5. Anuncios. . (2023/44-43)
Anuncio de 1 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, de resolución por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Málaga relativo a la modificación que se cita.
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Secretaría General Técnica
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Martes, 7 de marzo de 2023
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
ORGANISMO:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA DE MÁLAGA
Hoja 8 de
página 4235/9
de compatibilizar
ambas atipologías,
para
la ejecución
de lasaviviendas
unifamiliares
sur decaso
ambas
parcelas, próxima
la parcela
R-3,
irá destinada
ubicar las
zonas comunes y espacios li
adosadas.
Asimismo,
las
entradas
tanto
peatonales
como
rodadas,
a
los
edificios
privados, o en el caso de compatibilizar ambas tipologías, para la ejecución decon
las viviendas unifamil
tipología CJ-1 nunca se realizarán por el vial que las separa de la parcela R-3.
adosadas.
Asimismo, las entradas tanto peatonales como rodadas, a los edificios con tipología CJ-1 nunc
Por otro lado, la parcela R-5 aunque cambia su tipología de unifamiliar adosada a
realizarán
por el vial
que las separa
la parcelayR-3.
plurifamiliar,
mantiene
el techodeedificable
el número de viviendas del plan parcial
Por otro
lado,
la
parcela
R-5
aunque
cambia
tipología
de planta,
unifamiliar
adosada
a plurifamiliar, mantiene el t
aprobado definitivamente y reduce su su
altura
en una
es decir,
PB+1+Atico.
Asimismo,
se establece
comodelcondición
particular
paradefinitivamente
la parcela R-5,y reduce
que lassu altura en una plant
edificable
y el número
de viviendas
plan parcial
aprobado
edificaciones
que
se
encuentren
alineadas
a
calle
Sierra
de
Segura,
vial
que
la
separa
de que las edificaciones
decir, PB+1+Atico. Asimismo, se establece como condición particular para la parcela R-5,
la parcela R-3, tendrán solamente dos plantas por encima de la cota del vial, y estarán
se encuentren alineadas a calle Sierra de Segura, vial que la separa de la parcela R-3, tendrán solamente
retranqueadas al menos 5 metros respecto a la calle.
plantas por
encima de
cota delR-1
vial,y yR-2a
estarán
retranqueadas
al menos
5 metrosCJ-3
respecto
Asimismo,
laslaparcelas
aunque
tienen asignada
la ordenanza
con a la calle.
Asimismo,
las
parcelas
R-1
y
R-2a
aunque
tienen
asignada
la
ordenanza
CJ-3
con
una
altura
una altura de PB+2+ático, tendrán limitada su altura a PB+1+ático en el frente de ambas de PB+2+ático, ten
parcelas
con la
R-2b,en
tal el
y como
indica
en elparcelas
esquemacon
quelaseparcela
acompaña.
limitada
su altura
a parcela
PB+1+ático
frentesede
ambas
R-2b, tal y como se indica e
esquema que se acompaña.
00279334
Condiciones particulares de implantación de la edificación plurifamiliar en las parcelas R-1, R-2a y R-2b
4.2.- NORMATIVA
DE AGUAS.
Condiciones
particulares de implantación de la edificación plurifamiliar en las parcelas
Limitaciones
enyZonas
R-1, R-2a
R-2b de Dominio Público, Servidumbre y Policía:
4.2. Normativa
de aguas. y en sus zonas de servidumbre se garantizará la continuidad ecológica.
-En el dominio
público hidráulico
Limitaciones
en
Zonas
de Dominio
Público,
Servidumbre
y Policía:
-No se podrá prever acciones
sobre
el medio
físico o
biológico afecto
al dominio público hidráulico que constit
- En el dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre se garantizará la
o puedan constituir una degradación del mismo.
continuidad ecológica.
-En las zonas
de dominio público hidráulico se prohibirá cualquier tipo de ocupación temporal o permanente
- No se podrá prever acciones sobre el medio físico o biológico afecto al dominio
las excepciones
relativas
a los
usos comunes
especiales
previstas.
público hidráulico
que
constituyan
o puedan
constituirlegamente
una degradación
del mismo.
-En las zonas
sólo se
podráhidráulico
prever ordenación
para
público orientada a los fine
- Ende
lasservidumbre
zonas de dominio
público
se prohibiráurbanística
cualquier tipo
de uso
ocupación
temporal
o permanente,
con
las excepciones
relativas de
a los
usos comunes
especiales
paso público
peatonal
y para el
desarrollo
de los servicios
vigilancia,
conservación
y salvamento. En estas z
legamente previstas.
el planeamiento
podrá planificar siembras o plantaciones de especies no arbóreas, que den continuidad
zonas de servidumbre sólo se podrá prever ordenación urbanística para
vegetación- En
de las
ribera
específica del ámbito. Cualquier uso que demande la disposición de infraestruct
uso público orientada a los fines de paso público peatonal y para el desarrollo de los
mobiliario, protecciones, cerramiento u obstáculos deberá ser acorde a los fines indicados. En la zon
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 44 - Martes, 7 de marzo de 2023
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA
ORGANISMO:
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA DE MÁLAGA
Hoja 8 de
página 4235/9
de compatibilizar
ambas atipologías,
para
la ejecución
de lasaviviendas
unifamiliares
sur decaso
ambas
parcelas, próxima
la parcela
R-3,
irá destinada
ubicar las
zonas comunes y espacios li
adosadas.
Asimismo,
las
entradas
tanto
peatonales
como
rodadas,
a
los
edificios
privados, o en el caso de compatibilizar ambas tipologías, para la ejecución decon
las viviendas unifamil
tipología CJ-1 nunca se realizarán por el vial que las separa de la parcela R-3.
adosadas.
Asimismo, las entradas tanto peatonales como rodadas, a los edificios con tipología CJ-1 nunc
Por otro lado, la parcela R-5 aunque cambia su tipología de unifamiliar adosada a
realizarán
por el vial
que las separa
la parcelayR-3.
plurifamiliar,
mantiene
el techodeedificable
el número de viviendas del plan parcial
Por otro
lado,
la
parcela
R-5
aunque
cambia
tipología
de planta,
unifamiliar
adosada
a plurifamiliar, mantiene el t
aprobado definitivamente y reduce su su
altura
en una
es decir,
PB+1+Atico.
Asimismo,
se establece
comodelcondición
particular
paradefinitivamente
la parcela R-5,y reduce
que lassu altura en una plant
edificable
y el número
de viviendas
plan parcial
aprobado
edificaciones
que
se
encuentren
alineadas
a
calle
Sierra
de
Segura,
vial
que
la
separa
de que las edificaciones
decir, PB+1+Atico. Asimismo, se establece como condición particular para la parcela R-5,
la parcela R-3, tendrán solamente dos plantas por encima de la cota del vial, y estarán
se encuentren alineadas a calle Sierra de Segura, vial que la separa de la parcela R-3, tendrán solamente
retranqueadas al menos 5 metros respecto a la calle.
plantas por
encima de
cota delR-1
vial,y yR-2a
estarán
retranqueadas
al menos
5 metrosCJ-3
respecto
Asimismo,
laslaparcelas
aunque
tienen asignada
la ordenanza
con a la calle.
Asimismo,
las
parcelas
R-1
y
R-2a
aunque
tienen
asignada
la
ordenanza
CJ-3
con
una
altura
una altura de PB+2+ático, tendrán limitada su altura a PB+1+ático en el frente de ambas de PB+2+ático, ten
parcelas
con la
R-2b,en
tal el
y como
indica
en elparcelas
esquemacon
quelaseparcela
acompaña.
limitada
su altura
a parcela
PB+1+ático
frentesede
ambas
R-2b, tal y como se indica e
esquema que se acompaña.
00279334
Condiciones particulares de implantación de la edificación plurifamiliar en las parcelas R-1, R-2a y R-2b
4.2.- NORMATIVA
DE AGUAS.
Condiciones
particulares de implantación de la edificación plurifamiliar en las parcelas
Limitaciones
enyZonas
R-1, R-2a
R-2b de Dominio Público, Servidumbre y Policía:
4.2. Normativa
de aguas. y en sus zonas de servidumbre se garantizará la continuidad ecológica.
-En el dominio
público hidráulico
Limitaciones
en
Zonas
de Dominio
Público,
Servidumbre
y Policía:
-No se podrá prever acciones
sobre
el medio
físico o
biológico afecto
al dominio público hidráulico que constit
- En el dominio público hidráulico y en sus zonas de servidumbre se garantizará la
o puedan constituir una degradación del mismo.
continuidad ecológica.
-En las zonas
de dominio público hidráulico se prohibirá cualquier tipo de ocupación temporal o permanente
- No se podrá prever acciones sobre el medio físico o biológico afecto al dominio
las excepciones
relativas
a los
usos comunes
especiales
previstas.
público hidráulico
que
constituyan
o puedan
constituirlegamente
una degradación
del mismo.
-En las zonas
sólo se
podráhidráulico
prever ordenación
para
público orientada a los fine
- Ende
lasservidumbre
zonas de dominio
público
se prohibiráurbanística
cualquier tipo
de uso
ocupación
temporal
o permanente,
con
las excepciones
relativas de
a los
usos comunes
especiales
paso público
peatonal
y para el
desarrollo
de los servicios
vigilancia,
conservación
y salvamento. En estas z
legamente previstas.
el planeamiento
podrá planificar siembras o plantaciones de especies no arbóreas, que den continuidad
zonas de servidumbre sólo se podrá prever ordenación urbanística para
vegetación- En
de las
ribera
específica del ámbito. Cualquier uso que demande la disposición de infraestruct
uso público orientada a los fines de paso público peatonal y para el desarrollo de los
mobiliario, protecciones, cerramiento u obstáculos deberá ser acorde a los fines indicados. En la zon
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja