Autoridades y personal. . (2023/28-27)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria de la «Acción 1. Becas de formación y prácticas del alumnado en actividades de transferencia del conocimiento» y la «Acción 2. Doctorados en entidades externas», del Plan Operativo de Apoyo a la Transferencia del Conocimiento, Empleabilidad y Emprendimiento 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023

página 2556/8

de los casos, la cuarta anualidad de la ayuda estará condicionada a la existencia de un
contrato laboral con la persona seleccionada que abarque esa anualidad.
3. Las ayudas comprenderán los siguientes conceptos:
a) Ayuda destinada a la cofinanciación del coste del contrato laboral temporal a
tiempo completo que se formalice al personal investigador en formación que en su caso
resulte seleccionado. Las ayudas por lo tanto se destinarán necesariamente a cofinanciar
el salario bruto y la cuota empresarial de la Seguridad Social del personal contratado
durante cada una de las anualidades.
El coste de contratación máximo financiable anualmente por ayuda será de 24.330
euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar
en un gasto de contratación superior. La retribución mínima de los beneficiarios que se
fijará en los contratos laborales se establece en 18.350 brutos anuales. Las ayudas se
destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad
Social de las personas contratadas durante cada una de las anualidades consideradas
de forma independiente.
b) Ayuda para cofinanciar los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado
(tutela académica) del personal investigador en formación que resulte contratado.
4. El porcentaje máximo de cofinanciación que asumirá la Universidad de Jaén será
del 75% del coste de contratación máximo establecido en el apartado anterior. Asimismo,
la Universidad de Jaén cofinanciará el 75% del importe que corresponda en concepto
de gasto de matrícula en las enseñanzas de doctorado previa acreditación del abono de
dicho importe por parte del personal investigador en formación que resulte contratado.
5. Estas ayudas únicamente cofinanciarán los costes de contratación correspondientes
a puestos de trabajo que estén ubicados en España.

Artículo 19. Documentación a presentar.
El equipo solicitante, habrá de aportar la siguiente documentación:
a) Formulario de solicitud en impreso normalizado (Acción 2).
b) Composición del equipo de investigación solicitante con indicación del personal
docente e investigador que asuma la condición de responsable, que deberá cumplir con
los requisitos establecido en el artículo 2 de la presente resolución.
Solo se admitirá una única solicitud por equipo de investigación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00277611

Artículo 18. Requisitos que debe cumplir la persona propuesta.
La persona propuesta para el disfrute del contrato deberá cumplir los siguientes
requisitos:
a) Tener nacionalidad española o de un Estado miembro de la Unión Europea, o
nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la
Comunidad Europea y así se acredite por la persona candidata.
b) No haber tenido vinculación laboral con la entidad externa con la que se solicita
la ayuda, ni con ninguna otra relacionada accionarial o socialmente, (entidad del Grupo)
durante los 6 meses anteriores a la fecha de incorporación del doctorado con esta
modalidad de contratación (no se considera vinculación laboral haber realizado prácticas
curriculares o extracurriculares en la entidad externa).
Para la justificación de este requisito se deberá aportar un informe de vida laboral
actualizado del personal investigador en formación que se pretende contratar.
c) No estar incluida como candidata en la solicitud de más de una entidad.
d) Estar en disposición de estar matriculada o admitida en un programa de doctorado de
la Universidad de Jaén a tiempo completo, a la fecha de la incorporación. La fecha de primera
matriculación en el programa de doctorado en la Universidad de Jaén que servirá de base
para esta modalidad de contratación no podrá ser anterior al curso académico 2022/2023.
e) No podrán ser propuestas aquellas personas que ya estén en posesión del título de
Doctor/a, por cualquier universidad española o extranjera.