3. Otras disposiciones. . (2023/26-36)
Orden de 3 de febrero de 2023, por la que se modifica el anexo de distribución y clasificación de las Vocalías electivas del Grupo A, del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Andújar, aprobado mediante Orden de 16 de febrero de 2021, para su adaptación a lo establecido en la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Miércoles, 8 de febrero de 2023

página 2417/2

a lo dispuesto en Ley 4/2019, de 19 de noviembre, se procedió a la aprobación del
Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios
de Andújar, por la persona titular de la extinta Consejería de Transformación Económica,
Industria, Conocimiento y Universidades, disponiendo su publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, en virtud de lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 4/2019,
de 19 de noviembre. La publicación se hizo efectiva en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía número 36, de fecha 23 de febrero de 2021.
No obstante, habiéndose detectado errores en el anexo de distribución y clasificación
de las Vocalías electivas del Grupo A, publicado junto con el Reglamento de Régimen
Interior de la Cámara, en concreto había epígrafes que no estaban contemplados en el
citado anexo, y dado que se trata de personas físicas y jurídicas que están en situación de
alta censal, las cuales deben poder optar a ser electores y elegibles y, teniendo en cuenta
que el censo refleja una distribución que no se corresponde con la establecida en el
anexo publicado, resulta necesario modificar el anexo anterior y disponer su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Comercio, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 11.1.h) del Decreto 155/2022, de 9 de agosto de 2022, por el
que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, y en uso de las facultades que conferidas por el artículo 46.4 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
DISPONGO
Primero. Modificar el anexo de distribución y clasificación de las Vocalías electivas del
Grupo A adjunto al Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio,
Industria y Servicios de Andújar, para su adaptación a lo establecido en Ley 4/2019, de 19
de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de
Andalucía, cuyo texto íntegro se adjunta como anexo a la presente orden.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley 4/2019, de
19 de noviembre, se dispone su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. La presente orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o
interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes
órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía: todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ROCÍO BLANCO EGUREN
Consejera de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sevilla, 3 de febrero de 2023