Disposiciones generales. . (2023/38-7)
Acuerdo de 21 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2023.
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Número 38 - Viernes, 24 de febrero de 2023
página 3641/9
Se viene apreciando un paulatino incremento de edad en el personal empleado público
de la Junta de Andalucía, alcanzando niveles que ya empiezan a producir sus efectos en
la actualidad y que afectarán a medio plazo el funcionamiento de Administración Pública
andaluza. En los próximos diez años se jubilará, al menos, el 50% de su plantilla. Este
personal que se jubila ocupa, en su mayoría, puestos relevantes en la estructura de
la Administración, lo cual puede generar una descapitalización del conocimiento de la
propia organización.
Una vez analizada la información obtenida, se abordará cómo puede afectar el
problema del relevo generacional a la organización y el análisis de las medidas que, en su
caso, se han adoptado, o esté previsto adoptar, para reducir el efecto de descapitalización
de conocimiento que se puede producir y comprobar si cuentan las unidades orgánicas
con técnicas de gestión que faciliten la fluidez en la transferencia del conocimiento. Y
caso que se hayan adoptado medidas, si se ha medido la efectividad de las mismas.
Ámbito: Consejerías, Delegaciones Territoriales y Agencias Administrativas a
determinar.
3.4. Denominación: Procedimientos sancionadores en la Junta de Andalucía.
Correspondencia entre denuncias, actuaciones inspectoras, expedientes sancionadores
y gestión de ingresos.
Objetivo: Analizar la correspondencia entre denuncias y actuaciones inspectoras,
número de expedientes sancionadores, porcentaje de los que terminan en sanción
y gestión del cobro, en su caso, de las sanciones. En cada una de estas fases del
procedimiento se prestará especial atención a los problemas que plantea la gestión, las
aplicaciones informáticas que permiten o facilitan la tramitación, las impugnaciones tanto
en la vía administrativa como judicial, el porcentaje de cobro en vía ordinaria y en vía
ejecutiva, y la identificación de las mejoras que puedan introducirse para alcanzar un
mayor nivel de eficiencia.
El procedimiento sancionador tiene como finalidad disuadir a la ciudadanía de realizar
conductas que puedan resultar contrarias a las normas que rigen la convivencia, así como
la punición de aquellas contrarias al ordenamiento jurídico. Es importante que exista una
correspondencia entre el número de denuncias y la actividad inspectora en su caso, los
procedimientos sancionadores y el cobro de las sanciones que resulten de infracciones
probadas en los expedientes instruidos al efecto. Alcanzar un mayor nivel de eficiencia en
la gestión supone una disminución en este tipo de conductas y alcanzar mayores cotas
de efectividad en el cobro de las sanciones impuestas. La actuación inspectora consiste
en estudiar a fondo las diferentes fases de estos procedimientos para determinar si existe
una relación correcta en términos de eficacia o qué problemas se plantean y formular
propuestas de mejora.
Ámbito: Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
y Consejería de Turismo, Cultura y Deporte: Servicios Centrales y Delegaciones Territoriales.
3.5. Denominación: Análisis del funcionamiento del teletrabajo en la Junta de
Andalucía.
Objetivo: Comprobar la adecuación al actual régimen jurídico del sistema de
teletrabajo del personal empleado público, analizando los medios de control y evaluación
de dicho sistema de prestación de servicios.
La actuación pretende comprobar si la prestación de servicios en teletrabajo, que
actualmente se desarrolla en los centros, cumple con la normativa que se ha dictado
sobre esta cuestión, analizar la uniformidad en la prestación de servicios en esta
modalidad, la existencia de órdenes, instrucciones o circulares sobre la implantación de
esta modalidad de trabajo no presencial, y comprobar si existe algún estudio o evaluación
de la calidad de este régimen de prestación de servicios.
