3. Otras disposiciones. . (2023/32-37)
Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento del Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva. Ejercicio 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023

página 2989/37

TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La alegación desarrolla los diferentes cambios acontecidos en el régimen jurídico aplicable a los
consorcios, incidiendo que en el caso de personal es aplicable la disposición transitoria segunda
incluida en la modificación estatutaria de estos en 2019, en el que se reconoce como personal propio del consorcio el contratado con anterioridad al 31 de diciembre de 2014 y que se regirá por la
legislación laboral vigente. Además, se aporta un documento de solicitud realizada por la Dirección
General de Movilidad y Transportes a la Dirección General del Sector Público Instrumental en relación al régimen jurídico aplicable al personal laboral no directivo de los nueve Consorcios de Transporte Metropolitano motivada tras la publicación el 13 de septiembre de 2022 del Informe de la
Cámara de Cuentas de Andalucía sobre Fiscalización financiera y de cumplimiento del Consorcio de
Transporte Metropolitano del Campo de Gibraltar.
Respecto al contenido del Informe que se señala en el punto 29, y que viene desarrollado en los
apéndices A-32 a A-35 no contradice ni entra en conflicto con lo expuesto en la alegación. La salvedad recogida en el informe y que se basa en los apéndices citados, concretamente en el A.35, donde
se detallan los incumplimientos, no cuestionan el contenido de la citada disposición transitoria segunda, y por tanto de que se trate de personal propio o no del Consorcio ni el régimen laboral
aplicable, sino pone de manifiesto una serie de incidencias en la contratación y retribuciones que
no se ajustan al marco legal. Así se relaciona el mantenimiento de una serie de contratos de duración determinada de obra o servicio desde 2012 sin que se hayan establecido acciones para la estabilización del empleo incumpliendo la legislación laboral, la falta de evidencia del expediente de
selección y contratación del Coordinador de la Red de Consorcios y el pago de gratificaciones sobre
servicios no justificados a dos trabajadores. En este sentido, y aunque no se cita en la alegación,
con fecha 21 de noviembre de 2022, se han publicado las bases y convocatoria de Oferta de Empleo
Público extraordinaria de estabilización del personal temporal de larga duración en el CTMH con lo
que se están acometiendo las acciones con el objeto de resolver algunas de las incidencias detectadas y que aparecen en el informe.
Finalmente, y en relación con el documento aportado, aunque es una solicitud en términos generales, no vinculante realizada con posterioridad a la finalización del trabajo se va a incluir una nota
a pie de página con el objeto de que aparezca en el informe, la solicitud de la misma y la interpretación que se realiza respecto al régimen laboral aplicable.

ALEGACIÓN Nº 6, AL PUNTO 30 EPÍGRAFE 5.2 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)

00278042

Hasta finales de 2019, se daba traslado a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación
del Territorio Junta de Andalucía, a través de la Secretaría General Técnica, de la información relativa a los arrendamientos de inmuebles vigentes. A tal fin se da traslado en febrero de 2019 de que
el Consorcio de Transporte Metropolitano de la Costa de Huelva tan solo dispone de un inmueble
arrendado, su sede, con contrato vigente hasta 31/12/2019. Alcanzada la fecha de finalización del
contrato de arrendamiento, dada la necesidad de continuar con la actividad de la entidad y la atención del usuario, se procede a formular un nuevo contrato por periodo de 12 meses.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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