Autoridades y personal. . (2023/28-27)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria de la «Acción 1. Becas de formación y prácticas del alumnado en actividades de transferencia del conocimiento» y la «Acción 2. Doctorados en entidades externas», del Plan Operativo de Apoyo a la Transferencia del Conocimiento, Empleabilidad y Emprendimiento 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 2556/9
Artículo 20. Criterios de valoración.
1. La Comisión de Transferencia del Conocimiento, para la concesión de las
ayudas, procederá a la valoración de las solicitudes de la presente acción, teniendo en
consideración los siguientes apartados:
a) Plan de trabajo. Se valorará con un máximo 5 puntos (este apartado tendrá una
ponderación del 30%):
1. La calidad técnica e innovadora de la actividad propuesta en cuya realización
participará la persona propuesta.
2. L
a claridad, originalidad y justificación de los objetivos o resultados esperados.
3. La definición e idoneidad de la metodología y el plan de trabajo y su potencial
innovador.
4.
La distribución de actividades y tareas que hay previsto desarrollar, así
como manifestación expresa de interés por parte de la entidad externa en la
estabilización de empleo del personal seleccionado, una vez finalizada la ayuda.
b) Curriculum vitae de la persona candidata. Se valorará, con un máximo 5 puntos
(este apartado tendrá una ponderación del 30%):
1. L
a adecuación del candidato/a propuesto al proyecto científico-técnico de I+D
presentado en el Plan de Trabajo, en función de su formación y experiencia previas.
2. E
l expediente académico y otros méritos curriculares del candidato/a, así como
la adecuación de los mismos a las tareas a realizar en función de su formación
y experiencia profesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277611
c) Plan de trabajo o memoria científico técnica del proyecto de I+D en cuya realización
participará la persona propuesta.
d) Fotocopia compulsada del DNI, expediente académico (en base 10) con su nota
media y curriculum vitae de la persona propuesta, incluyendo relación de estudios y
materias que han formado parte de la titulación o titulaciones que posee y que tengan
afinidad o relación con la actividad a realizar, con su calificación. Se aportará para su
valoración, acreditación de los méritos alegados, junto con una declaración de veracidad,
en la que la persona solicitante declara, mediante la firma de dicho documento, que la
relación completa de todos los méritos que acredita en el CV (listado exhaustivo de todos
ya cada uno de los documentos que se acompañan en copia simple) son veraces, siendo
copia fiel del original.
e) Resultados que el equipo solicitante se compromete alcanzar.
f) Resultados concretos obtenidos a través de ayudas de la misma naturaleza con
cargo a convocatorias anteriores del Plan de Transferencia del Conocimiento.
g) Declaración responsable de, en su caso, no haber resultado beneficiario ningún
miembro del equipo, de otras acciones de análoga naturaleza en convocatorias anteriores.
h) Declaración de interés por parte de la entidad externa que cofinanciará el contrato,
en la que conste de manera expresa el compromiso de cofinanciación del coste mínimo
previsto para el contrato (salario bruto y seguridad social) y de matrícula en los Programas
de Doctorado. Se podrá mencionar, además por parte de la entidad externa y se valorará
positivamente por parte de la Comisión de Transferencia del Conocimiento, a la hora de
adjudicar las ayudas de la Acción 2, el hecho de que exista por parte de la entidad externa
interés en la estabilización de empleo del personal investigador, una vez haya obtenido el
título de doctor y finalice su contrato laboral financiado a través de esta acción.
i) Compromiso de firma de un Convenio de colaboración entre la Universidad de
Jaén y la entidad externa, antes de la fecha de incorporación del personal investigador
en formación, de conformidad con el Real Decreto 195/2016, de 13 de mayo, por el
que se establecen los requisitos para la expedición del Suplemento Europeo al Título
Universitario de Doctor.
La entidad externa se considerará parte integrante del equipo solicitante a todos los
efectos. Además, el personal o entidad externa que forme parte del equipo, solo podrá
figurar en una única solicitud.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 2556/9
Artículo 20. Criterios de valoración.
1. La Comisión de Transferencia del Conocimiento, para la concesión de las
ayudas, procederá a la valoración de las solicitudes de la presente acción, teniendo en
consideración los siguientes apartados:
a) Plan de trabajo. Se valorará con un máximo 5 puntos (este apartado tendrá una
ponderación del 30%):
1. La calidad técnica e innovadora de la actividad propuesta en cuya realización
participará la persona propuesta.
2. L
a claridad, originalidad y justificación de los objetivos o resultados esperados.
3. La definición e idoneidad de la metodología y el plan de trabajo y su potencial
innovador.
4.
La distribución de actividades y tareas que hay previsto desarrollar, así
como manifestación expresa de interés por parte de la entidad externa en la
estabilización de empleo del personal seleccionado, una vez finalizada la ayuda.
b) Curriculum vitae de la persona candidata. Se valorará, con un máximo 5 puntos
(este apartado tendrá una ponderación del 30%):
1. L
a adecuación del candidato/a propuesto al proyecto científico-técnico de I+D
presentado en el Plan de Trabajo, en función de su formación y experiencia previas.
2. E
l expediente académico y otros méritos curriculares del candidato/a, así como
la adecuación de los mismos a las tareas a realizar en función de su formación
y experiencia profesional.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277611
c) Plan de trabajo o memoria científico técnica del proyecto de I+D en cuya realización
participará la persona propuesta.
d) Fotocopia compulsada del DNI, expediente académico (en base 10) con su nota
media y curriculum vitae de la persona propuesta, incluyendo relación de estudios y
materias que han formado parte de la titulación o titulaciones que posee y que tengan
afinidad o relación con la actividad a realizar, con su calificación. Se aportará para su
valoración, acreditación de los méritos alegados, junto con una declaración de veracidad,
en la que la persona solicitante declara, mediante la firma de dicho documento, que la
relación completa de todos los méritos que acredita en el CV (listado exhaustivo de todos
ya cada uno de los documentos que se acompañan en copia simple) son veraces, siendo
copia fiel del original.
e) Resultados que el equipo solicitante se compromete alcanzar.
f) Resultados concretos obtenidos a través de ayudas de la misma naturaleza con
cargo a convocatorias anteriores del Plan de Transferencia del Conocimiento.
g) Declaración responsable de, en su caso, no haber resultado beneficiario ningún
miembro del equipo, de otras acciones de análoga naturaleza en convocatorias anteriores.
h) Declaración de interés por parte de la entidad externa que cofinanciará el contrato,
en la que conste de manera expresa el compromiso de cofinanciación del coste mínimo
previsto para el contrato (salario bruto y seguridad social) y de matrícula en los Programas
de Doctorado. Se podrá mencionar, además por parte de la entidad externa y se valorará
positivamente por parte de la Comisión de Transferencia del Conocimiento, a la hora de
adjudicar las ayudas de la Acción 2, el hecho de que exista por parte de la entidad externa
interés en la estabilización de empleo del personal investigador, una vez haya obtenido el
título de doctor y finalice su contrato laboral financiado a través de esta acción.
i) Compromiso de firma de un Convenio de colaboración entre la Universidad de
Jaén y la entidad externa, antes de la fecha de incorporación del personal investigador
en formación, de conformidad con el Real Decreto 195/2016, de 13 de mayo, por el
que se establecen los requisitos para la expedición del Suplemento Europeo al Título
Universitario de Doctor.
La entidad externa se considerará parte integrante del equipo solicitante a todos los
efectos. Además, el personal o entidad externa que forme parte del equipo, solo podrá
figurar en una única solicitud.