3. Otras disposiciones. . (2023/30-37)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se hacen públicos los criterios para la aplicación de las reducciones, sanciones y exclusiones en caso de incumplimiento de los requisitos y condiciones de admisibilidad, compromisos y otros requisitos obligatorios, en relación con las operaciones de la Medida 10: Agroambiente y Clima, de la Medida 11: Agricultura Ecológica y de la Medida 13: Pago a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, gestionadas por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 30 - Martes, 14 de febrero de 2023

página 2712/9

- En la Medida 11: Agricultura Ecológica, recogidos en el artículo 6 y en el apartado B
del Anexo I de la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad
Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de
Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015.
En cuanto al cálculo de las penalizaciones por incumplimiento de compromisos u otras
obligaciones, la ayuda se denegará o se retirará total o parcialmente en caso de que no se
cumplan los compromisos establecidos en el PDR; o cuando proceda, otras obligaciones
de la operación establecidas en la normativa comunitaria, nacional y autonómica o en el
PDR, en particular, en materia de contratación pública o ayudas estatales, así como otras
normas y requisitos obligatorios (línea de base).
Para la clasificación específica de dichos incumplimientos se valorará y evaluará:
- La gravedad que dependerá en especial de la importancia de sus consecuencias,
teniendo en cuenta los objetivos que no se hayan cumplido.
- La duración que dependerá en particular del tiempo que se prolongue el efecto o de
la posibilidad de poner fin a ese efecto por medios razonables.
- El alcance que dependerá principalmente de su efecto en el conjunto de la operación.
En función de la clasificación de la gravedad y duración evaluada y valorada tras
el control de la solicitud de pago para los incumplimientos de los compromisos u otras
obligaciones, en la siguiente tabla se definen las sanciones a tener en cuenta para el
cálculo de las penalizaciones a aplicar al importe de la ayuda.
CLASIFICACIÓN
GRAVEDAD Y
DURACIÓN

DEFINICIÓN

CA (1)

CR (2)

SANCIÓN
(S)

EXCLUSIÓN

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00277764

BÁSICO

Aquel cuyo incumplimiento
conlleva consecuencias
Aplica,
muy relevantes para los
Aplica,
excepto
BÁSICO 1 objetivos perseguidos y
excepto
alcance
100 %
(B1)
estas repercusiones duran
alcance total
total
más de un año o es difícil
(3)
(3)
poner fin a éstas con
Solo en casos de incumplimiento grave,
medios aceptables
falsedad, creación de condiciones
artificiales y negligencia, se solicitará el
Aquel cuyo incumplimiento
reintegro de importes de años anteriores.
BÁSICO 2 conlleva consecuencias
Aplica
Aplica
75%
En caso de compensación con pagos
(B2)
(3)
(3)
relevantes para los
futuros, si estos importes no pueden
objetivos perseguidos y
recuperarse íntegramente en los tres años
estas repercusiones duran
naturales siguientes a aquel en que se
BÁSICO 3 más de un año o es difícil Aplica
Aplica
50%
haya descubierto el incumplimiento, se
(B3)
poner fin a éstas con
(3)
(3)
cancelará el saldo pendiente
medios aceptables
Aquel cuyo incumplimiento
Además el beneficiario quedará excluido
conlleva consecuencias
de la misma operación durante el año
importantes para los
natural en el que se haya detectado el
PRINCIPAL
objetivos perseguidos y
Aplica
Aplica
20%
incumplimiento y durante el año natural
(P)
estas repercusiones duran
siguiente
menos de un año o es
posible poner fin a éstas
con medios aceptables
SECUNDARIO
Aquel que no se ajusta a
Aplica
Aplica
5%
(S)
las definiciones anteriores
Aquel cuyo incumplimiento
TERCIARIO
tiene escasa relevancia en Aplica
Aplica
1%
(T)
el objetivo de la operación
(1)
CA: Coeficiente por acumulación: según se describe en la letra D) de este apartado
(2)
CR: Coeficiente por reiteración: según se describe en la letra E) de este apartado
(3)
Aplican hasta el límite máximo del 100% de sanción