Disposiciones generales. . (2023/21-2)
Orden de 20 de enero de 2023, por la que se convocan proyectos de Formación Profesional Dual para el curso académico 2023/2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Miércoles, 1 de febrero de 2023
página 1869/9
de Formación Profesional de acuerdo con lo establecido en el Dispongo Decimoctavo,
apartado 5.
Décimo. Procedimiento para la renovación de proyectos.
1. Aquellos centros docentes que durante el curso escolar 2022/2023 estén
desarrollando el primer curso del proyecto dual podrán solicitar la renovación del
proyecto si desean incorporar un nuevo grupo de alumnado de primero del mismo ciclo
formativo para el curso 2023/2024. Para solicitar la renovación será imprescindible que el
centro docente tenga autorizada la enseñanza objeto del proyecto para el curso escolar
2022/2023.
2. Si esta renovación no implica realizar modificaciones al proyecto inicialmente
autorizado, se deberá presentar su renovación sin modificaciones a la Dirección General
de Formación Profesional a través del Sistema de información Séneca. El proyecto
deberá ser firmado digitalmente por la persona titular de la dirección del centro docente
público o por la persona habilitada para tal fin en los centros docentes privados. En este
caso, no será necesario incluir documentación alguna junto con la solicitud.
3. En el caso de que la renovación del proyecto implique modificaciones al mismo,
contemplando incluir o modificar las empresas, el número de alumnado participante,
cambios en la jornada y horario, o modificaciones respecto a becas, así como los periodos
de formación en las empresas, se deberán aportar los compromisos de colaboración
de las empresas junto con el proyecto de renovación. Igualmente, deberán presentar
la renovación a la Dirección General de Formación Profesional a través del Sistema de
información Séneca. El proyecto deberá ser firmado digitalmente por la persona titular
de la dirección del centro docente público o por la persona habilitada para tal fin en los
centros docentes privados.
4. La Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
Universidad, Investigación e Innovación correspondiente realizará un informe para los
proyectos de renovación cuya valoración favorable, junto a la autorización de la Dirección
General de Formación Profesional, será necesaria para la puesta en marcha de dichos
proyectos.
5. Los proyectos de renovación deberán acogerse a lo recogido en la presente Orden
de convocatoria.
6. Los proyectos de renovación para el curso escolar 2023/2024, que se presentaron
como proyectos nuevos para el curso 2022/2023, deberán continuar con la totalidad de
puestos becados por las empresas.
Decimosegundo. Subsanación de errores en los proyectos presentados.
Si los proyectos no reunieran los requisitos exigidos o no se acompañasen de los
documentos preceptivos, se le requerirá a la persona titular de la dirección del centro
solicitante, o a la persona habilitada para tal fin en los centros docentes privados, para que,
en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos precisos,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276905
Undécimo. Plazos de presentación.
1. Los centros docentes públicos que quieran presentar proyectos nuevos de
enseñanzas no autorizadas deberán presentar previamente a dicho proyecto, la
documentación recogida en el Dispongo Noveno apartado 2 para la elaboración del
informe de viabilidad por parte de la Dirección General de Formación Profesional desde el
día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
hasta el 15 de febrero de 2023. Una vez se emita el informe de viabilidad favorable, estos
centros podrán presentar sus correspondientes proyectos hasta el 15 de marzo de 2023.
2. Los centros docentes que presenten proyectos nuevos de enseñanzas autorizadas
o de renovación podrán hacerlo desde del día siguiente a la publicación de esta Orden en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 15 de marzo de 2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 21 - Miércoles, 1 de febrero de 2023
página 1869/9
de Formación Profesional de acuerdo con lo establecido en el Dispongo Decimoctavo,
apartado 5.
Décimo. Procedimiento para la renovación de proyectos.
1. Aquellos centros docentes que durante el curso escolar 2022/2023 estén
desarrollando el primer curso del proyecto dual podrán solicitar la renovación del
proyecto si desean incorporar un nuevo grupo de alumnado de primero del mismo ciclo
formativo para el curso 2023/2024. Para solicitar la renovación será imprescindible que el
centro docente tenga autorizada la enseñanza objeto del proyecto para el curso escolar
2022/2023.
2. Si esta renovación no implica realizar modificaciones al proyecto inicialmente
autorizado, se deberá presentar su renovación sin modificaciones a la Dirección General
de Formación Profesional a través del Sistema de información Séneca. El proyecto
deberá ser firmado digitalmente por la persona titular de la dirección del centro docente
público o por la persona habilitada para tal fin en los centros docentes privados. En este
caso, no será necesario incluir documentación alguna junto con la solicitud.
3. En el caso de que la renovación del proyecto implique modificaciones al mismo,
contemplando incluir o modificar las empresas, el número de alumnado participante,
cambios en la jornada y horario, o modificaciones respecto a becas, así como los periodos
de formación en las empresas, se deberán aportar los compromisos de colaboración
de las empresas junto con el proyecto de renovación. Igualmente, deberán presentar
la renovación a la Dirección General de Formación Profesional a través del Sistema de
información Séneca. El proyecto deberá ser firmado digitalmente por la persona titular
de la dirección del centro docente público o por la persona habilitada para tal fin en los
centros docentes privados.
4. La Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
Universidad, Investigación e Innovación correspondiente realizará un informe para los
proyectos de renovación cuya valoración favorable, junto a la autorización de la Dirección
General de Formación Profesional, será necesaria para la puesta en marcha de dichos
proyectos.
5. Los proyectos de renovación deberán acogerse a lo recogido en la presente Orden
de convocatoria.
6. Los proyectos de renovación para el curso escolar 2023/2024, que se presentaron
como proyectos nuevos para el curso 2022/2023, deberán continuar con la totalidad de
puestos becados por las empresas.
Decimosegundo. Subsanación de errores en los proyectos presentados.
Si los proyectos no reunieran los requisitos exigidos o no se acompañasen de los
documentos preceptivos, se le requerirá a la persona titular de la dirección del centro
solicitante, o a la persona habilitada para tal fin en los centros docentes privados, para que,
en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos precisos,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276905
Undécimo. Plazos de presentación.
1. Los centros docentes públicos que quieran presentar proyectos nuevos de
enseñanzas no autorizadas deberán presentar previamente a dicho proyecto, la
documentación recogida en el Dispongo Noveno apartado 2 para la elaboración del
informe de viabilidad por parte de la Dirección General de Formación Profesional desde el
día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
hasta el 15 de febrero de 2023. Una vez se emita el informe de viabilidad favorable, estos
centros podrán presentar sus correspondientes proyectos hasta el 15 de marzo de 2023.
2. Los centros docentes que presenten proyectos nuevos de enseñanzas autorizadas
o de renovación podrán hacerlo desde del día siguiente a la publicación de esta Orden en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 15 de marzo de 2023.