3. Otras disposiciones. . (2023/46-39)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización sobre las medidas adoptadas por la Junta de Andalucía para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA
101

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023

página 4347/34

Por lo que se refiere a las subvenciones, la CAA ha recogido en el Capítulo V del DL 3/2021 (arts.
35 a 37), regulación propia adicional a la básica prevista en el RDL 36/2020, en aras de la
agilización y flexibilización del procedimiento, cuyo detalle se recoge en el cuadro nº 45 del
apéndice 17.
De esta forma, no resulta exigible la autorización del Consejo de Gobierno del art. 115.2 del
TRLGHP, se limitan los informes necesarios para la tramitación de las bases reguladoras; se
establece como preferente el régimen de concesión y justificación a través de módulos; se
modifica el umbral para el uso de la cuenta justificativa simplificada; en la justificación se exime
de la obligación de presentar facturas que tengan un importe inferior a 3.000 €; y se flexibilizan
los compromisos de la memoria económica.

102

Al margen de las previsiones normativas, no se ha adoptado de forma coordinada ningún otro
mecanismo que permita la introducción de los principios de gestión del PRTR en el procedimiento
de concesión de subvenciones de forma homogénea por parte de todas las entidades ejecutoras.
Así, no se han elaborado guías o manuales sobre la inclusión de tales principios ni modelos
estándar de bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones.

103

Por otra parte, la IGJA no ha elaborado una instrucción con contenido similar a la Instrucción de
29 de julio de 2021 de la IGAE relativa al alcance y contenido del informe previo a la aprobación
de las bases reguladoras de subvenciones que deben emitir las intervenciones delegadas de
acuerdo con el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones 23.
No obstante, remitió con fecha 24 de marzo de 2022 a todas las Intervenciones delegadas y
provinciales un oficio con las instrucciones para el seguimiento de deficiencias en los informes
de bases reguladoras en subvenciones con cargo al MRR. Las instrucciones se refieren a la
revisión de los elementos adicionales previstos en la Instrucción de la IGAE citada.

104

En cuanto a la contratación, el capítulo IV del DL 3/2021 (arts.19 a 34) está dedicado a medidas
en este ámbito. Recoge preceptos similares a los no básicos del RDL 36/2020, desarrollos del
articulado básico y especialidades propias tendentes a la flexibilización de los procedimientos.
Tales previsiones normativas están recogidas en el cuadro nº 46 del apéndice 17, destacándose
entre ellas la creación de la Oficina Técnica de Coordinación de la Contratación y lo relacionado
con la Comisión Consultiva de la Contratación Pública, a las que se refieren los puntos siguientes.

105

El artículo 23 del DL 3/2021 prevé la creación de la Oficina Técnica de Coordinación de la
Contratación con Fondos Europeos, como unidad administrativa técnica especializada en materia
de contratación con dependencia orgánica y funcional de la Dirección General competente en
materia de coordinación de la contratación. La Oficina Técnica de Contratación realizará los
informes y estudios funcionales y técnicos que se requieran por parte de la DG.

23
Esta Instrucción, de 29 de julio de 2021, se refiere en su apartado 3 Elementos adicionales en las subvenciones financiadas por el PRTR
a un pronunciamiento expreso por el “control interno de órgano independiente (nivel 2) “sobre si las BBRR reflejan adecuadamente los
principios de gestión.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279424

Como hecho posterior, en el marco de sus competencias, la Dirección General de Contratación
ha aprobado el 26 de octubre de 2022, la Instrucción 2/2022, de la Dirección General de