Disposiciones generales. . (2023/20-1)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2023 de subvenciones al amparo de la Orden de 8 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 20 - Martes, 31 de enero de 2023

página 1755/3

régimen de propiedad horizontal, establecido en el artículo 396 del Código Civil, así como
en los correlativos de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.
2. En base al artículo 3.3 de las bases reguladoras de estas subvenciones públicas,
las personas o entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través de
medios electrónicos con la Administración de la Junta de Andalucía para la realización de
cualquier trámite relativo al procedimiento de concesión de subvenciones.
Tercero. Objeto.
1. Constituye el objeto de las subvenciones, la contratación de la instalación de una red
de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades
de 1 Gbps, en las fábricas, centros, unidades, instalaciones y dependencias de los
polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras áreas de alta concentración
empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o
científicos, ubicados en las zonas blancas NGA de la Comunidad Autónoma de Andalucía
que sean incluidas en la presente convocatoria.
2. Las zonas donde pueden ubicarse los inmuebles objeto de la instalación de la red de
comunicaciones electrónicas subvencionada en la presente convocatoria serán aquellas
zonas de Andalucía que se relacionan en el Anexo III de la presente convocatoria.
Estas zonas son el resultado de la consulta pública llevada a cabo por la Secretaría de
Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales en el año 2022. Además, de
acuerdo a lo previsto en el artículo 9.2.l) del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre,
por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y
a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de
la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, no podrán ser admitidas aquellas solicitudes
de subvención destinadas a inmuebles ubicados en zonas que no se ajusten al principio
de complementariedad con el Programa de Universalización de Infraestructuras Digitales
para la Cohesión-Banda Ancha (ÚNICO-Banda Ancha) de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
3. La cuantía de las subvenciones se ajustará a lo establecido en el artículo 4 de las
bases reguladoras y a lo establecido en el apartado séptimo de la presente Resolución.
En esta convocatoria la intensidad máxima de ayuda, y por tanto la subvención máxima
solicitada por la entidad interesada, podrá ser de hasta el 80% del importe total del
presupuesto subvencionable.

Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes podrán presentarse, a través del formulario contenido en el anexo I,
desde el día siguiente al de la publicación, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, hasta el 15 de mayo de 2023 como fecha máxima, sin perjuicio de lo
dispuesto en el apartado segundo del artículo 12 de las bases reguladoras.
2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de las bases reguladoras, las solicitudes
habrán de presentarse, única y exclusivamente de forma telemática, a través de la Sede
Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía creada mediante la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Formularios y listado de zonas.
Se aprueban los siguientes formularios y se publican junto a la presente convocatoria:
Anexo I: Formulario de solicitud, al que se refiere el apartado uno del artículo 9 de las
Bases Reguladoras.
Anexo II: Formulario de alegaciones/aceptación, a efectos de lo dispuesto en el
apartado sexto del artículo 15 de las bases reguladoras.
Anexo III: Listado de zonas donde pueden ubicarse los inmuebles objeto de la
instalación de la red de comunicaciones electrónicas.