Autoridades y personal. . (2023/19-38)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo, mediante el sistema de concurso de méritos, para la contratación temporal de personal técnico de apoyo para el desarrollo del proyecto InterAE.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Lunes, 30 de enero de 2023
página 1721/4
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2
de octubre de 2015).
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión
cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.3. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Personal de Administración y Servicios
y en su página web, Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros de la
Comisión que habrán de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las
causas previstas en la base anterior.
5.4. Previa convocatoria del presidente o presidenta se constituirá la Comisión con
la asistencia de todos sus miembros. Las personas designadas como titulares que no
concurran al citado acto cesarán y serán sustituidos por sus respectivos suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.5. A partir de su constitución, la Comisión, para actuar válidamente a efectos de
la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, requerirá la asistencia,
presencial o a distancia, del presidente/a y secretario/a o, en su caso, de quienes les
sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
5.6. Durante el desarrollo del proceso, la Comisión resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los
casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
5.7. La Comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas que se limitarán a informar sobre los méritos relativos a su especialidad. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la Rectora de la Universidad.
5.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión tendrá su sede
en el Servicio de Personal de Administración y Servicios, Edificio Santa Lucía (c/ Santa
Lucía, núm. 8), teléfono 958 241 000, extensiones 20571 y 20574. La Comisión dispondrá
que, en su sede, al menos una persona, miembro o no de la misma, atienda cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con el proceso selectivo.
5.9. En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión tuviese conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión
a la Rectora de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo las inexactitudes
o falsedades formuladas en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la
Rectora o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo.
5.10. En ningún caso la Comisión podrá declarar que han superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier
propuesta que contravenga esta base será nula de pleno derecho.
7. Resolución del concurso.
7.1. Finalizada la valoración, la Comisión hará pública en el sitio web del Servicio de
Personal de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es), la relación de todas las
personas aspirantes con la valoración definitiva de los méritos por orden de la puntuación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276798
6. Procedimiento de selección.
6.1. Consistirá en la valoración de los méritos relacionados con el perfil de la plaza,
con los criterios específicos de valoración y las puntuaciones que se indican en el anexo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Lunes, 30 de enero de 2023
página 1721/4
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2
de octubre de 2015).
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros de la Comisión
cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
5.3. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Personal de Administración y Servicios
y en su página web, Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros de la
Comisión que habrán de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las
causas previstas en la base anterior.
5.4. Previa convocatoria del presidente o presidenta se constituirá la Comisión con
la asistencia de todos sus miembros. Las personas designadas como titulares que no
concurran al citado acto cesarán y serán sustituidos por sus respectivos suplentes.
En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo del proceso selectivo.
5.5. A partir de su constitución, la Comisión, para actuar válidamente a efectos de
la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, requerirá la asistencia,
presencial o a distancia, del presidente/a y secretario/a o, en su caso, de quienes les
sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
5.6. Durante el desarrollo del proceso, la Comisión resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los
casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la Comisión se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
(BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
5.7. La Comisión podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas que se limitarán a informar sobre los méritos relativos a su especialidad. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la Rectora de la Universidad.
5.8. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión tendrá su sede
en el Servicio de Personal de Administración y Servicios, Edificio Santa Lucía (c/ Santa
Lucía, núm. 8), teléfono 958 241 000, extensiones 20571 y 20574. La Comisión dispondrá
que, en su sede, al menos una persona, miembro o no de la misma, atienda cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con el proceso selectivo.
5.9. En cualquier momento del proceso selectivo, si la Comisión tuviese conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
en la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión
a la Rectora de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo las inexactitudes
o falsedades formuladas en la solicitud de admisión al proceso selectivo, a los efectos
procedentes.
Contra la exclusión se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la
Rectora o bien recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo.
5.10. En ningún caso la Comisión podrá declarar que han superado el proceso
selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier
propuesta que contravenga esta base será nula de pleno derecho.
7. Resolución del concurso.
7.1. Finalizada la valoración, la Comisión hará pública en el sitio web del Servicio de
Personal de Administración y Servicios (http://serviciopas.ugr.es), la relación de todas las
personas aspirantes con la valoración definitiva de los méritos por orden de la puntuación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276798
6. Procedimiento de selección.
6.1. Consistirá en la valoración de los méritos relacionados con el perfil de la plaza,
con los criterios específicos de valoración y las puntuaciones que se indican en el anexo.