Disposiciones generales. . (2023/38-7)
Acuerdo de 21 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan General de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía para el año 2023.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Viernes, 24 de febrero de 2023
página 3641/14
6. Evaluación e innovación.
En materia de evaluación e innovación corresponde a la Inspección General de
Servicios verificar la implantación de los procesos de seguimiento, evaluación y mejora
continua de los servicios públicos y de las políticas públicas, así como detectar los
contenidos innovadores y las buenas prácticas en la Administración de la Junta de
Andalucía, así como en su Sector Público. En particular, el objetivo de prestar unos
servicios públicos eficaces y de calidad, como exigen hoy la ciudadanía a sus gobiernos
y Administraciones Públicas, requiere de organizaciones públicas diseñadas con un
enfoque organizativo y funcional adaptativo y flexible, que facilite la generación de
sinergias con otros actores en contextos de gobernanza y cooperación.
En este sentido, las actuaciones que se incluyen en el presente Plan abarcan líneas
de trabajo encaminadas al impulso de un nuevo modelo de gestión pública al servicio
de los intereses generales y a la mejora en el diseño de políticas y programas públicos,
incrementando con ello los niveles de calidad de los servicios prestados.
6.1. Denominación: Evaluación del establecimiento de objetivos y medición de
resultados en las Agencias de Régimen Especial de la Junta de Andalucía.
Objetivo: Verificar la implantación de procesos de evaluación y mejora continua y la
existencia de objetivos e indicadores y previsión de resultados en las actividades de las
Agencias de Régimen Especial de la Junta de Andalucía, así como la efectiva realización
del seguimiento y evaluación de planes y programas. Las técnicas de evaluación
de programas tratan de valorar, con carácter general, el grado de compromiso con la
planificación y el desarrollo de los recursos con los que se cuenta para la prestación de
los servicios públicos.
Para ello, habrá que determinar en qué medida se alcanzan los resultados u objetivos
establecidos por los órganos que autorizan los programas, la eficacia de los mismos y,
finalmente, si la entidad ha cumplido las leyes y demás normas en aquellos aspectos
relevantes para el programa. En particular, el artículo 72 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la actuación de
las Agencias de Régimen Especial se producirá con arreglo al plan de acción anual,
bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión, que definirá
los objetivos a perseguir, los resultados a obtener y, en general, la gestión a desarrollar,
además de otros extremos. Igualmente establece dicho artículo que, en el seno de las
Agencias de Régimen Especial, se creará una comisión de control, cuya composición
se determinará en sus estatutos, a la que corresponderá informar sobre la ejecución del
contrato de gestión y, en general, sobre todos aquellos aspectos relativos a la gestión
económico-financiera que deban conocer los órganos de gobierno de la agencia y que se
determinen en los estatutos.
Ámbito: Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
6.2. Denominación: Evaluación de la situación actual de las Cartas de Servicios en
los Centros Directivos o unidades administrativas de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278714
•
Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de
Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla.
5.3. Denominación: Gestión de las consultas, reclamaciones y quejas recibidas por el
responsable del tratamiento de protección de datos personales.
Objetivo: Verificar la gestión de las consultas, reclamaciones y quejas recibidas por el
responsable del tratamiento de protección de datos personales.
En la actuación inspectora se analizará si se gestionan correctamente, conforme
a la normativa de aplicación, las consultas, reclamaciones y quejas recibidas por el
responsable del tratamiento de los datos personales, así como, en su caso, las medidas
correctoras adoptadas para mejorar dicha gestión.
Ámbito: Se realizará un muestreo entre las distintas Consejerías y Entidades
Instrumentales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 38 - Viernes, 24 de febrero de 2023
página 3641/14
6. Evaluación e innovación.
En materia de evaluación e innovación corresponde a la Inspección General de
Servicios verificar la implantación de los procesos de seguimiento, evaluación y mejora
continua de los servicios públicos y de las políticas públicas, así como detectar los
contenidos innovadores y las buenas prácticas en la Administración de la Junta de
Andalucía, así como en su Sector Público. En particular, el objetivo de prestar unos
servicios públicos eficaces y de calidad, como exigen hoy la ciudadanía a sus gobiernos
y Administraciones Públicas, requiere de organizaciones públicas diseñadas con un
enfoque organizativo y funcional adaptativo y flexible, que facilite la generación de
sinergias con otros actores en contextos de gobernanza y cooperación.
En este sentido, las actuaciones que se incluyen en el presente Plan abarcan líneas
de trabajo encaminadas al impulso de un nuevo modelo de gestión pública al servicio
de los intereses generales y a la mejora en el diseño de políticas y programas públicos,
incrementando con ello los niveles de calidad de los servicios prestados.
6.1. Denominación: Evaluación del establecimiento de objetivos y medición de
resultados en las Agencias de Régimen Especial de la Junta de Andalucía.
Objetivo: Verificar la implantación de procesos de evaluación y mejora continua y la
existencia de objetivos e indicadores y previsión de resultados en las actividades de las
Agencias de Régimen Especial de la Junta de Andalucía, así como la efectiva realización
del seguimiento y evaluación de planes y programas. Las técnicas de evaluación
de programas tratan de valorar, con carácter general, el grado de compromiso con la
planificación y el desarrollo de los recursos con los que se cuenta para la prestación de
los servicios públicos.
Para ello, habrá que determinar en qué medida se alcanzan los resultados u objetivos
establecidos por los órganos que autorizan los programas, la eficacia de los mismos y,
finalmente, si la entidad ha cumplido las leyes y demás normas en aquellos aspectos
relevantes para el programa. En particular, el artículo 72 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece que la actuación de
las Agencias de Régimen Especial se producirá con arreglo al plan de acción anual,
bajo la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión, que definirá
los objetivos a perseguir, los resultados a obtener y, en general, la gestión a desarrollar,
además de otros extremos. Igualmente establece dicho artículo que, en el seno de las
Agencias de Régimen Especial, se creará una comisión de control, cuya composición
se determinará en sus estatutos, a la que corresponderá informar sobre la ejecución del
contrato de gestión y, en general, sobre todos aquellos aspectos relativos a la gestión
económico-financiera que deban conocer los órganos de gobierno de la agencia y que se
determinen en los estatutos.
Ámbito: Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
6.2. Denominación: Evaluación de la situación actual de las Cartas de Servicios en
los Centros Directivos o unidades administrativas de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278714
•
Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de
Universidad, Investigación e Innovación en Sevilla.
5.3. Denominación: Gestión de las consultas, reclamaciones y quejas recibidas por el
responsable del tratamiento de protección de datos personales.
Objetivo: Verificar la gestión de las consultas, reclamaciones y quejas recibidas por el
responsable del tratamiento de protección de datos personales.
En la actuación inspectora se analizará si se gestionan correctamente, conforme
a la normativa de aplicación, las consultas, reclamaciones y quejas recibidas por el
responsable del tratamiento de los datos personales, así como, en su caso, las medidas
correctoras adoptadas para mejorar dicha gestión.
Ámbito: Se realizará un muestreo entre las distintas Consejerías y Entidades
Instrumentales.