3. Otras disposiciones. . (2023/46-37)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de determinadas áreas del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz). Ejercicio 2018.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 46 - Jueves, 9 de marzo de 2023

página 4344/25

Provisiones
78. La entidad no ha dotado durante el ejercicio auditado la totalidad de las correspondientes pro-

visiones para atender los litigios que actualmente tiene en curso. Debido al elevado número de
litigios que tiene el Ayuntamiento, conlleva el consiguiente riesgo futuro sobre el reflejo de imagen fiel de las cuentas anuales y sobre el sistema de control interno. Todo esto ha ocasionado
que este asunto sea considerado como una cuestión clave de la auditoría. (A66)

Nuestra respuesta se ha centrado, entre otros, en el análisis de pruebas documentales y de indagaciones, así como contraste y evaluación de las respuestas. Los resultados de los procedimientos empleados nos han dado la evidencia suficiente y adecuada para considerar que nuestra conclusión de este hecho como cuestión clave es lo adecuado.
Valoración de activos
79. Del análisis del epígrafe “V. Inversiones financieras a largo plazo en entidades del grupo, multi-

grupo y asociadas” que asciende a 157.506.749,94€ en el ejercicio auditado, así como de la
cuenta (449) “Otros deudores no presupuestarios” con saldo 28.946.797,65€, se extrae que las
deudas que las entidades dependientes mantienen con el Ayuntamiento no se amortizan como
requieren las normas de valoración previstas por la Orden HAP/1781/2013, de 20 de septiembre,
por la que se aprueba la Instrucción del modelo normal de contabilidad local. En este sentido, se
puede hablar de un posible activo irrealizable, por lo que no está representando la imagen fiel
de las cuentas del Ayuntamiento. Además, la consideración de estos importes como posibles
aportaciones patrimoniales supone la vulneración de la Disposición Adicional Novena de la
LRBRL respecto al redimensionamiento del sector público local. (§32)
Nuestras respuestas de auditoría se han centrado, entre otros, en comprobar la coherencia de
los saldos en las cuentas anuales de las entidades dependientes, así como procedimientos analíticos globales de cuadre. Los resultados de los procedimientos empleados nos han dado la evidencia suficiente y adecuada para considerar que nuestra conclusión de este hecho como cuestión clave es lo adecuado.

Integración sociedades
80. Tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibili-

dad de la Administración Local, el Ayuntamiento realiza una serie de integraciones de entidades
dependientes, que pasan de un número de 15 entidades que existían en 2010 (2 organismos
autónomos, 11 sociedades mercantiles de capital íntegramente municipal y dos participadas) a
7 existentes en 2018 (1 organismo autónomo y 6 sociedades mercantiles).

00279417

Esta circunstancia supone un elevado riesgo de incorrección material en las cuentas consolidadas y una probable falta de integridad de los datos por no haberse realizado un trabajo de conciliación por parte del Ayuntamiento, por lo que hemos considerado este asunto como una cuestión clave de la auditoría. (A17)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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