3. Otras disposiciones. . (2023/49-42)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Granada, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural.
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Número 49 - Martes, 14 de marzo de 2023
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funcionamiento de los equipamientos e infraestructuras, ni obstaculicen la realización
de estas actividades por otras personas usuarias, permitiendo las necesidades de las
actividad turística cuando sean compatibles con la preservación del valle.
Con el fin de garantizar la conservación de los Bienes patrimoniales y el paisaje
consolidado, requerirá autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio
histórico:
a) Actividades organizadas con un carácter lucrativo que requieran o no instalaciones,
tales como acampadas, rutas ecuestres, turismo activo, etc.
b) Celebración de actividades o eventos turísticos y deportivos.
c) Instalación de señales, salvo las exigidas en disposiciones legales y, cualquier tipo
símbolos conmemorativo o de publicidad.
Con el fin de evitar daños irreparables a los elementos patrimoniales y al paisaje
consolidado, quedan prohibidas las siguientes actividades:
a) La circulación, salvo la necesaria para el mantenimiento de la actividad económica,
agraria, ganadera y forestal o situaciones de emergencia, de vehículos terrestres a motor
por caminos rurales de anchura inferior a 2 metros, por zonas de servidumbre del dominio
público hidráulico, por cortafuegos y fajas auxiliares, por vías de saca forestales y por
cauces secos o inundados.
b) La circulación campo a través o fuera de los caminos permitidos de bicicletas y
vehículos a motor.
c) El estacionamiento, para pernoctar, de caravanas y autocaravanas fuera de los
lugares expresamente habilitados a tal fin.
7.8. Documentación a presentar en el caso de obras o actuaciones sobre las cuales
será necesaria la obtención de autorización para las obras o actuaciones sometidas a la
licencia municipal o sustantiva.
La solicitud de autorización de obras o actuaciones que se pretendan realizar
en el ámbito de la Zona Patrimonial vendrá acompañada de una copia del proyecto o
memoria exigida para la obtención de la licencia o la realización de la actuación en la
que se especifique e identifique de forma completa la actuación a realizar y aporte, como
mínimo, la siguiente documentación:
a) Plano de situación general sobre una base cartográfica oficial que incluya, como
mínimo, el parcelario catastral y, si la actuación es en suelo rústico, delimitación del área
de actuación sobre ortofotografía del mismo.
b) Plano de localización detallada de acuerdo con la intervención
c) Estudio fotográfico del inmueble y su entorno en el que se incluya un esquema de
los puntos de vista de las tomas: Visuales generales y de detalle.
d) Alzados compuestos del bien y de las edificaciones colindantes.
e) Memoria de calidades de materiales en cubiertas y paramentos exteriores.
f) Memoria de instalaciones que afecten a cubiertas y paramentos exteriores.
g) Memoria detallada de las actuaciones que se pretendan llevar a cabo en la que
se detallen y justifiquen de forma expresa las posibles afecciones a los elementos
conformadores de los valores patrimoniales inherentes al bien.
h) Planimetría completa descriptiva de las actuaciones.
7.9. Documentación a presentar en el caso de obras o actuaciones sobre las cuales
será necesaria la obtención de autorización para las actuaciones no sometidas al trámite
reglado de otorgamiento de licencia urbanística ni a procedimientos sectoriales de
aprobación o autorización.
Al tratarse de obras y actuaciones no sometidas a trámites que regulen los contenidos
documentales necesarios se seguirá el siguiente procedimiento:
a) La solicitud de autorización irá acompañada de cuanta documentación
complementaria, entre la detallada en el punto anterior, proceda por razón de la materia,
siendo obligada en todo momento la aportación de la reseñada en los subapartados a, b, c,
f, g y h del apartado 7.8.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279669
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 4595/22
funcionamiento de los equipamientos e infraestructuras, ni obstaculicen la realización
de estas actividades por otras personas usuarias, permitiendo las necesidades de las
actividad turística cuando sean compatibles con la preservación del valle.
Con el fin de garantizar la conservación de los Bienes patrimoniales y el paisaje
consolidado, requerirá autorización de la Consejería competente en materia de patrimonio
histórico:
a) Actividades organizadas con un carácter lucrativo que requieran o no instalaciones,
tales como acampadas, rutas ecuestres, turismo activo, etc.
b) Celebración de actividades o eventos turísticos y deportivos.
c) Instalación de señales, salvo las exigidas en disposiciones legales y, cualquier tipo
símbolos conmemorativo o de publicidad.
Con el fin de evitar daños irreparables a los elementos patrimoniales y al paisaje
consolidado, quedan prohibidas las siguientes actividades:
a) La circulación, salvo la necesaria para el mantenimiento de la actividad económica,
agraria, ganadera y forestal o situaciones de emergencia, de vehículos terrestres a motor
por caminos rurales de anchura inferior a 2 metros, por zonas de servidumbre del dominio
público hidráulico, por cortafuegos y fajas auxiliares, por vías de saca forestales y por
cauces secos o inundados.
b) La circulación campo a través o fuera de los caminos permitidos de bicicletas y
vehículos a motor.
c) El estacionamiento, para pernoctar, de caravanas y autocaravanas fuera de los
lugares expresamente habilitados a tal fin.
7.8. Documentación a presentar en el caso de obras o actuaciones sobre las cuales
será necesaria la obtención de autorización para las obras o actuaciones sometidas a la
licencia municipal o sustantiva.
La solicitud de autorización de obras o actuaciones que se pretendan realizar
en el ámbito de la Zona Patrimonial vendrá acompañada de una copia del proyecto o
memoria exigida para la obtención de la licencia o la realización de la actuación en la
que se especifique e identifique de forma completa la actuación a realizar y aporte, como
mínimo, la siguiente documentación:
a) Plano de situación general sobre una base cartográfica oficial que incluya, como
mínimo, el parcelario catastral y, si la actuación es en suelo rústico, delimitación del área
de actuación sobre ortofotografía del mismo.
b) Plano de localización detallada de acuerdo con la intervención
c) Estudio fotográfico del inmueble y su entorno en el que se incluya un esquema de
los puntos de vista de las tomas: Visuales generales y de detalle.
d) Alzados compuestos del bien y de las edificaciones colindantes.
e) Memoria de calidades de materiales en cubiertas y paramentos exteriores.
f) Memoria de instalaciones que afecten a cubiertas y paramentos exteriores.
g) Memoria detallada de las actuaciones que se pretendan llevar a cabo en la que
se detallen y justifiquen de forma expresa las posibles afecciones a los elementos
conformadores de los valores patrimoniales inherentes al bien.
h) Planimetría completa descriptiva de las actuaciones.
7.9. Documentación a presentar en el caso de obras o actuaciones sobre las cuales
será necesaria la obtención de autorización para las actuaciones no sometidas al trámite
reglado de otorgamiento de licencia urbanística ni a procedimientos sectoriales de
aprobación o autorización.
Al tratarse de obras y actuaciones no sometidas a trámites que regulen los contenidos
documentales necesarios se seguirá el siguiente procedimiento:
a) La solicitud de autorización irá acompañada de cuanta documentación
complementaria, entre la detallada en el punto anterior, proceda por razón de la materia,
siendo obligada en todo momento la aportación de la reseñada en los subapartados a, b, c,
f, g y h del apartado 7.8.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279669
BOJA
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