Autoridades y personal. . (2023/47-8)
Orden de 6 de marzo de 2023, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 47 - Viernes, 10 de marzo de 2023

página 4436/19

Quinta. Órganos de selección y comisiones de baremación.
5.1. Tribunales y comisiones de selección.
La selección del personal aspirante la realizarán tribunales nombrados al efecto en la
forma establecida en el apartado siguiente, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 6.2
respecto al tribunal de valoración de la prueba previa de conocimiento del castellano. Los
tribunales estarán coordinados por las correspondientes comisiones de selección.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00279504

conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, número
de aspirante, especialidad a la que concurre, turno por el que participa, así como, en el
supuesto de exclusión, la causa de la misma.
Asimismo, figurarán las personas que deben realizar la prueba de acreditación de
conocimiento del castellano.
4.2. Alegaciones y subsanación de defectos.
El personal participante dispondrá de un plazo de diez días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional del personal admitido
y excluido para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión, así como
para aportar la documentación omitida y, en su caso, corregir errores de sus datos
personales. El personal aspirante que dentro del plazo señalado no subsane la causa de
exclusión o no alegue la omisión será definitivamente excluido de la participación en el
proceso selectivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre. Las alegaciones se dirigirán a la persona titular de la Dirección General
del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos y se presentarán por vía telemática a
través del aplicativo dispuesto al efecto, para lo cual los aspirantes se identificarán con el
código o localizador de solicitud que se les proporcionó cuando efectuaron su solicitud.
No se permitirá en este momento del procedimiento la modificación de las opciones
establecidas en el apartado 1 de la solicitud de participación (Anexo I).
4.3. Lista definitiva del personal admitido y excluido.
Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, las alegaciones presentadas
se aceptarán o denegarán mediante resolución de la persona titular de la Dirección
General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos por la que se declarará
aprobada la lista definitiva del personal admitido y excluido, que se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía con indicación del lugar y fecha de publicación de la
referida lista.
Dicha lista se expondrá en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional.
4.4. Presunción de veracidad.
El hecho de figurar en la relación del personal admitido no presupone que se le
reconozca la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento convocado mediante
la presente orden. Cuando de la documentación presentada se desprenda que no se está
en posesión de alguno de los requisitos, se decaerá en todos los derechos que pudieran
derivarse de su participación en el presente procedimiento.
4.5. Recursos procedentes.
Contra la resolución definitiva, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, según lo establecido
en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante
el órgano que la haya dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su
publicación, conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía.