3. Otras disposiciones. . (2023/38-44)
Decreto 20/2023, de 21 de febrero, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, categoría mueble, la obra de Bartolomé Esteban Murillo denominada Santa Catalina de Alejandría, ubicada en el término municipal de Sevilla (Sevilla).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Viernes, 24 de febrero de 2023
página 3633/2
Por una parte, es un ejemplo iconográfico único en la obra de Murillo, poseedor
de notable calidad estética, en el que se hallan presentes las características formales
propias de un efímero estilo monumental, claramente diferenciado dentro de la producción
murillesca, que se detecta en las obras creadas entre los años 1652 y 1657. Además,
se trata de una pintura llena de simbolismo e intencionalidad, por hallarse directamente
relacionada con el entorno del lugar para el que fue creada, la parroquia de Santa
Catalina de Sevilla. Por otro lado, son destacables los valores patrimoniales que concita
la devolución de una obra maestra expoliada, recuperada y restituida a la ciudad donde
tuvo una funcionalidad religiosa, social y cultural; valores que se consideran notables y
suficientes para justificar su protección legal.
La obra ha sido declarada inexportable por Orden del Ministerio de Cultura y Deporte
de 9 de septiembre de 2020, emitida a instancias de la Dirección General de Bellas
Artes y previo informe de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes
del Patrimonio Histórico Español. Fue adquirida en 2016 por la Fundación «Fondo de
Cultura de Sevilla (FOCUS)» y en el año 2022 ha sido vendida por dicha Fundación a
la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, que la ha incorporado a la colección
permanente del Museo de Bellas Artes de Sevilla.
III. La Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, mediante Resolución
de 31 de marzo de 2022 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 66, de 6 de
abril de 2022), incoó el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, categoría Mueble, de la
obra de Bartolomé Esteban Murillo denominada Santa Catalina de Alejandría, ubicada en
Sevilla (Sevilla), que se describe en el anexo al presente decreto.
En relación a la instrucción del procedimiento, emitió informe favorable a la inscripción
la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Sevilla, con fecha de 27 de abril de
2022, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007.
De acuerdo con la legislación aplicable se ha cumplimentado el trámite preceptivo
de audiencia a los interesados directamente afectados en sus derechos, habiéndose
presentado alegaciones que fueron estimadas y contestadas por la Dirección General de
Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural.
Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con el artículo 9 de la
Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede la inscripción en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, categoría mueble, la obra
de Bartolomé Esteban Murillo denominada Santa Catalina de Alejandría, ubicada en el
término municipal de Sevilla (Sevilla), que se describe en el anexo.
En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a)
de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de
Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el Decreto 159/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Turismo, Cultura y Deporte, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte y
previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de febrero de 2023,
Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía,
como Bien de Interés Cultural, categoría mueble, la obra de Bartolomé Esteban Murillo
denominada Santa Catalina de Alejandría, ubicada en el término municipal de Sevilla
(Sevilla), que se describe en el anexo al presente decreto.
Segundo. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores
del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo, de manera que se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278702
ACUERDA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Viernes, 24 de febrero de 2023
página 3633/2
Por una parte, es un ejemplo iconográfico único en la obra de Murillo, poseedor
de notable calidad estética, en el que se hallan presentes las características formales
propias de un efímero estilo monumental, claramente diferenciado dentro de la producción
murillesca, que se detecta en las obras creadas entre los años 1652 y 1657. Además,
se trata de una pintura llena de simbolismo e intencionalidad, por hallarse directamente
relacionada con el entorno del lugar para el que fue creada, la parroquia de Santa
Catalina de Sevilla. Por otro lado, son destacables los valores patrimoniales que concita
la devolución de una obra maestra expoliada, recuperada y restituida a la ciudad donde
tuvo una funcionalidad religiosa, social y cultural; valores que se consideran notables y
suficientes para justificar su protección legal.
La obra ha sido declarada inexportable por Orden del Ministerio de Cultura y Deporte
de 9 de septiembre de 2020, emitida a instancias de la Dirección General de Bellas
Artes y previo informe de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes
del Patrimonio Histórico Español. Fue adquirida en 2016 por la Fundación «Fondo de
Cultura de Sevilla (FOCUS)» y en el año 2022 ha sido vendida por dicha Fundación a
la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, que la ha incorporado a la colección
permanente del Museo de Bellas Artes de Sevilla.
III. La Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, mediante Resolución
de 31 de marzo de 2022 (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, número 66, de 6 de
abril de 2022), incoó el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, categoría Mueble, de la
obra de Bartolomé Esteban Murillo denominada Santa Catalina de Alejandría, ubicada en
Sevilla (Sevilla), que se describe en el anexo al presente decreto.
En relación a la instrucción del procedimiento, emitió informe favorable a la inscripción
la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Sevilla, con fecha de 27 de abril de
2022, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007.
De acuerdo con la legislación aplicable se ha cumplimentado el trámite preceptivo
de audiencia a los interesados directamente afectados en sus derechos, habiéndose
presentado alegaciones que fueron estimadas y contestadas por la Dirección General de
Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural.
Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con el artículo 9 de la
Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede la inscripción en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, categoría mueble, la obra
de Bartolomé Esteban Murillo denominada Santa Catalina de Alejandría, ubicada en el
término municipal de Sevilla (Sevilla), que se describe en el anexo.
En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a)
de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de
Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el Decreto 159/2022,
de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Turismo, Cultura y Deporte, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte y
previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de febrero de 2023,
Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía,
como Bien de Interés Cultural, categoría mueble, la obra de Bartolomé Esteban Murillo
denominada Santa Catalina de Alejandría, ubicada en el término municipal de Sevilla
(Sevilla), que se describe en el anexo al presente decreto.
Segundo. Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos y simples poseedores
del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo, de manera que se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278702
ACUERDA