Autoridades y personal. . (2023/19-18)
Resolución de 25 de enero 2023, de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa, por la que se convocan para el año 2023 las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años y se establecen determinados aspectos de su organización, en virtud de lo establecido en la Orden de 16 de septiembre de 2019 que las regula, y por la que se determina proceso específico de obtención de clave iANDE dirigido a las personas interesadas en la inscripción de las pruebas extraordinarias de obtención de título.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Lunes, 30 de enero de 2023
página 1713/2
de 15 de enero de 2021, y la organización de estas pruebas se regulará en todos sus
aspectos de convocatoria y organización, por la Orden de 16 de septiembre de 2019, por
la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Bachiller en la Comunidad
Autónoma de Andalucía para personas mayores de veinte años.
Así pues, en aplicación de la Orden de 16 de septiembre de 2019 (BOJA de 16 de
octubre), por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Bachiller en
la Comunidad Autónoma de Andalucía para personas mayores de veinte años, esta
Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa,
RESU ELV E
Primero. Convocatoria y fechas de realización de las pruebas.
La presente resolución convoca las pruebas para la obtención del título de Bachiller
para personas mayores de veinte años correspondientes al año 2023, que tendrán lugar
los días 15 de abril (1.ª jornada), y 6 de mayo (2.ª jornada).
Segundo. Modalidades, materias y centros sedes de las pruebas.
1. En desarrollo del artículo 4.3 de la Orden de 16 de septiembre de 2019, las
modalidades y materias correspondientes a las pruebas convocadas en el año 2023 son
las establecidas en el Anexo I de la presente resolución.
2. Los centros inicialmente designados como sedes en esta convocatoria, así como
las distintas modalidades de Bachillerato autorizadas a realizarse en cada uno de ellos,
son los que figuran en el Anexo II de la presente resolución.
3. Sin perjuicio de lo expresado en el apartado anterior, en función de las solicitudes
recibidas y atendiendo a la casuística organizativa resultante, se determinarán los centros
que definitivamente serán sedes de las pruebas en la presente convocatoria, con las
modalidades de Bachillerato finalmente autorizadas en cada uno, con anterioridad a la
celebración de la primera jornada de las pruebas.
Cuarto. Procesos de inscripción.
1. En aplicación del artículo 7 de la Orden de 16 de septiembre de 2019, la
presentación de solicitudes de inscripción se realizará conforme al modelo establecido
en el Anexo III de la citada orden (Hojas 1 y 2.A, 2.B o 2.C, según la modalidad de
Bachillerato por la que se opte), que estará disponible a través de la Secretaría Virtual de
los Centros Educativos y en el Portal de Educación Permanente de la página web de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional: www.juntadeandalucia.es/
educacion.
2. La presentación de la solicitud de inscripción se realizará preferentemente por vía
telemática, a través de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos de la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, mediante certificado digital reconocido
en vigor o mediante sistema de identificación y de firma desarrollado por la Consejería
competente en materia de educación.
3. En caso de no disponer de certificado digital u otro sistema de firma electrónica,
la solicitud de inscripción podrá ser presentada, con copia para la persona interesada, en
el centro elegido como primera opción o en cualquiera de los registros y oficinas a que
hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276784
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día
siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Lunes, 30 de enero de 2023
página 1713/2
de 15 de enero de 2021, y la organización de estas pruebas se regulará en todos sus
aspectos de convocatoria y organización, por la Orden de 16 de septiembre de 2019, por
la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Bachiller en la Comunidad
Autónoma de Andalucía para personas mayores de veinte años.
Así pues, en aplicación de la Orden de 16 de septiembre de 2019 (BOJA de 16 de
octubre), por la que se regulan las pruebas para la obtención del título de Bachiller en
la Comunidad Autónoma de Andalucía para personas mayores de veinte años, esta
Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa,
RESU ELV E
Primero. Convocatoria y fechas de realización de las pruebas.
La presente resolución convoca las pruebas para la obtención del título de Bachiller
para personas mayores de veinte años correspondientes al año 2023, que tendrán lugar
los días 15 de abril (1.ª jornada), y 6 de mayo (2.ª jornada).
Segundo. Modalidades, materias y centros sedes de las pruebas.
1. En desarrollo del artículo 4.3 de la Orden de 16 de septiembre de 2019, las
modalidades y materias correspondientes a las pruebas convocadas en el año 2023 son
las establecidas en el Anexo I de la presente resolución.
2. Los centros inicialmente designados como sedes en esta convocatoria, así como
las distintas modalidades de Bachillerato autorizadas a realizarse en cada uno de ellos,
son los que figuran en el Anexo II de la presente resolución.
3. Sin perjuicio de lo expresado en el apartado anterior, en función de las solicitudes
recibidas y atendiendo a la casuística organizativa resultante, se determinarán los centros
que definitivamente serán sedes de las pruebas en la presente convocatoria, con las
modalidades de Bachillerato finalmente autorizadas en cada uno, con anterioridad a la
celebración de la primera jornada de las pruebas.
Cuarto. Procesos de inscripción.
1. En aplicación del artículo 7 de la Orden de 16 de septiembre de 2019, la
presentación de solicitudes de inscripción se realizará conforme al modelo establecido
en el Anexo III de la citada orden (Hojas 1 y 2.A, 2.B o 2.C, según la modalidad de
Bachillerato por la que se opte), que estará disponible a través de la Secretaría Virtual de
los Centros Educativos y en el Portal de Educación Permanente de la página web de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional: www.juntadeandalucia.es/
educacion.
2. La presentación de la solicitud de inscripción se realizará preferentemente por vía
telemática, a través de la Secretaría Virtual de los Centros Educativos de la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, mediante certificado digital reconocido
en vigor o mediante sistema de identificación y de firma desarrollado por la Consejería
competente en materia de educación.
3. En caso de no disponer de certificado digital u otro sistema de firma electrónica,
la solicitud de inscripción podrá ser presentada, con copia para la persona interesada, en
el centro elegido como primera opción o en cualquiera de los registros y oficinas a que
hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276784
Tercero. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día
siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.