Disposiciones generales. . (2023/28-2)
Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se convocan los VI Premios para el reconocimiento a centros con buenas prácticas docentes en bibliotecas escolares y en el fomento de la lectura, correspondientes al curso 2022-2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 2532/3
De cada una de las candidaturas seleccionadas se elaborará un informe en el que se
expongan los motivos que justifican dicha selección relacionándolos con los criterios de
valoración establecidos.
La Delegación Territorial enviará a la Dirección General de Tecnologías Avanzadas
y Transformación Educativa la relación de candidaturas seleccionadas junto con los
informes elaborados para cada una de ellas.
Sexto. Constitución de un Jurado Regional para la selección de las candidaturas
premiadas.
En la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se constituirá un
jurado presidido por la persona que ostente la Jefatura de Servicio de Planes y Programas
Educativos, o persona en quien delegue, y formado por los miembros de la Comisión
Técnica de Bibliotecas Escolares, constituida por las personas responsables de cada una
de las Delegaciones Territoriales.
A este jurado se podrían incorporar personas expertas en el ámbito educativo o
cultural.
El jurado estudiará las memorias y analizará los informes de las candidaturas
seleccionadas por las comisiones provinciales.
Séptimo. Fallo del Jurado y resolución del procedimiento.
Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el jurado emitirá un fallo por
cada modalidad de los Premios en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlos
desiertos en cualquiera de sus modalidades si considera que ninguna de las memorias
presentadas reúne los méritos suficientes.
El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión
del Premio correspondiente a la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y
Transformación Educativa para su resolución.
La persona titular de esta Dirección General, a la vista de las propuestas del jurado,
dictará la correspondiente resolución, elevando a definitivo y haciendo público el
contenido del fallo del jurado para cada modalidad del Premio.
La correspondiente resolución se publicará en el BOJA, así como en la página web de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y en el Portal de Lectura
y Bibliotecas Escolares.
Octavo. Financiación de los premios.
La financiación de los premios se realizará con cargo a los fondos consignados en la
partida presupuestaria 1100038406 G/54C/22930/0001.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros
docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.
Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a reforzar la realización de
actuaciones de mejora de la biblioteca escolar y de fomento de la lectura.
Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente,
dedicándose exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no
pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.
Décimo. Difusión y publicación de las memorias premiadas.
Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión
de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277589
Noveno. Entrega de premios.
El acto de entrega tendrá lugar en torno al 16 de diciembre, Día de la Lectura en
Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 2532/3
De cada una de las candidaturas seleccionadas se elaborará un informe en el que se
expongan los motivos que justifican dicha selección relacionándolos con los criterios de
valoración establecidos.
La Delegación Territorial enviará a la Dirección General de Tecnologías Avanzadas
y Transformación Educativa la relación de candidaturas seleccionadas junto con los
informes elaborados para cada una de ellas.
Sexto. Constitución de un Jurado Regional para la selección de las candidaturas
premiadas.
En la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se constituirá un
jurado presidido por la persona que ostente la Jefatura de Servicio de Planes y Programas
Educativos, o persona en quien delegue, y formado por los miembros de la Comisión
Técnica de Bibliotecas Escolares, constituida por las personas responsables de cada una
de las Delegaciones Territoriales.
A este jurado se podrían incorporar personas expertas en el ámbito educativo o
cultural.
El jurado estudiará las memorias y analizará los informes de las candidaturas
seleccionadas por las comisiones provinciales.
Séptimo. Fallo del Jurado y resolución del procedimiento.
Como consecuencia de las valoraciones efectuadas, el jurado emitirá un fallo por
cada modalidad de los Premios en cada una de sus dos categorías, pudiendo declararlos
desiertos en cualquiera de sus modalidades si considera que ninguna de las memorias
presentadas reúne los méritos suficientes.
El fallo del jurado será inapelable y se elevará como propuesta de concesión
del Premio correspondiente a la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y
Transformación Educativa para su resolución.
La persona titular de esta Dirección General, a la vista de las propuestas del jurado,
dictará la correspondiente resolución, elevando a definitivo y haciendo público el
contenido del fallo del jurado para cada modalidad del Premio.
La correspondiente resolución se publicará en el BOJA, así como en la página web de
la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y en el Portal de Lectura
y Bibliotecas Escolares.
Octavo. Financiación de los premios.
La financiación de los premios se realizará con cargo a los fondos consignados en la
partida presupuestaria 1100038406 G/54C/22930/0001.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía transferirá, como gastos de funcionamiento, a las cuentas de los centros
docentes premiados, las cantidades que correspondan según el premio concedido.
Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a reforzar la realización de
actuaciones de mejora de la biblioteca escolar y de fomento de la lectura.
Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente,
dedicándose exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no
pudiéndose destinar a otro concepto distinto de gasto.
Décimo. Difusión y publicación de las memorias premiadas.
Los centros premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión
de las mejores prácticas que se organicen por la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277589
Noveno. Entrega de premios.
El acto de entrega tendrá lugar en torno al 16 de diciembre, Día de la Lectura en
Andalucía.