3. Otras disposiciones. . (2023/17-51)
Resolución de 18 de enero de 2023, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se publica convenio de colaboración entre el Instituto Andaluz de Administración Pública y la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo, para la celebración de las Jornadas «20 años de la Ley General de Subvenciones».
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Jueves, 26 de enero de 2023
página 1351/2
el estudio, la información y la difusión de las materias que afecten a la Administración
Pública, con especial referencia a las Administraciones Públicas Andaluzas, la formación
del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, la gestión de las
pruebas de selección y los cursos de selección» y demás funciones que se le encomienden,
en los términos que detallan sus Estatutos. De conformidad con el artículo 4.2.m)
de estos últimos, cuenta entre sus funciones específicas con la de «colaborar y cooperar
con otros órganos y entidades, públicos y privados con funciones de formación del
personal y de estudio, investigación y enseñanza de las disciplinas y técnicas aplicables a
las Administraciones y entidades públicas andaluzas y a la Administración de Justicia en
Andalucía». Por su parte, el artículo 5.2 de los referidos Estatutos contempla un variado
elenco de actuaciones para la consecución de sus fines en materia de investigación y
evaluación: «realizar, con sus propios medios o mediante contratos o convenios, estudios
y trabajos sobre el funcionamiento de las organizaciones públicas y, en especial, de la
Junta de Andalucía»; «promover la investigación en aquellas materias relacionadas con
la organización y actividad de las Administraciones y entidades públicas andaluzas», etc.
En los mismos términos dispone el punto 4 del artículo 4 de los Estatutos al manifestar
que, «en el ámbito de sus competencias, el Instituto podrá concertar convenios con
instituciones del Estado, de otras Comunidades Autónomas o Entidades Locales, así
como con cualquier otra entidad pública o privada».
Además, convencido de que compartir el conocimiento y estar en contacto con otros
contextos e ideas es estratégico para el desarrollo de su capacidad de innovación y para
hacer frente a los cambios requeridos hoy en la Administración pública, ha participado,
y sigue haciéndolo, en proyectos nacionales y europeos junto con otras instituciones
pioneras en el ámbito de la formación en las Administraciones Públicas.
Por otra parte, la disposición final segunda del Decreto 164/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración
Local y Función Pública, atribuye al Instituto, dentro de sus competencias y funciones, la
gestión de la evaluación de las políticas públicas, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4.2.ñ) de sus Estatutos.
Segundo. Que la la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo es
una entidad con plena capacidad jurídica y de obrar, al amparo de la Ley Orgánica 1/2002,
de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación y normas complementarias, BOE
núm.73, de 26.3.2002 . Trabaja para promover las relaciones científicas entre profesores
universitarios de derecho administrativo de España y otros países así como para realizar
todas las actividades que puedan contribuir al desarrollo de la investigación, enseñanza
y divulgación del derecho administrativo y de los valores constitucionales españoles. Y
tal como establece el artículo 2.d.) de sus estatutos, aprobados por unanimidad en la
Asamblea General de la Asociación reunida en Tarragona el 11 de febrero de 2012, puede
colaborar con otras entidades en actividades docentes o investigaciones en materias
propias del derecho administrativo.
Cuarto. En consecuencia, el marco normativo referido en los puntos anteriores,
ambas partes estiman necesario establecer un instrumento de colaboración en las
materias referidas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276413
Tercero. Las partes consideran aconsejable promover la colaboración entre sus
respectivas instituciones en estudios y actividades de interés común y especialmente en
la organización del XVII Congreso de la Asociación con la temática «20 años de la Ley
General de Subvenciones».
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Jueves, 26 de enero de 2023
página 1351/2
el estudio, la información y la difusión de las materias que afecten a la Administración
Pública, con especial referencia a las Administraciones Públicas Andaluzas, la formación
del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, la gestión de las
pruebas de selección y los cursos de selección» y demás funciones que se le encomienden,
en los términos que detallan sus Estatutos. De conformidad con el artículo 4.2.m)
de estos últimos, cuenta entre sus funciones específicas con la de «colaborar y cooperar
con otros órganos y entidades, públicos y privados con funciones de formación del
personal y de estudio, investigación y enseñanza de las disciplinas y técnicas aplicables a
las Administraciones y entidades públicas andaluzas y a la Administración de Justicia en
Andalucía». Por su parte, el artículo 5.2 de los referidos Estatutos contempla un variado
elenco de actuaciones para la consecución de sus fines en materia de investigación y
evaluación: «realizar, con sus propios medios o mediante contratos o convenios, estudios
y trabajos sobre el funcionamiento de las organizaciones públicas y, en especial, de la
Junta de Andalucía»; «promover la investigación en aquellas materias relacionadas con
la organización y actividad de las Administraciones y entidades públicas andaluzas», etc.
En los mismos términos dispone el punto 4 del artículo 4 de los Estatutos al manifestar
que, «en el ámbito de sus competencias, el Instituto podrá concertar convenios con
instituciones del Estado, de otras Comunidades Autónomas o Entidades Locales, así
como con cualquier otra entidad pública o privada».
Además, convencido de que compartir el conocimiento y estar en contacto con otros
contextos e ideas es estratégico para el desarrollo de su capacidad de innovación y para
hacer frente a los cambios requeridos hoy en la Administración pública, ha participado,
y sigue haciéndolo, en proyectos nacionales y europeos junto con otras instituciones
pioneras en el ámbito de la formación en las Administraciones Públicas.
Por otra parte, la disposición final segunda del Decreto 164/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración
Local y Función Pública, atribuye al Instituto, dentro de sus competencias y funciones, la
gestión de la evaluación de las políticas públicas, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 4.2.ñ) de sus Estatutos.
Segundo. Que la la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo es
una entidad con plena capacidad jurídica y de obrar, al amparo de la Ley Orgánica 1/2002,
de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación y normas complementarias, BOE
núm.73, de 26.3.2002 . Trabaja para promover las relaciones científicas entre profesores
universitarios de derecho administrativo de España y otros países así como para realizar
todas las actividades que puedan contribuir al desarrollo de la investigación, enseñanza
y divulgación del derecho administrativo y de los valores constitucionales españoles. Y
tal como establece el artículo 2.d.) de sus estatutos, aprobados por unanimidad en la
Asamblea General de la Asociación reunida en Tarragona el 11 de febrero de 2012, puede
colaborar con otras entidades en actividades docentes o investigaciones en materias
propias del derecho administrativo.
Cuarto. En consecuencia, el marco normativo referido en los puntos anteriores,
ambas partes estiman necesario establecer un instrumento de colaboración en las
materias referidas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00276413
Tercero. Las partes consideran aconsejable promover la colaboración entre sus
respectivas instituciones en estudios y actividades de interés común y especialmente en
la organización del XVII Congreso de la Asociación con la temática «20 años de la Ley
General de Subvenciones».