3. Otras disposiciones. . (2023/46-38)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Intervención Integral de la Atención Infantil Temprana. 2019.
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BOJA
109
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4346/30
Elaborar de un plan estratégico de los sistemas de información alineado con los objetivos de
la Consejería de Salud y Familias. Entre otras consecuencias positivas, facilitaría cumplir con
la medida 4.1 planificación del marco operacional del ENS (Prioridad media) (§A24).
110
Establecer una estructura dedicada exclusivamente a la gestión de la atención temprana con
la dotación de los recursos necesarios, tanto en los servicios centrales como en las DDTT
(Prioridad media) (§73).
111
Establecer objetivos e indicadores basados en datos que sean útiles de forma que se pueda
realizar un seguimiento efectivo de los mismos. Se deben establecer indicadores que midan
la eficiencia y economía en la gestión, de forma que permitan fijar unos objetivos que sean
fácilmente medibles y se pueda evaluar de forma efectiva la eficacia, eficiencia y economía
en la gestión (Prioridad alta) (§87).
112
Establecer y realizar un seguimiento del plan de recursos, ya que con este análisis se pueden
gestionar los medios económicos, materiales y humanos de una forma más eficiente y
económica, pudiendo realizar un análisis de las desviaciones e implementar medidas para
corregirlas y mejorar, de esta forma, la gestión de los recursos disponibles (Prioridad media)
(§85).
113
Establecer un sistema de control interno que revise y detecte errores. El control interno es
una herramienta que permite identificar factores de riesgo en ciertas áreas y posibilita lograr
un objetivo de control a través de la implementación controles para mitigar los riesgos
detectados (Prioridad alta) (§71).
114
Establecer procedimientos e instrucciones actualizados necesarios para la gestión. Se deben
establecer criterios uniformes a nivel de dirección y más coordinación entre las distintas
DDTT, así como con otras Consejerías y Administraciones Públicas implicadas en la gestión de
la atención infantil temprana (Prioridad media) (§72).
115
Establecer un seguimiento de los menores una vez que abandonen el programa de atención
temprana a la edad de 6 años (Prioridad media) (§80).
116
Los informes de valoración de idoneidad, atendiendo a la normativa, tienen que ser más
completos (Prioridad media) (§80).
117
Incluir en el Decreto 85/2016 de atención temprana un sistema de penalizaciones para los
CAIT (Prioridad media) (§76 y 77).
118
Insistir a los CAIT en la obligatoriedad del cumplimiento de los horarios, así como que deben
disponer de un Plan de calidad (Prioridad media) (§A71 y 96).
119
Incrementar los medios para la gestión de la atención temprana para poder evitar, entre otros
aspectos, que existan listas de espera, que los CAIT hagan más sesiones de las contratadas y
que los menores reciban menos de sesiones de las fijadas en los contratos (Prioridad media)
(§96).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279420
En relación con la fiscalización operativa
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4346/30
Elaborar de un plan estratégico de los sistemas de información alineado con los objetivos de
la Consejería de Salud y Familias. Entre otras consecuencias positivas, facilitaría cumplir con
la medida 4.1 planificación del marco operacional del ENS (Prioridad media) (§A24).
110
Establecer una estructura dedicada exclusivamente a la gestión de la atención temprana con
la dotación de los recursos necesarios, tanto en los servicios centrales como en las DDTT
(Prioridad media) (§73).
111
Establecer objetivos e indicadores basados en datos que sean útiles de forma que se pueda
realizar un seguimiento efectivo de los mismos. Se deben establecer indicadores que midan
la eficiencia y economía en la gestión, de forma que permitan fijar unos objetivos que sean
fácilmente medibles y se pueda evaluar de forma efectiva la eficacia, eficiencia y economía
en la gestión (Prioridad alta) (§87).
112
Establecer y realizar un seguimiento del plan de recursos, ya que con este análisis se pueden
gestionar los medios económicos, materiales y humanos de una forma más eficiente y
económica, pudiendo realizar un análisis de las desviaciones e implementar medidas para
corregirlas y mejorar, de esta forma, la gestión de los recursos disponibles (Prioridad media)
(§85).
113
Establecer un sistema de control interno que revise y detecte errores. El control interno es
una herramienta que permite identificar factores de riesgo en ciertas áreas y posibilita lograr
un objetivo de control a través de la implementación controles para mitigar los riesgos
detectados (Prioridad alta) (§71).
114
Establecer procedimientos e instrucciones actualizados necesarios para la gestión. Se deben
establecer criterios uniformes a nivel de dirección y más coordinación entre las distintas
DDTT, así como con otras Consejerías y Administraciones Públicas implicadas en la gestión de
la atención infantil temprana (Prioridad media) (§72).
115
Establecer un seguimiento de los menores una vez que abandonen el programa de atención
temprana a la edad de 6 años (Prioridad media) (§80).
116
Los informes de valoración de idoneidad, atendiendo a la normativa, tienen que ser más
completos (Prioridad media) (§80).
117
Incluir en el Decreto 85/2016 de atención temprana un sistema de penalizaciones para los
CAIT (Prioridad media) (§76 y 77).
118
Insistir a los CAIT en la obligatoriedad del cumplimiento de los horarios, así como que deben
disponer de un Plan de calidad (Prioridad media) (§A71 y 96).
119
Incrementar los medios para la gestión de la atención temprana para poder evitar, entre otros
aspectos, que existan listas de espera, que los CAIT hagan más sesiones de las contratadas y
que los menores reciban menos de sesiones de las fijadas en los contratos (Prioridad media)
(§96).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279420
En relación con la fiscalización operativa