3. Otras disposiciones. . (2023/46-39)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre las medidas adoptadas por la Junta de Andalucía para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4347/35
Contratación en relación con los contratos públicos financiados con fondos procedentes del MRR
en ejecución del PRTR.24
Por otro lado, la Oficina Técnica de Contratación comenzó a conformarse en junio de 2022
contando en septiembre de dicho ejercicio con un total de once efectivos. Desde su constitución,
su actividad ha consistido, entre otra, en la realización de un análisis de los contratos financiados
con fondos procedentes del PRTR para estudiar la documentación obrante en los expedientes
administrativos a fin de obtener una visión general sobre la forma en la que se están tramitando
los procedimientos de contratación, con especial atención a las particularidades de los preceptos
legales aplicables a estos contratos.
106
El artículo 24 del DL 3/2021, otorga a la Comisión Consultiva de Contratación Pública de la Junta
de Andalucía competencias para dictar las instrucciones que resulten necesarias para coordinar
y homogeneizar la licitación y ejecución de los contratos y encargos de ejecución financiados con
cargo a los fondos europeos, las cuales tendrán carácter obligatorio para todos los órganos de
contratación del sector público andaluz. El artículo 25 de la referida norma, regula los modelos
de pliegos de cláusulas administrativas particulares tipo. La citada Comisión ha elaborado 14
pliegos de cláusulas administrativas particulares tipo adaptados a los requerimientos del PRTR.
107
Considerando que resultaba necesaria coordinar y homogeneizar las licitaciones, se ha dictado
la Instrucción 1/2022, de 24 de marzo, a los miembros de los órganos colegiados de asistencia a
los órganos de contratación con ocasión de la tramitación de los contratos que se vayan a
financiar con origen de financiación en fondos europeos (entre los que se encuentran los fondos
procedentes del PRTR), incidiendo en la importancia de reforzar los mecanismos de prevención,
detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
108
En materia de agilización de los convenios, las especialidades de la normativa autonómica se
refieren, entre otros (cuadro nº 47 del apéndice 17), a la posibilidad de incremento del plazo de
vigencia y de anticipo de las operaciones preparatorias, y a la exceptuación del requisito de la
autorización previa del Consejo de Gobierno para los correspondientes expedientes de gasto.
Al margen de estas previsiones normativas, no se han establecido mecanismos para coordinar la
introducción en los procedimientos de los convenios de los requisitos esenciales del artículo 2
de la Orden 1030/2021.
24
Por último, y como aspecto común a todos los instrumentos de gestión, el DL 3/2021 (arts. 4 y
5), de forma similar a la norma estatal (RDL 36/2020), establece tanto el procedimiento de
urgencia como el despacho prioritario para los procedimientos administrativos que impliquen
ejecución de gastos financiables con fondos europeos, así como la tramitación de urgencia en la
elaboración de normas relativas a tales fondos.
00279424
109
Punto modificado por la alegación presentada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4347/35
Contratación en relación con los contratos públicos financiados con fondos procedentes del MRR
en ejecución del PRTR.24
Por otro lado, la Oficina Técnica de Contratación comenzó a conformarse en junio de 2022
contando en septiembre de dicho ejercicio con un total de once efectivos. Desde su constitución,
su actividad ha consistido, entre otra, en la realización de un análisis de los contratos financiados
con fondos procedentes del PRTR para estudiar la documentación obrante en los expedientes
administrativos a fin de obtener una visión general sobre la forma en la que se están tramitando
los procedimientos de contratación, con especial atención a las particularidades de los preceptos
legales aplicables a estos contratos.
106
El artículo 24 del DL 3/2021, otorga a la Comisión Consultiva de Contratación Pública de la Junta
de Andalucía competencias para dictar las instrucciones que resulten necesarias para coordinar
y homogeneizar la licitación y ejecución de los contratos y encargos de ejecución financiados con
cargo a los fondos europeos, las cuales tendrán carácter obligatorio para todos los órganos de
contratación del sector público andaluz. El artículo 25 de la referida norma, regula los modelos
de pliegos de cláusulas administrativas particulares tipo. La citada Comisión ha elaborado 14
pliegos de cláusulas administrativas particulares tipo adaptados a los requerimientos del PRTR.
107
Considerando que resultaba necesaria coordinar y homogeneizar las licitaciones, se ha dictado
la Instrucción 1/2022, de 24 de marzo, a los miembros de los órganos colegiados de asistencia a
los órganos de contratación con ocasión de la tramitación de los contratos que se vayan a
financiar con origen de financiación en fondos europeos (entre los que se encuentran los fondos
procedentes del PRTR), incidiendo en la importancia de reforzar los mecanismos de prevención,
detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de interés.
108
En materia de agilización de los convenios, las especialidades de la normativa autonómica se
refieren, entre otros (cuadro nº 47 del apéndice 17), a la posibilidad de incremento del plazo de
vigencia y de anticipo de las operaciones preparatorias, y a la exceptuación del requisito de la
autorización previa del Consejo de Gobierno para los correspondientes expedientes de gasto.
Al margen de estas previsiones normativas, no se han establecido mecanismos para coordinar la
introducción en los procedimientos de los convenios de los requisitos esenciales del artículo 2
de la Orden 1030/2021.
24
Por último, y como aspecto común a todos los instrumentos de gestión, el DL 3/2021 (arts. 4 y
5), de forma similar a la norma estatal (RDL 36/2020), establece tanto el procedimiento de
urgencia como el despacho prioritario para los procedimientos administrativos que impliquen
ejecución de gastos financiables con fondos europeos, así como la tramitación de urgencia en la
elaboración de normas relativas a tales fondos.
00279424
109
Punto modificado por la alegación presentada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja