3. Otras disposiciones. . (2023/52-42)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Contratación, por la que se da publicidad a la instrucción 2/2023 en relación con los contratos públicos financiados con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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CONSEJERÍA
ECONOMÍA,
HACIENDA
EUROPEOS
Boletín
OficialDEde
la Junta
deY FONDOS
Andalucía

Número 52 - Viernes, 17 de marzo de 2023

Dirección General de Contratación

página 4826/13

Este análisis ex ante del riesgo de conflicto de interés se debe realizar sobre los denominados «decisores
de la operación», que son las personas empleadas públicas que realicen las siguientes funciones (o asimilables):


Órgano de contratación unipersonal.



Miembros del órgano de contratación colegiado.



Miembros del órgano colegiado de asistencia al órgano de contratación que participen en los
procedimientos de contratación en las fases de valoración de ofertas, propuesta de adjudicación y
adjudicación del contrato (mesa de contratación, comité de expertos y comisiones técnicas).

Estas personas deben firmar electrónicamente a través de SIREC las DACIs respecto de los licitadores,
conforme al modelo que se incorpora como Anexo III-C a la presente instrucción.
Este procedimiento de análisis ex ante del riesgo de conflicto de interés se realizará con carácter previo a
la valoración de las ofertas, una vez que se conozcan las personas participantes en el procedimiento de
contratación, y consiste en la introducción de datos de las personas físicas o jurídicas licitadoras (nombre y
apellidos o razón social y NIF) y de los decisores de la operación (nombre, apellidos y NIF) en MINERVA. 4
Una vez realizado el cruce de datos, MINERVA ofrece el resultado del análisis al día siguiente, con tres
posibles resultados:
a) No se han detectado banderas rojas, en cuyo caso el procedimiento puede seguir.
b) Se ha detectado una/varias banderas rojas, en cuyo caso el órgano de contratación debe poner la
bandera roja en conocimiento del decisor afectado y de su superior jerárquico, a fin de que se abstenga o se
tramite el procedimiento previsto en el artículo 6 de la Orden HFP/55/2023 si el decisor no se abstiene. En tanto
no se dilucide la situación del decisor afectado por la bandera roja, no se podrá continuar con el procedimiento
de contratación.
c) Se ha detectado una o varias banderas negras, lo cual ocurrirá cuando MINERVA no haya encontrado la
titularidad real de algún licitador persona jurídica, en cuyo caso se procederá de acuerdo con lo indicado en el
artículo 7 de la Orden HFP/55/2023. Este supuesto no implicará la suspensión automática del procedimiento,
pudiendo continuar el mismo. En todo caso, simultáneamente el órgano de contratación deberá solicitar al
licitador afectado la información de su titularidad real, que deberá aportar en el plazo de 5 días hábiles desde la
solicitud. La falta de entrega de dicha información en el plazo señalado será motivo de exclusión del
procedimiento. A tal fin será obligatorio que lo anteriormente descrito se establezca en el PCAP, o bien que se
exija su obtención por alguna vía alternativa. Cuando se reciban los datos de titulares reales, el órgano de
contratación procederá a realizar, a través de MINERVA, un nuevo control ex ante del riesgo de conflicto de
interés, indicando, en lugar del licitador, los titulares reales aportados.
OCTAVA.- Ausencia de doble financiación.
La ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia debe respetar los límites establecidos
en relación con las ayudas de Estado y la prevención de la doble financiación procedente del Mecanismo y de
otros programas de la Unión de los mismos gastos.
Los proyectos de inversión financiados con MRR podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos
de la Unión siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste.

4

Téngase en cuenta que todo el procedimiento está desarrollado en la Guía práctica para la aplicación de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero,
relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia,
a
la
que
se
puede
acceder
a
través
del
siguiente
enlace:
https://www.fondoseuropeos.hacienda.gob.es/sitios/dgpmrr/es-es/Documents/Guia_practica_de_aplicacion_de_la_Orden_HFP-55-2023.pdf

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279897

El órgano de contratación deberá incluir en la memoria justificativa del procedimiento constancia de la
verificación de la ausencia de doble financiación del contrato.