5. Anuncios. . (2023/45-52)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Secretaría General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica del Plan Hidrológico (3.er ciclo) y del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación (2.º ciclo), correspondientes al periodo 2022-2027, de la demarcación hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Miércoles, 8 de marzo de 2023

página 4284/3

3. Fundamentos de los planes.
Los objetivos del PH-PGRI CMA se señalan de forma explícita en el artículo 40 del Real
Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la
Ley de Aguas, indicando que: «la planificación hidrológica tendrá por objetivos generales
conseguir el buen estado y la adecuada protección del dominio público hidráulico y de
las aguas objeto de esta ley, la satisfacción de las demandas de agua, el equilibrio y
armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando las disponibilidades del
recurso, protegiendo su calidad, economizando su empleo y racionalizando sus usos en
armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales».
El PH-PGRI CMA presenta un concreto programa de medidas, de las cuales 40 son
básicas para implementar la DMA (Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de
actuación en el ámbito de la política de aguas), 16 son otras medidas básicas de acuerdo
con el artículo 44 del RPH (Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, por el que se aprueba
el Reglamento de la Planificación Hidrológica), 321 complementarias y 115 que no se
englobarían en ninguno de estos grupos, al no ser medidas para el cumplimiento de la DMA.
La totalidad de las medidas del programa de medidas se desagregan en los siguientes
grupos de medidas clave:
1. Reducción de la contaminación puntual.
2. Reducción de la contaminación difusa.
3. Reducción de la presión por extracción de agua.
4. Mejora de las condiciones morfológicas.
5. Mejora de las condiciones hidrológicas.
6. Medidas de conservación y mejora de la estructura y funcionamiento de los
ecosistemas acuáticos.
7. Otras medidas: medidas ligadas a impactos.
8. Otras medidas: medidas ligadas a drivers.
9. Otras medidas (no ligadas directamente a presiones ni impactos): medidas
específicas de protección de agua potable.
11. Otras medidas (no ligadas directamente a presiones ni impactos): Gobernanza.
12. Incremento de recursos disponibles.
13. Medidas de prevención de inundaciones.
14. Medidas de protección frente a inundaciones.
15. Medidas de preparación ante inundaciones.
4. Principios estratégicos de sostenibilidad
La finalidad última de la evaluación ambiental estratégica es contribuir al desarrollo
de modelos realistas de sostenibilidad y lucha contra el cambio climático acordes con las
referencias existentes a nivel nacional e internacional.
Con este enfoque, la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2030,
documento estructurado en 13 áreas temáticas que asume los 17 Objetivos de
Desarrollo Sostenible y las 169 metas de la Agenda 2030 de Naciones Unidas, tiene
como finalidad orientar y reforzar las políticas e iniciativas públicas y privadas para
avanzar hacia un modelo de desarrollo sostenible en Andalucía basado en la transición
a una economía verde y en la integración de las consideraciones ambientales,
económicas y sociales. El PH-PGRI CMA es coherente con el modelo de desarrollo
sostenible que define la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible 2030.
5. Efectos significativos sobre el medio ambiente.
La ley GICA establece, en su artículo 15, que los instrumentos de prevención y
control ambiental, entre los que se incluye la evaluación ambiental estratégica, tienen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279362

El EsAE también ha considerado la coherencia externa con los principios y directrices
de protección ambiental y desarrollo sostenible, así como su adecuación a las directrices
derivadas de los planes y estrategias de naturaleza medioambiental y territorial con los
que interactúa.