3. Otras disposiciones. . (2023/17-51)
Resolución de 18 de enero de 2023, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica convenio de colaboración entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo, para la celebración de las Jornadas «20 años de la Ley General de Subvenciones».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Jueves, 26 de enero de 2023
página 1351/3

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por
las siguientes
CL ÁUSUL AS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre el Instituto y la Asociación
para la organización del Congreso «20 años de la Ley General de Subvenciones» que se
va a celebrar en Sevilla los días 26 a 28 de enero de 2023. La finalidad de este Congreso
es hacer balance de los aspectos más problemáticos de la ley, cuando se van a cumplir
dos décadas desde su aprobación, planteando posicionamientos y propuestas que
permitan afrontarlos. Para dicho análisis se quiere una participación amplia que abarque
tanto el aspecto doctrinal y científico como su aplicación práctica. Por ello, dicho balance
presenta un gran interés tanto para los empleados públicos de la Junta de Andalucía
como para los operadores jurídicos de nuestro ámbito territorial, en la medida en que
aquellos y estos aplican dicha ley.
Segunda. Compromisos de las partes.
Las partes se comprometen al impulso conjunto del Congreso junto a otras
instituciones y organizaciones, colaborando para su adecuado desarrollo.
La Asociación se encarga y sufraga económicamente toda la organización y diseño
global del Congreso así como la coordinación de todas las personas colaboradoras,
ponentes, asistentes, empresas y organizaciones patrocinadoras. Para ello cuenta con
una secretaría técnica correspondiéndole la gestión de la misma.
El Instituto colabora con dicha organización participando en los debates y coloquios
así como podrá presentar ponencias y comunicaciones de interés sobre la materia,
sufragando parte de los gastos de la secretaría técnica de las jornadas.

Cuarta. Órgano de seguimiento.
Para el desarrollo y seguimiento del presente convenio se nombran dos personas
coordinadoras, una por cada parte, que actuarán como responsables de su aplicación y de
su correcto funcionamiento. Por parte del Instituto será la persona titular de la Secretaría
General y por parte de la Asociación la persona titular de la dirección del Congreso.
Este órgano de seguimiento será el responsable del seguimiento, vigilancia y control
del convenio, teniendo como función el acometer todas las actuaciones necesarias para
su cumplimiento y adoptará sus acuerdos por unanimidad de las dos personas que lo
componen.
El órgano de seguimiento se reunirá cuando lo solicite alguna de las partes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercera. Carga financiera.
Para la ejecución del presente convenio las partes asumen sus obligaciones
económicas en función de sus disponibilidades presupuestarias. En concreto, el Instituto
abonará los gastos generados por los compromisos adquiridos en la cláusula anterior,
en concreto por la gestión de parte de la secretaría técnica del Congreso, con cargo a la
aplicación presupuestaria 18.226.06 de su presupuesto de gastos hasta un máximo de
6.000 euros, IVA incluido.
La Asociación asumirá los gastos necesarios para la celebración del Congreso
aportando todos los medios personales y materiales necesarios para ello, con cargo a su
presupuesto.
No obstante, teniendo en cuenta la duración del presente convenio, cualquier
modificación futura que se produzca en relación con la asignación de cantidades en la
forma establecida anteriormente motivará las oportunas actuaciones presupuestarias, de
acuerdo con lo establecido en la respectiva normativa.