3. Otras disposiciones. . (2023/46-37)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4344/9
en el ejercicio 2018, así como los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería correspondientes al ejercicio anual terminado a dicha fecha, de conformidad con el marco normativo de
información financiera que resulta de aplicación y con los principios y criterios contables contenidos en el mismo.
4.2. Fundamento de la opinión sobre auditoría financiera desfavorable
21. Como resultado de las pruebas realizadas se han puesto de manifiesto las siguientes limitaciones
de información, incorrecciones de los registros contables y debilidades de control interno.
Limitaciones al alcance
Presupuesto, Liquidación y Cuenta General
22. Sobre la Cuenta General del ejercicio 2018, se ha carecido de la información necesaria para dar
cumplimiento íntegro a los principios contables de devengo, prudencia, no compensación, imputación presupuestaria de gastos e ingresos3, por no reflejar la integración de las contabilidades
y de todos los saldos y elementos patrimoniales en el Ayuntamiento, como así se ha señalado
en el Informe de la Intervención general para el ejercicio 2018. Las limitaciones principales para
ello han sido entre otras, las siguientes: (A23)
•
•
•
Falta de actualización del inventario y del inmovilizado.
Falta de actualización de los valores posteriores de los activos derivados de amortizaciones y deterioros.
No se ha producido la integración contable de la sociedad AJEMSA.
23. El Patrimonio Municipal de Suelo de este Ayuntamiento a fecha de la presentación de las Cuen-
tas Anuales del ejercicio 2018 no se encuentra definido, por lo que los valores incluidos en los
balances del Ayuntamiento se encuentran pendientes de su revisión y actualización.4
24. En el momento de aprobación de la Cuenta General del ejercicio 2018, se encuentran pendien-
tes de realizar las labores de conciliación de la contabilidad municipal con el pendiente de cobro
en la Recaudación municipal, estimándose esta conciliación necesaria para poder realizar la dotación de provisiones por insolvencias.5
Control Interno
25. La corporación no dispone de una valoración adecuada del Inventario Municipal de Bienes que
permita realizar una correcta contabilidad patrimonial, circunstancia que ha impedido comprobar la razonabilidad de los importes registrados en el inmovilizado no financiero.
4
Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.
Como hecho posterior, la entidad ha remitido documento donde se acredita que, por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de fecha
29 de abril de 2021, que en el inventario se incluye un capítulo donde constan los bienes adscritos al Patrimonio Municipal del Suelo.
5
Como hecho posterior, la entidad ha remitido documentación donde se acredita que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada
el 1 de julio de 2021, aprueba un expediente de depuración de derechos reconocidos anteriores al ejercicio 2003.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279417
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023
página 4344/9
en el ejercicio 2018, así como los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería correspondientes al ejercicio anual terminado a dicha fecha, de conformidad con el marco normativo de
información financiera que resulta de aplicación y con los principios y criterios contables contenidos en el mismo.
4.2. Fundamento de la opinión sobre auditoría financiera desfavorable
21. Como resultado de las pruebas realizadas se han puesto de manifiesto las siguientes limitaciones
de información, incorrecciones de los registros contables y debilidades de control interno.
Limitaciones al alcance
Presupuesto, Liquidación y Cuenta General
22. Sobre la Cuenta General del ejercicio 2018, se ha carecido de la información necesaria para dar
cumplimiento íntegro a los principios contables de devengo, prudencia, no compensación, imputación presupuestaria de gastos e ingresos3, por no reflejar la integración de las contabilidades
y de todos los saldos y elementos patrimoniales en el Ayuntamiento, como así se ha señalado
en el Informe de la Intervención general para el ejercicio 2018. Las limitaciones principales para
ello han sido entre otras, las siguientes: (A23)
•
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•
Falta de actualización del inventario y del inmovilizado.
Falta de actualización de los valores posteriores de los activos derivados de amortizaciones y deterioros.
No se ha producido la integración contable de la sociedad AJEMSA.
23. El Patrimonio Municipal de Suelo de este Ayuntamiento a fecha de la presentación de las Cuen-
tas Anuales del ejercicio 2018 no se encuentra definido, por lo que los valores incluidos en los
balances del Ayuntamiento se encuentran pendientes de su revisión y actualización.4
24. En el momento de aprobación de la Cuenta General del ejercicio 2018, se encuentran pendien-
tes de realizar las labores de conciliación de la contabilidad municipal con el pendiente de cobro
en la Recaudación municipal, estimándose esta conciliación necesaria para poder realizar la dotación de provisiones por insolvencias.5
Control Interno
25. La corporación no dispone de una valoración adecuada del Inventario Municipal de Bienes que
permita realizar una correcta contabilidad patrimonial, circunstancia que ha impedido comprobar la razonabilidad de los importes registrados en el inmovilizado no financiero.
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Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública.
Como hecho posterior, la entidad ha remitido documento donde se acredita que, por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de fecha
29 de abril de 2021, que en el inventario se incluye un capítulo donde constan los bienes adscritos al Patrimonio Municipal del Suelo.
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Como hecho posterior, la entidad ha remitido documentación donde se acredita que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada
el 1 de julio de 2021, aprueba un expediente de depuración de derechos reconocidos anteriores al ejercicio 2003.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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