3. Otras disposiciones. . (2023/46-38)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Intervención Integral de la Atención Infantil Temprana. 2019.
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BOJA
120
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4346/31
Establecer un sistema informático ágil, disponible y útil que facilite la gestión de forma
operativa, evitando la creación de bases de datos, que no cumplen con los requisitos de
seguridad establecidos en la normativa vigente sobre protección de datos, además de que no
contenga los errores que se producen actualmente con la aplicación Alborada (Prioridad alta)
(§28, 80 y 97).
8. APÉNDICES
8.1. Metodología
A1.
El procedimiento de acceso a los Centros de Atención Temprana se inicia a través de los
pediatras de Atención Primaria, ante la detección de trastornos del desarrollo o señales de
alerta de riesgo de padecerlos en menores de 6 años de edad en cualquier ámbito.
Desde Pediatría de los Centros de Salud se derivan a la UAIT, que constituye el primer nivel
de atención específica en la atención temprana. Esta Unidad valora la idoneidad de la
necesidad de intervención y, en caso afirmativo, remite al menor a los Centros de Atención
Infantil Temprana (CAIT).
En la actualidad, la Consejería de Salud y Familias es la que cuenta con la mayoría de
competencias en la gestión de la atención temprana, ya que coordinan a las UAIT, a los EPAT
(formados por tres miembros de las tres Consejerías) y a los CAIT, así como a los menores que
se deriven por parte de las otras dos Consejerías implicadas.
Con respecto a la Consejería de Educación y Deporte, su principal misión es valorar y derivar
a los menores con signos de alerta a la Consejería de Salud y Familias, a través de los EOE
(Equipos de orientación escolar) y EOEE (Equipos de orientación escolar especializados).
Participan como parte de los EPAT en cada Delegación Territorial.
Desde la Consejería de Educación y Deporte se establecen situaciones diferentes de
detección, las cuales conllevarán procedimientos diferenciados de coordinación y actuación.
Por tanto, se establecen los siguientes ámbitos y momentos de detección:
a) Detección en el ámbito educativo en el primer ciclo de Educación Infantil.
b) Detección en el ámbito sanitario con anterioridad a los 4 años de edad.
Desde esta Consejería participan profesionales especialistas en atención temprana (EOEE),
que ofrecen orientaciones a la escuela o al centro de educación infantil (primer ciclo), y los
Equipos de Orientación Educativa (EOE) en el caso de los alumnos y alumnas que se
escolarizan en el segundo ciclo de Educación Infantil.
A continuación, se incluye un flujograma que refleja el proceso de la Atención Infantil
Temprana.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279420
La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación debe remitir a la Consejería de
Salud y Familias, a los menores que presenten signos de alerta, tras la valoración de los
mismos a través sus equipos de valoración. Participan como parte de los EPAT en cada
Delegación Territorial.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4346/31
Establecer un sistema informático ágil, disponible y útil que facilite la gestión de forma
operativa, evitando la creación de bases de datos, que no cumplen con los requisitos de
seguridad establecidos en la normativa vigente sobre protección de datos, además de que no
contenga los errores que se producen actualmente con la aplicación Alborada (Prioridad alta)
(§28, 80 y 97).
8. APÉNDICES
8.1. Metodología
A1.
El procedimiento de acceso a los Centros de Atención Temprana se inicia a través de los
pediatras de Atención Primaria, ante la detección de trastornos del desarrollo o señales de
alerta de riesgo de padecerlos en menores de 6 años de edad en cualquier ámbito.
Desde Pediatría de los Centros de Salud se derivan a la UAIT, que constituye el primer nivel
de atención específica en la atención temprana. Esta Unidad valora la idoneidad de la
necesidad de intervención y, en caso afirmativo, remite al menor a los Centros de Atención
Infantil Temprana (CAIT).
En la actualidad, la Consejería de Salud y Familias es la que cuenta con la mayoría de
competencias en la gestión de la atención temprana, ya que coordinan a las UAIT, a los EPAT
(formados por tres miembros de las tres Consejerías) y a los CAIT, así como a los menores que
se deriven por parte de las otras dos Consejerías implicadas.
Con respecto a la Consejería de Educación y Deporte, su principal misión es valorar y derivar
a los menores con signos de alerta a la Consejería de Salud y Familias, a través de los EOE
(Equipos de orientación escolar) y EOEE (Equipos de orientación escolar especializados).
Participan como parte de los EPAT en cada Delegación Territorial.
Desde la Consejería de Educación y Deporte se establecen situaciones diferentes de
detección, las cuales conllevarán procedimientos diferenciados de coordinación y actuación.
Por tanto, se establecen los siguientes ámbitos y momentos de detección:
a) Detección en el ámbito educativo en el primer ciclo de Educación Infantil.
b) Detección en el ámbito sanitario con anterioridad a los 4 años de edad.
Desde esta Consejería participan profesionales especialistas en atención temprana (EOEE),
que ofrecen orientaciones a la escuela o al centro de educación infantil (primer ciclo), y los
Equipos de Orientación Educativa (EOE) en el caso de los alumnos y alumnas que se
escolarizan en el segundo ciclo de Educación Infantil.
A continuación, se incluye un flujograma que refleja el proceso de la Atención Infantil
Temprana.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279420
La Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación debe remitir a la Consejería de
Salud y Familias, a los menores que presenten signos de alerta, tras la valoración de los
mismos a través sus equipos de valoración. Participan como parte de los EPAT en cada
Delegación Territorial.