3. Otras disposiciones. . (2023/46-37)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023

página 4344/8

la responsabilidad de la CCA es emitir una opinión en términos de seguridad razonable sobre el
adecuado cumplimiento de la normativa que resulta de aplicación.
17. Los trabajos de fiscalización se han llevado a cabo de acuerdo con los principios fundamentales

de fiscalización de las Instituciones de Control Externo (ICEX). En concreto, con las ISSAI-ES 100
“Principios fundamentales de fiscalización del Sector Público”, ISSAI-ES 200 “Principios fundamentales de la fiscalización o auditoría financiera, ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de la
fiscalización de cumplimiento”, así como las ISSAI-ES de segundo nivel que las desarrollan, las
Guías Prácticas de Fiscalización de las Órganos de Control Externo (GPF-OCEX) aplicables, así
como las NIA-ES-SP que sean de aplicación. Dichas normas exigen que la CCA cumpla con los
requerimientos de ética, así como que planifique y ejecute la fiscalización con el fin de obtener
una seguridad razonable respecto de la situación financiera del Ayuntamiento y respecto al cumplimiento por la entidad fiscalizada del marco normativo que le resulta de aplicación.

18. Una fiscalización requiere la aplicación de los procedimientos de auditoría (pruebas de cumpli-

miento y pruebas sustantivas) que permitan obtener evidencia suficiente y adecuada sobre la
que fundamentar las conclusiones, recomendaciones y la opinión emitida. Los procedimientos
seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos por incumplimientos debidos a fraude o error. Para efectuar dicha valoración del riesgo el auditor evalúa,
entre otros aspectos, el ambiente del control interno de la entidad local (EELL) mediante la práctica de pruebas de cumplimiento, con un resultado que determinará y condicionará la naturaleza
y extensión de las pruebas sustantivas de auditoría a aplicar. No es propósito de este trabajo el
expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la EELL.

19. Los trabajos de campo finalizaron el día 30 de junio de 2021. Durante la ejecución del trabajo de

fiscalización se han producido importantes retrasos en la entrega de la documentación que han
conducido a demoras en la realización de las pruebas y procedimientos y que al mismo tiempo
han limitado la evidencia de auditoría obtenida dificultando la aclaración de determinadas incidencias detectadas en las áreas de trabajo.

4. INFORME DE AUDITORÍA FINANCIERA
4.1. Opinión sobre auditoría financiera desfavorable
20. La Cámara de Cuentas de Andalucía en virtud de lo dispuesto en su ley de creación, y conforme

En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, debido a la importancia de las cuestiones
descritas en la sección Fundamentos de la opinión sobre auditoría financiera desfavorable, los
aspectos y elementos incluidos en los estados contables del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera y relativos a las áreas de fiscalización incluidas en el alcance material de este informe, no
presentan fielmente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de la entidad

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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a lo previsto en el Programa Anual de Fiscalización, ha auditado los siguientes estados contables
del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera del ejercicio 2018, que comprenden el balance a 31
de diciembre de 2018, la cuenta del resultado económico-patrimonial, el estado de liquidación
del presupuesto, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la
memoria correspondiente al ejercicio terminado a dicha fecha.