Disposiciones generales. . (2023/29-4)
Orden de 3 de febrero de 2023, por la que se aprueba el Programa Andaluz de Accesibilidad a los Nodos Metropolitanos de Transporte para el Fomento de la Movilidad Activa.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Lunes, 13 de febrero de 2023
página 2426/3
Cuarto. La presente orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que haya dictado el acto, en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de esta
orden, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta
de Andalucía, o bien recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional
competente de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, desde el día
siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de febrero de 2023
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda
A NE XO
(1) Justificación y antecedentes.
En Andalucía la planificación en materia de redes ciclistas y el uso de la bicicleta se
concretaba a través del Plan Andaluz de la Bicicleta 2014-2020 (PAB), redactado por la
entonces Consejería de Fomento y Vivienda y aprobado por Consejo de Gobierno en
desarrollo y ejecución del Plan de Infraestructuras para la Sostenibilidad del Transporte
en Andalucía (PISTA 2020).
Dicho Plan, PAB, tenía como finalidad propiciar un mayor uso de este medio de
transporte y aportar el marco estratégico que contribuyese a la obtención de los objetivos
territoriales y ambientales que tiene planteados la Comunidad Autónoma Andaluza,
fijando los criterios básicos para el desarrollo de una política de movilidad sostenible que
favoreciese el trasvase de viajes en vehículos motorizados privados a los no motorizados,
coadyuvando además políticas de intermodalidad con el Transporte Público. Asimismo,
debe contribuir a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, disminuir el
consumo energético del transporte, favorecer la salud pública, promover un desarrollo
turístico sostenible en Andalucía e incentivar la modalidad deportiva del ciclismo.
El objetivo es que la bicicleta se convierta en un medio preferente de transporte en
los ámbitos urbanos y metropolitanos y en un medio de ocio, turismo y deporte, cómodo y
útil en la red autonómica y con carácter general.
Habiéndose superado su ámbito temporal el PAB ha perdido su vigencia.
El pasado 2 de noviembre de 2022, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
aprobó el nuevo Plan de Infraestructuras, Transporte y Movilidad de Andalucía, documento
que sustituye y actualiza al PISTA 2020.
El Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de Andalucía (PITMA 2030)
constituye el instrumento para concretar las políticas en materia de Infraestructuras
y sistemas de transporte, con inclusión de los objetivos a conseguir para los distintos
modos de transporte relacionados con la sostenibilidad del sistema productivo andaluz y
con el nuevo papel que deberá desempeñar la movilidad en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277503
PROGRAMA ANDALUZ DE ACCESIBILIDAD A LOS NODOS METROPOLITANOS
DE TRANSPORTE: FOMENTO DE LA MOVILIDAD ACTIVA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Lunes, 13 de febrero de 2023
página 2426/3
Cuarto. La presente orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que haya dictado el acto, en el
plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de esta
orden, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta
de Andalucía, o bien recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional
competente de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, desde el día
siguiente a la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de febrero de 2023
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda
A NE XO
(1) Justificación y antecedentes.
En Andalucía la planificación en materia de redes ciclistas y el uso de la bicicleta se
concretaba a través del Plan Andaluz de la Bicicleta 2014-2020 (PAB), redactado por la
entonces Consejería de Fomento y Vivienda y aprobado por Consejo de Gobierno en
desarrollo y ejecución del Plan de Infraestructuras para la Sostenibilidad del Transporte
en Andalucía (PISTA 2020).
Dicho Plan, PAB, tenía como finalidad propiciar un mayor uso de este medio de
transporte y aportar el marco estratégico que contribuyese a la obtención de los objetivos
territoriales y ambientales que tiene planteados la Comunidad Autónoma Andaluza,
fijando los criterios básicos para el desarrollo de una política de movilidad sostenible que
favoreciese el trasvase de viajes en vehículos motorizados privados a los no motorizados,
coadyuvando además políticas de intermodalidad con el Transporte Público. Asimismo,
debe contribuir a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, disminuir el
consumo energético del transporte, favorecer la salud pública, promover un desarrollo
turístico sostenible en Andalucía e incentivar la modalidad deportiva del ciclismo.
El objetivo es que la bicicleta se convierta en un medio preferente de transporte en
los ámbitos urbanos y metropolitanos y en un medio de ocio, turismo y deporte, cómodo y
útil en la red autonómica y con carácter general.
Habiéndose superado su ámbito temporal el PAB ha perdido su vigencia.
El pasado 2 de noviembre de 2022, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
aprobó el nuevo Plan de Infraestructuras, Transporte y Movilidad de Andalucía, documento
que sustituye y actualiza al PISTA 2020.
El Plan de Infraestructuras de Transporte y Movilidad de Andalucía (PITMA 2030)
constituye el instrumento para concretar las políticas en materia de Infraestructuras
y sistemas de transporte, con inclusión de los objetivos a conseguir para los distintos
modos de transporte relacionados con la sostenibilidad del sistema productivo andaluz y
con el nuevo papel que deberá desempeñar la movilidad en Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277503
PROGRAMA ANDALUZ DE ACCESIBILIDAD A LOS NODOS METROPOLITANOS
DE TRANSPORTE: FOMENTO DE LA MOVILIDAD ACTIVA