5. Anuncios. . (2023/31-52)
Anuncio de 8 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, del acuerdo de aprobación definitiva de la CTOTU de Huelva sobre la Modificación 1/2018 del PGOU y su normativa, del término municipal de Villablanca.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 31 - Miércoles, 15 de febrero de 2023

página 2864/5

Tercero. La tramitación seguida ha sido la prevista para las innovaciones de los
instrumentos de planeamiento conforme a lo previsto en el artículo 32 por remisión
del artículo 36 de la LOUA. A la presente modificación le será de aplicación, asimismo
de forma supletoria y en lo que sea compatible con la citada Ley 7/2002, según lo
establecido en la disposición transitoria novena de la misma, las normas previstas para
la Modificación de los Planes en el Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se
aprueba el Reglamento de Planeamiento.
Cuarto. El contenido documental de la presente modificación cumple los requisitos
establecidos en el artículo 36.2.b) de la Ley 7/2002, de la LOUA.
Quinto. La innovación propuesta se enmarca en el supuesto regulado en el artículo 38
de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, ya que no se produce mediante la misma la
alteración integral de la ordenación establecida por el instrumento de planeamiento o, en
todo caso, la alteración estructural del Plan General de Ordenación Urbana.
Sexto. Por lo expuesto, vistas la Ley 7/2002, LOUA y demás normativa de aplicación,
en virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 36/2014, 11 de febrero, por el
que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, previo
informe emitido por el Servicio de Urbanismo de 20/12/22 se eleva a la CTOTU la
siguiente
ACUERDA
Primero. Aprobar definitivamente la «Modificación núm. 1 de adaptación parcial a la
LOUA de las Normas Subsidiarias del PGOU sobre la adecuación de la clasificación del
suelo urbanizable no consolidado del término municipal de Villablanca», de conformidad
con el artículo 33.2, apartado a) de la LOUA.

ANEXO II
El enlace desde donde se puede acceder al BOP que contiene el texto íntegro de la
DAE es: https://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/daepu/resolucions/9380
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00277935

Segundo. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y
notificarlo a los interesados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 y 41 de la
LOUA y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que
se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía
en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
De conformidad con los artículos 20.3 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, y
10.1.b), 14 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Ley de Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente a su publicación ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Sevilla, contra los contenidos
del presente acuerdo que hayan sido objeto de aprobación, y que ponen fin a la vía
administrativa por su condición de disposición administrativa de carácter general. Todo
ello, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 44, en relación con el artículo 46.6 de la
citada Ley para los litigios entre Administraciones Públicas.