3. Otras disposiciones. . (2023/46-38)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Intervención Integral de la Atención Infantil Temprana. 2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4346/6
10
Con respecto a la Consejería de Educación y Deporte, del Decreto 85/2016 se desprende que
su principal misión es valorar y derivar a los menores con signos de alerta a la Consejería de
Salud y Familias, a través de los EOE (Equipos de orientación escolar) y EOEE (Equipos de
orientación escolar especializados). Participan como parte de los EPAT en cada Delegación
Territorial (Equipo provincial de Atención Infantil Temprana) (§21 y A1).
11
Según el Decreto 85/2016 la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación debe
remitir a la Consejería de Salud y Familias, a los menores que presenten signos de alerta, tras
la valoración de los mismos a través sus equipos de valoración. Participan como parte de los
EPAT en cada Delegación Territorial (§21 y A1).
12
Por otro lado, de acuerdo con el artículo 129.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el ejercicio de la
iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las Administraciones Públicas actuarán de
acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia, entre otros. Además, según se establece en
el artículo 31.2 de la Constitución Española, el gasto público se programará y ejecutará
conforme a los criterios de eficiencia y economía, y según el artículo 103.1, la Administración
pública debe actuar mediante el principio de eficacia.
13
Dentro de su ámbito de competencias, la Cámara de Cuentas de Andalucía realiza el control
externo de los fondos públicos de Andalucía. En el artículo 4 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo,
de la Cámara de Cuentas de Andalucía, incluye entre sus funciones la de velar por la legalidad
y eficiencia de cuantos actos den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de
contenido económico, con el fin de asegurar el adecuado cumplimiento de los principios
financieros, de legalidad, de eficacia y de economía, exigibles al sector público.
14
La responsabilidad de la Cámara de Cuentas es la de expresar una opinión sobre el
cumplimiento de la normativa aplicable en materia de contratación, el Decreto 85/2016, el
Esquema Nacional de Seguridad y la protección de datos, por parte de la Consejería de Salud
y Familias, así como expresar una serie de concusiones con respecto a los principios de
economía, eficiencia y eficacia por parte de las Consejerías de Salud y Familias, Educación y
Deporte e Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
15
La fiscalización se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de
fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo (ISSAI-ES 100, 300 y 400),
desarrollados en guías prácticas de fiscalización de los OCEX. De manera concreta la ISSAI-ES300 “Principios fundamentales de la fiscalización operativa”, la ISSAI-ES 3000 “Normas y
directrices para la fiscalización operativa”, la ISSAI-ES 3100 “Anexo a las directrices para la
fiscalización operativa”, la ISSAI 4000 “Guía para las auditorías de cumplimiento” y la GPFOCEX-5313 “Revisión de los controles básicos de ciberseguridad”. Así mismo se ha utilizado
el Manual de Procedimientos de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Manual de
fiscalización operativa o de gestión del Tribunal de Cuentas y las Normas Técnicas de Auditoría
del Sector Público (NIA-ES-SP) adaptadas a las Normas Internacionales de Auditoría (NIA-ES),
aprobadas mediante Resolución de 25 de octubre de 2019 de la IGAE.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279420
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4346/6
10
Con respecto a la Consejería de Educación y Deporte, del Decreto 85/2016 se desprende que
su principal misión es valorar y derivar a los menores con signos de alerta a la Consejería de
Salud y Familias, a través de los EOE (Equipos de orientación escolar) y EOEE (Equipos de
orientación escolar especializados). Participan como parte de los EPAT en cada Delegación
Territorial (Equipo provincial de Atención Infantil Temprana) (§21 y A1).
11
Según el Decreto 85/2016 la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación debe
remitir a la Consejería de Salud y Familias, a los menores que presenten signos de alerta, tras
la valoración de los mismos a través sus equipos de valoración. Participan como parte de los
EPAT en cada Delegación Territorial (§21 y A1).
12
Por otro lado, de acuerdo con el artículo 129.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el ejercicio de la
iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, las Administraciones Públicas actuarán de
acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia, entre otros. Además, según se establece en
el artículo 31.2 de la Constitución Española, el gasto público se programará y ejecutará
conforme a los criterios de eficiencia y economía, y según el artículo 103.1, la Administración
pública debe actuar mediante el principio de eficacia.
13
Dentro de su ámbito de competencias, la Cámara de Cuentas de Andalucía realiza el control
externo de los fondos públicos de Andalucía. En el artículo 4 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo,
de la Cámara de Cuentas de Andalucía, incluye entre sus funciones la de velar por la legalidad
y eficiencia de cuantos actos den lugar al reconocimiento de derechos y obligaciones de
contenido económico, con el fin de asegurar el adecuado cumplimiento de los principios
financieros, de legalidad, de eficacia y de economía, exigibles al sector público.
14
La responsabilidad de la Cámara de Cuentas es la de expresar una opinión sobre el
cumplimiento de la normativa aplicable en materia de contratación, el Decreto 85/2016, el
Esquema Nacional de Seguridad y la protección de datos, por parte de la Consejería de Salud
y Familias, así como expresar una serie de concusiones con respecto a los principios de
economía, eficiencia y eficacia por parte de las Consejerías de Salud y Familias, Educación y
Deporte e Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
15
La fiscalización se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de
fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo (ISSAI-ES 100, 300 y 400),
desarrollados en guías prácticas de fiscalización de los OCEX. De manera concreta la ISSAI-ES300 “Principios fundamentales de la fiscalización operativa”, la ISSAI-ES 3000 “Normas y
directrices para la fiscalización operativa”, la ISSAI-ES 3100 “Anexo a las directrices para la
fiscalización operativa”, la ISSAI 4000 “Guía para las auditorías de cumplimiento” y la GPFOCEX-5313 “Revisión de los controles básicos de ciberseguridad”. Así mismo se ha utilizado
el Manual de Procedimientos de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Manual de
fiscalización operativa o de gestión del Tribunal de Cuentas y las Normas Técnicas de Auditoría
del Sector Público (NIA-ES-SP) adaptadas a las Normas Internacionales de Auditoría (NIA-ES),
aprobadas mediante Resolución de 25 de octubre de 2019 de la IGAE.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279420
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA