3. Otras disposiciones. . (2023/53-47)
Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se dispone la publicación de la Orden de 22 de agosto de 2022, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación núm. 15 del PGOU de Linares.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

página 5036/21

3. Medidas específicas relativas a la mitigación y adaptación al cambio climático.
3.1. Medidas para contribuir a la mitigación del cambio climático desde el planeamiento
urbanístico.
- La mitigación busca mejorar el balance entre emisiones de gases de efecto
invernadero e inmisiones de estos gases a través de sumideros. Las emisiones e
inmisiones son en conjunto de carácter continuo, en contraposición con gran parte de las
acciones de adaptación, que buscan mejorar la resiliencia frente a episodios puntuales.
•M
 odelo de movilidad sostenible como criterio para la localización de los suelos.
En este sentido, se destaca la localización de los SGEL, en los bordes del casco
urbano, favorecerá la unificación de desplazamientos para el desarrollo de las
actividades lúdicas.
• Consideración del potencial como sumideros de CO2 de los espacios libres.
• Las Cubiertas y materiales de construcción que se empleen en las obras de
consolidación de la urbanización deberán ser de alto albedo (claros), reduciendo
de este modo la necesidad de refrigeración en verano.
• Los sistemas de alumbrado deberán ser eficientes en términos energéticos y lumínicos.
• Establecer una reducción de demanda hídrica por eficiencia del riego de las zonas
verdes.
3.2. Medidas para contribuir a la adaptación del cambio climático desde el
planeamiento urbanístico.
- Medidas específicas para la adaptación a la isla de calor:
• Reducir las zonas impermeables de los espacios libres, fomentando su vegetación.
• Utilización de materiales de alto albedo.
• Minimizar la superficie vial impermeabilizada.
- Iluminación exterior:
• El diseño del alumbrado exterior contribuirá a crear un ambiente visual nocturno
adecuado sin deteriorar la estética urbana e incluso potenciándola siempre que
sea posible. Sus componentes visuales armonizarán con las características
urbanas de la zona.
•
Se propone que se disponga de un interruptor crepuscular y horario para la
entrada en funcionamiento del alumbrado, así como un sistema de gestión
y control con información centralizada, que permitirá recopilar y presentar la
información procedente de todos los elementos que componen la red, aumentando
la seguridad viaria y de las instalaciones, ahorro de energía y reducción de los
gastos de mantenimiento.
• Existen en el mercado farolas que integran alta eficiencia energética (LED, etc),
mínima dispersión de la luz (evitan la contaminación lumínica) y se alimentan
mediante energía solar fotovoltaica, por lo que se propone la elección de dichas
farolas y luminarias.
- Mobiliario:
• En la actualidad existe gran cantidad de opciones a la hora de escoger el tipo de
mobiliario urbano a instalar. El mercado está asimilando paulatinamente el uso e
instalación de mobiliario urbano proveniente de materiales reciclados, tales son
los casos de fuentes, bancos, papeleras, aparca-bicis, farolas, jardineras, juegos
infantiles, etc.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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- En todo caso podrá utilizarse la «Guía Técnica de Adaptación de las instalaciones
de alumbrado exterior al Decreto 357/2010, de 3 de agosto», que da orientaciones para la
elección de las luminarias en función de su localización y objetivo.
2.5. Control de la movilidad/accesibilidad funcional.
- Se fomentará el uso peatonal para acceder a los Sistemas Generales.
- Se fomentará el uso de bicicletas mediante la creación de carriles habilitadas para
ello, carril bici.
- Se facilitarán zonas de aparcamientos para bicicletas junto a los Sistemas Generales.