3. Otras disposiciones. . (2023/53-47)
Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se dispone la publicación de la Orden de 22 de agosto de 2022, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación núm. 15 del PGOU de Linares.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Lunes, 20 de marzo de 2023

página 5036/17

2. Medidas específicas relacionadas con el consumo de recursos naturales y el
modelo de movilidad/accesibilidad funcional.
2.1. Control de materias primas y el uso ediciente de la energía.
- Las materias primas empleadas en las obras de consolidación de la Urbanización
procederán de proveedores homologados.
- En ningún caso se utilizarán materiales procedentes del medio natural donde se
desarrollará la actividad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280089

- Se debería formar a aquellas personas que estarán a cargo de la gestión de los
Residuos Peligrosos, de forma que conozcan las medidas de gestión, cumplimentación
de documentación, etc.
- Para el almacenamiento de los residuos peligrosos es conveniente seguir una serie
de recomendaciones:
•
Los envases que contengan residuos peligrosos deberán estar correctamente
etiquetados, siendo la etiqueta de tamaño igual o superior a 10 x 10 cm, debiendo
contener la siguiente información:
ᵒ Código de identificación del residuo contenido en el envase, según el sistema
de codificación del Anexo I del Real Decreto 833/88, de 20 de julio, por el que
se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo,
Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
ᵒ Nombre, dirección y teléfono del titular de los residuos.
ᵒ Fecha de envasado.
• Los residuos deberán almacenarse en una zona especialmente indicada, con el
suficiente tamaño y con buena ventilación. Además no deberá estar cerca de otras
zonas que aumente la peligrosidad de los residuos (zonas o espacios que emitan
color, llamas, etcétera). El tiempo de almacenamiento de estos residuos no deberá
sobrepasar los 6 meses. Dicha zona deberá estar adecuadamente señalizada, de
acuerdo con el Anexo II del Real Decreto 833/88.
- Se deberá tener en cuenta las especificaciones de la legislación en cuanto a los
trámites y registros exigidos por dicha normativa en materia de Residuos Peligrosos:
• Inscripción en el Registro de Pequeños Productores.
• Llevar al día el Libro Registro de los Residuos Peligrosos producidos.
• Realizar un Estudio de Minimización de Residuos Peligrosos cada 4 años.
• Solicitud de admisión/Documento de aceptación de los Residuos Peligrosos.
• Documento de Control y Seguimiento de Residuos Peligrosos.
• Notificación de traslado de Residuos Peligrosos.
• Declaración anual de Residuos Peligrosos.
• Notificación en caso de pérdida o escape de Residuos Peligrosos.
- Se tendrá en cuenta la normativa vigente sobre los Puntos Limpios, especialmente
el punto 4 del art. 103 de la Ley 7/2007, de Gestión integrada de la Calidad Ambiental.
- Se formará específicamente al personal que se va a encargar de gestionar los
residuos peligrosos para que conozca las características de los mismos, la normativa
aplicable y la manera de rellenar la documentación referente a los mismos.
1.4.2.4. Residuos no peligrosos.
- Disposición y mantenimiento actualizado de un libro de registro; almacenamiento
por tipos, de forma segregada en contenedores específicos (orgánicos, envases, papelcartón, vidrio, madera, metales, etc.), y puesta a disposición diariamente del Ayuntamiento,
en caso de tratarse de residuos sólidos urbanos, o de gestor autorizado, en el resto de
casos, y como mínimo una vez por semana, para ser llevados a vertedero legalizado.
- Se prohíben los depósitos de residuos sólidos, basuras o desechos fuera de los
lugares específicamente destinados para ello, debiéndose colocar contenedores de
recogida selectiva de residuos en lugares de fácil visibilidad y acceso para los usuarios
de la zona comercial. Para minimizar los olores se recomienda que estén soterrados.