3. Otras disposiciones. . (2023/26-36)
Orden de 3 de febrero de 2023, por la que se modifica el anexo de distribución y clasificación de las Vocalías electivas del Grupo A, del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Andújar, aprobado mediante Orden de 16 de febrero de 2021, para su adaptación a lo establecido en la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Miércoles, 8 de febrero de 2023
página 2417/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
La Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria,
Servicios y Navegación, define a las mismas como corporaciones de derecho público
que tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses
generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación
de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades, contribuyendo
a revitalizar el tejido económico, el desarrollo empresarial y la generación de empleo,
mediante el ejercicio de las funciones público-administrativas que se les asignan en la
referida ley.
Mediante el Decreto 189/2018, de 9 de octubre, por el que se regula la composición de
los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y, en
su caso, Navegación de Andalucía y el procedimiento electoral, se adaptó a la normativa
básica estatal, tanto la composición de los órganos de gobierno de las Cámaras de
Andalucía, como el procedimiento por el que se regula el régimen electoral de las mismas
para la renovación de sus órganos de gobierno, procediéndose tras su entrada en vigor a
la necesaria adaptación de los reglamentos de régimen interior de las Cámaras Oficiales
de Comercio, Industria, Servicios y, en su caso, Navegación en Andalucía y del Consejo
Andaluz de Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación (en adelante
Consejo Andaluz de Cámaras) al mencionado decreto y su posterior aprobación mediante
las correspondientes órdenes de la Consejería competente en materia de Cámaras.
En aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la citada
Ley 4/2014, de 1 de abril, se aprobó la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras
Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía, que viene
a reforzar la presencia e importancia de las Cámaras, la adecuada representación de
todos los sectores económicos en los órganos de gobierno de las Cámaras, impulsar la
coordinación intercameral, a través del Consejo Andaluz de Cámaras, y fomentar el papel
de las Cámaras como prestadoras de servicios, en particular a las pequeñas y medianas
empresas, así como su papel como dinamizadoras de la expansión de las empresas de la
Comunidad Autónoma tanto en nuestro territorio como en el ámbito internacional.
La disposición final primera de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, dispone que en el
plazo de tres meses desde su entrada en vigor, las Cámaras de Andalucía y el Consejo
Andaluz de Cámaras adaptarán a su contenido sus reglamentos de régimen interior, que
deberán ser aprobados por la Consejería competente en materia de Cámaras.
A su vez, la propia Ley 4/2019, de 19 de noviembre, recoge en su artículo 30
el contenido que deberán contener los reglamentos de régimen interior de estas
Corporaciones, en el que constarán, entre otras cuestiones, la organización de la
Corporación, el régimen electoral, el régimen económico y presupuestario, el régimen
jurídico de las mismas y, en general, las normas de funcionamiento de sus órganos de
gobierno y régimen del personal al servicio de las Cámaras y del Consejo Andaluz de
Cámaras.
En cumplimiento de lo anterior, aprobada la propuesta del Reglamento de Régimen
Interior por el Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Andújar,
de fecha 24 de septiembre de 2020, y comprobada la adecuación de la propuesta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277494
Orden de 3 de febrero de 2023, por la que se modifica el anexo de distribución y
clasificación de las Vocalías electivas del Grupo A, del Reglamento de Régimen
Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Andújar,
aprobado mediante Orden de 16 de febrero de 2021, para su adaptación a lo
establecido en la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria y Navegación de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 26 - Miércoles, 8 de febrero de 2023
página 2417/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
La Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria,
Servicios y Navegación, define a las mismas como corporaciones de derecho público
que tienen como finalidad la representación, promoción y defensa de los intereses
generales del comercio, la industria, los servicios y la navegación, así como la prestación
de servicios a las empresas que ejerzan las indicadas actividades, contribuyendo
a revitalizar el tejido económico, el desarrollo empresarial y la generación de empleo,
mediante el ejercicio de las funciones público-administrativas que se les asignan en la
referida ley.
Mediante el Decreto 189/2018, de 9 de octubre, por el que se regula la composición de
los órganos de gobierno de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y, en
su caso, Navegación de Andalucía y el procedimiento electoral, se adaptó a la normativa
básica estatal, tanto la composición de los órganos de gobierno de las Cámaras de
Andalucía, como el procedimiento por el que se regula el régimen electoral de las mismas
para la renovación de sus órganos de gobierno, procediéndose tras su entrada en vigor a
la necesaria adaptación de los reglamentos de régimen interior de las Cámaras Oficiales
de Comercio, Industria, Servicios y, en su caso, Navegación en Andalucía y del Consejo
Andaluz de Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación (en adelante
Consejo Andaluz de Cámaras) al mencionado decreto y su posterior aprobación mediante
las correspondientes órdenes de la Consejería competente en materia de Cámaras.
En aplicación de lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la citada
Ley 4/2014, de 1 de abril, se aprobó la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras
Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía, que viene
a reforzar la presencia e importancia de las Cámaras, la adecuada representación de
todos los sectores económicos en los órganos de gobierno de las Cámaras, impulsar la
coordinación intercameral, a través del Consejo Andaluz de Cámaras, y fomentar el papel
de las Cámaras como prestadoras de servicios, en particular a las pequeñas y medianas
empresas, así como su papel como dinamizadoras de la expansión de las empresas de la
Comunidad Autónoma tanto en nuestro territorio como en el ámbito internacional.
La disposición final primera de la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, dispone que en el
plazo de tres meses desde su entrada en vigor, las Cámaras de Andalucía y el Consejo
Andaluz de Cámaras adaptarán a su contenido sus reglamentos de régimen interior, que
deberán ser aprobados por la Consejería competente en materia de Cámaras.
A su vez, la propia Ley 4/2019, de 19 de noviembre, recoge en su artículo 30
el contenido que deberán contener los reglamentos de régimen interior de estas
Corporaciones, en el que constarán, entre otras cuestiones, la organización de la
Corporación, el régimen electoral, el régimen económico y presupuestario, el régimen
jurídico de las mismas y, en general, las normas de funcionamiento de sus órganos de
gobierno y régimen del personal al servicio de las Cámaras y del Consejo Andaluz de
Cámaras.
En cumplimiento de lo anterior, aprobada la propuesta del Reglamento de Régimen
Interior por el Pleno de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Andújar,
de fecha 24 de septiembre de 2020, y comprobada la adecuación de la propuesta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277494
Orden de 3 de febrero de 2023, por la que se modifica el anexo de distribución y
clasificación de las Vocalías electivas del Grupo A, del Reglamento de Régimen
Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Andújar,
aprobado mediante Orden de 16 de febrero de 2021, para su adaptación a lo
establecido en la Ley 4/2019, de 19 de noviembre, de Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria y Navegación de Andalucía.