaciones de desarrollo rural:
1400010000 G/12S/48500/00 01, por un importe máximo de 1.148.697 euros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280179

Primero. Convocatoria.
1. Se convocan para 2023, en régimen de concurrencia no competitiva, las
subvenciones previstas en la Orden de 24 de febrero de 2022, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones y entidades
representativas de los sectores agrario, pesquero y de desarrollo rural en Andalucía.
2. La información asociada al procedimiento de subvenciones a organizaciones
y entidades representativas de los sectores agrario, pesquero y de desarrollo rural en
Andalucía, previstas en la Orden de 24 de febrero de 2022, está disponible con el código
de procedimiento 24958, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en
el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica
general de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24958