5. Anuncios. . (2023/44-25)
Resolución de 29 de junio de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se concede a favor de Parque Eólico Pinarejo I-II, S.L., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto que se cita, y a efectos de la autorización ambiental unificada. (PP. 1652/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Martes, 7 de marzo de 2023

página 11420/4

Segundo. Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como en el Real Decreto 413/2014,
de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a
partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, debiendo cumplir las
condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de
proceder a la puesta en servicio de la instalación:
- Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las
competencias atribuidas a esta Dirección General. Y quedará sin efecto en el caso de
que las autorizaciones o derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para
concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.
- Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen y resto de informes emitidos por los
organismos afectados.
- El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
- El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a
las Delegaciones afectadas, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la
correspondiente acta de puesta en servicio, aportando la dirección técnica de obra y
resto de documentación y certificaciones reglamentarias, hecho este imprescindible para
que la instalación pueda entrar en funcionamiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00264715

Finalidad de la instalación: Línea alta tensión para evacuación de las plantas eólicas
Pinarejo I y Pinarejo II.
Proyecto Oficial de Ejecución Línea: Línea aérea alta tensión 220 kV SET PinarejoSET El Álamo, redactado en febrero de 2022 por María Inmaculada Blázquez
Garcia, Ingeniera Industrial del Colegio Nacional de Ingenieros ICAI con número
de colegiado 3694/2924.
Las características principales de la infraestructura de evacuación son:
Origen: SET Pinarejo.
Final: SET El Álamo.
Sistema: Corriente alterna trifásica.
Frecuencia: 50 Hz.
Tensión de servicio en kV: 220 kV.
Tensión más elevada de la red: 245 kV.
Zona RLAT: B.
Categoría: Especial.
Número de circuitos: 1.
Número de conductores aéreo por fase: 1.
Temperatura máxima del conductor: 85º C.
Potencia máxima de diseño: 60 MVA.
Número de cables de tierra de fibra óptica: 1.
Longitud total en km: 26,281.
Conductores: LA-455 «Condor» y OPGW 84P81 (7632).
Aislamiento: Vidrio U160BSP.
Núm. de apoyos: 74.
Tipo de apoyo: Torre Metálica de Celosía.
Cimentaciones: Tetrabloque.
Puestas a tierra: Picas metálicas.