Como metodología se realizará un muestreo del número de empleados y empleadas
acogidos a esta modalidad de trabajo no presencial y la existencia de instrumentos de
verificación y evaluación del trabajo desarrollado así como la existencia de instrumentos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278714
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 3641/9
Se viene apreciando un paulatino incremento de edad en el personal empleado público
de la Junta de Andalucía, alcanzando niveles que ya empiezan a producir sus efectos en
la actualidad y que afectarán a medio plazo el funcionamiento de Administración Pública
andaluza. En los próximos diez años se jubilará, al menos, el 50% de su plantilla. Este
personal que se jubila ocupa, en su mayoría, puestos relevantes en la estructura de
la Administración, lo cual puede generar una descapitalización del conocimiento de la
propia organización.
Una vez analizada la información obtenida, se abordará cómo puede afectar el
problema del relevo generacional a la organización y el análisis de las medidas que, en su
caso, se han adoptado, o esté previsto adoptar, para reducir el efecto de descapitalización
de conocimiento que se puede producir y comprobar si cuentan las unidades orgánicas
con técnicas de gestión que faciliten la fluidez en la transferencia del conocimiento. Y
caso que se hayan adoptado medidas, si se ha medido la efectividad de las mismas.
Ámbito: Consejerías, Delegaciones Territoriales y Agencias Administrativas a
determinar.
3.4. Denominación: Procedimientos sancionadores en la Junta de Andalucía.
Correspondencia entre denuncias, actuaciones inspectoras, expedientes sancionadores
y gestión de ingresos.
Objetivo: Analizar la correspondencia entre denuncias y actuaciones inspectoras,
número de expedientes sancionadores, porcentaje de los que terminan en sanción
y gestión del cobro, en su caso, de las sanciones. En cada una de estas fases del
procedimiento se prestará especial atención a los problemas que plantea la gestión, las
aplicaciones informáticas que permiten o facilitan la tramitación, las impugnaciones tanto
en la vía administrativa como judicial, el porcentaje de cobro en vía ordinaria y en vía
ejecutiva, y la identificación de las mejoras que puedan introducirse para alcanzar un
mayor nivel de eficiencia.
El procedimiento sancionador tiene como finalidad disuadir a la ciudadanía de realizar
conductas que puedan resultar contrarias a las normas que rigen la convivencia, así como
la punición de aquellas contrarias al ordenamiento jurídico. Es importante que exista una
correspondencia entre el número de denuncias y la actividad inspectora en su caso, los
procedimientos sancionadores y el cobro de las sanciones que resulten de infracciones
probadas en los expedientes instruidos al efecto. Alcanzar un mayor nivel de eficiencia en
la gestión supone una disminución en este tipo de conductas y alcanzar mayores cotas
de efectividad en el cobro de las sanciones impuestas. La actuación inspectora consiste
en estudiar a fondo las diferentes fases de estos procedimientos para determinar si existe
una relación correcta en términos de eficacia o qué problemas se plantean y formular
propuestas de mejora.
Ámbito: Consejería de Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa
y Consejería de Turismo, Cultura y Deporte: Servicios Centrales y Delegaciones Territoriales.
3.5. Denominación: Análisis del funcionamiento del teletrabajo en la Junta de
Andalucía.
Objetivo: Comprobar la adecuación al actual régimen jurídico del sistema de
teletrabajo del personal empleado público, analizando los medios de control y evaluación
de dicho sistema de prestación de servicios.
La actuación pretende comprobar si la prestación de servicios en teletrabajo, que
actualmente se desarrolla en los centros, cumple con la normativa que se ha dictado
sobre esta cuestión, analizar la uniformidad en la prestación de servicios en esta
modalidad, la existencia de órdenes, instrucciones o circulares sobre la implantación de
esta modalidad de trabajo no presencial, y comprobar si existe algún estudio o evaluación
de la calidad de este régimen de prestación de servicios.
Como metodología se realizará un muestreo del número de empleados y empleadas
acogidos a esta modalidad de trabajo no presencial y la existencia de instrumentos de
verificación y evaluación del trabajo desarrollado así como la existencia de instrumentos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278714
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía