3. Otras disposiciones. . (2023/16-89)
Resolución de 13 de enero de 2023, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad al Convenio Tipo a suscribir entre la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública y los Ayuntamientos andaluces para la implantación de cep@l (Catálogo electrónico de procedimientos de la Administración Local).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Miércoles, 25 de enero de 2023

página 1158/3

tienen como competencia propia el «Establecimiento y desarrollo de estructuras de
participación ciudadana y del acceso a las nuevas tecnologías».
III. Con la aprobación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se consagra como principio de actuación que
las Administraciones Públicas se relacionen entre sí y con sus órganos, organismos
públicos y entidades vinculados o dependientes a través de medios electrónicos, y en el
plano del ciudadano se profundiza en la agilización de los procedimientos con un pleno
funcionamiento electrónico estableciéndose la tramitación electrónica del procedimiento
administrativo como la actuación habitual de las Administraciones Públicas.
IV. Para la consecución de los objetivos marcados por la nueva normativa administrativa,
en el seno de los trabajos de estudio entre la Consejería con competencias en materia
de régimen local, las Diputaciones Provinciales, la Federación Andaluza de Municipios
y Provincias, el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y
Tesoreros de la Administración Local y la Administración General del Estado (a través de
la Secretaría General de Administración Digital), se evidenció la necesidad de elaborar
un catálogo, que en formato electrónico, incluyera todos los procedimientos existentes en
los diferentes tipos de entidades que integran la Administración Local, para asegurar su
tramitación homogénea, simplificada e íntegramente electrónica por parte de todas las
entidades locales.
V. En respuesta a esta demanda la Consejería con competencias en materia de régimen
local ha desarrollado y puesto en marcha un Catálogo Electrónico de Procedimientos
de la Administración Local (cep@l) que actualmente se encuentra a disposición de las
entidades locales. El desarrollo de cep@l ha contado con cofinanciación europea del
Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020, encuadrándose en el Eje prioritario 2:
«Mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de las comunicaciones
y el acceso a las mismas».

VII. Asimismo, debe destacarse que cep@l es un sistema a integrar y desplegar
exclusivamente en tramitadores públicos de expedientes electrónicos al objeto de
consolidar y favorecer un modelo público y gratuito de Administración Local electrónica,
siendo por consiguiente ésta, una condición para su acceso y mantenimiento en su uso
a lo largo del tiempo de adhesión a cep@l. A estos efectos, se entiende por tramitador
público de expedientes electrónicos aquel sobre el que la Administración dispone de una
alta capacidad de decisión y autogestión en relación con la tecnología que utiliza en un
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00276238

VI. cep@l es un recurso jurídico-procedimental de carácter electrónico cuya línea
estratégica de actuación, consiste en actuaciones que impulsen una administración
electrónica más abierta, transparente, disponible y próxima, incrementando el uso de los
servicios públicos electrónicos por parte de la ciudadanía y las empresas, así como de
la Estrategia de Open Data. Este catálogo está compuesto por una relación ordenada e
individualizada de procedimientos administrativos que llevan a cabo las entidades locales
andaluzas que están normalizados e incluye los formularios, modelos y flujogramas
necesarios para permitir la tramitación electrónica completa de los mismos. Se incluyen
tanto las fases ad intra, como las ad extra, de manera que la implementación electrónica
sea total en las entidades locales que hagan uso del catálogo, previa suscripción del
correspondiente convenio con la Consejería competente en materia de régimen local,
lo que otorga a este catálogo un carácter de plenitud que lo diferencia de los existentes
hasta el momento.