Autoridades y personal. . (2023/19-38)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo, mediante el sistema de concurso de méritos, para la contratación temporal de personal técnico de apoyo para el desarrollo del proyecto InterAE.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Lunes, 30 de enero de 2023
página 1721/3
3.4. La Comisión de Valoración no podrá valorar aquellos méritos indicados en la
relación que carezcan de justificación documental, o cuando no le conste la veracidad de
la misma.
3.5. Para el cómputo de los méritos se tomará como fecha de referencia la del día en
que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3.6. La Comisión de Valoración, no obstante, podrá solicitar a las personas
interesadas aclaraciones sobre la documentación aportada para resolver las dudas que
pudieran surgir en la valoración de los méritos.
3.7. Las personas solicitantes que no sean seleccionadas podrán retirar la
documentación aportada en el plazo de un mes desde la publicación de la relación
definitiva de los méritos de la forma establecida en la base 7.1. La documentación que no
se retire en dicho plazo podrá ser destruida.
3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Comisión de Valoración.
5.1. La composición de la Comisión de Valoración de este concurso de méritos,
conforme a lo dispuesto en el artículo 162.3 de los Estatutos de la Universidad de
Granada, se publicará junto con la lista de personas admitidas y excluidas a la que se
refiere la base 4.1 de esta convocatoria. En dicha Comisión, y siempre que sea posible,
se aplicará el principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres.
5.2. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo a la Rectora de la Universidad, cuando concurran algunas de las
circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
El presidente o presidenta podrá solicitar de los miembros de la Comisión declaración
expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el art. 23.2 de la Ley
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276798
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad
de Granada dictará resolución que se publicará en el sitio web del Servicio de Personal
de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es), conteniendo la composición
de la Comisión de Valoración, así como las listas provisionales de personas admitidas
y excluidas, con indicación de las causas de exclusión. En las listas deberán constar,
en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o
pasaporte y, en su caso, las causas de exclusión.
4.2. Las personas excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino que sus datos
identificativos constan en la relación de personas admitidas.
4.3. Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión
o aleguen la omisión, quedarán definitivamente excluidas de la participación del proceso
selectivo.
4.4. La lista definitiva de aspirantes se publicará en el sitio web del Servicio de
Personal de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es) una vez finalizado el
plazo de reclamaciones.
4.5. Contra la exclusión definitiva de las personas aspirantes podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente
a su publicación, ante el órgano competente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Lunes, 30 de enero de 2023
página 1721/3
3.4. La Comisión de Valoración no podrá valorar aquellos méritos indicados en la
relación que carezcan de justificación documental, o cuando no le conste la veracidad de
la misma.
3.5. Para el cómputo de los méritos se tomará como fecha de referencia la del día en
que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3.6. La Comisión de Valoración, no obstante, podrá solicitar a las personas
interesadas aclaraciones sobre la documentación aportada para resolver las dudas que
pudieran surgir en la valoración de los méritos.
3.7. Las personas solicitantes que no sean seleccionadas podrán retirar la
documentación aportada en el plazo de un mes desde la publicación de la relación
definitiva de los méritos de la forma establecida en la base 7.1. La documentación que no
se retire en dicho plazo podrá ser destruida.
3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Comisión de Valoración.
5.1. La composición de la Comisión de Valoración de este concurso de méritos,
conforme a lo dispuesto en el artículo 162.3 de los Estatutos de la Universidad de
Granada, se publicará junto con la lista de personas admitidas y excluidas a la que se
refiere la base 4.1 de esta convocatoria. En dicha Comisión, y siempre que sea posible,
se aplicará el principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres.
5.2. Los miembros de la Comisión de Valoración deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo a la Rectora de la Universidad, cuando concurran algunas de las
circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
El presidente o presidenta podrá solicitar de los miembros de la Comisión declaración
expresa de no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el art. 23.2 de la Ley
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Rectora de la Universidad
de Granada dictará resolución que se publicará en el sitio web del Servicio de Personal
de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es), conteniendo la composición
de la Comisión de Valoración, así como las listas provisionales de personas admitidas
y excluidas, con indicación de las causas de exclusión. En las listas deberán constar,
en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad o
pasaporte y, en su caso, las causas de exclusión.
4.2. Las personas excluidas u omitidas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar
el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino que sus datos
identificativos constan en la relación de personas admitidas.
4.3. Las personas aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión
o aleguen la omisión, quedarán definitivamente excluidas de la participación del proceso
selectivo.
4.4. La lista definitiva de aspirantes se publicará en el sitio web del Servicio de
Personal de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es) una vez finalizado el
plazo de reclamaciones.
4.5. Contra la exclusión definitiva de las personas aspirantes podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente
a su publicación, ante el órgano competente.