Disposiciones generales. . (2023/15-1)
Orden de 13 de enero de 2023, por la que se fijan y regulan las vedas, periodos hábiles y condiciones del ejercicio de la pesca continental recreativa y deportiva en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Martes, 24 de enero de 2023

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h) Embalse La Breña II.
i) Tramo del río Guadiato comprendido desde la presa del embalse La Breña II hasta
su desembocadura en el río Guadalquivir.
j) Embalse de la Fernandina (Panzacola).
k) Embalse de la Viñuela.
3. De forma específica, para el embalse La Breña II, la actividad de la pesca
continental deberá adaptarse al Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y Plan
Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de la Sierra de Hornachuelos, que establece
la limitación de la pesca y navegación en las zonas de las colas del embalse con los ríos
Cabrilla y Guadiato. Por tanto, no podrán realizarse al norte de las coordenadas:
a) Del río Cabrillas: (X: 320781 – Y: 4194804) (X: 320974 – Y: 4194926).
b) Del río Guadiato: (X: 324005 – Y: 4194622) (X: 324221 – Y: 4194502).
4. En caso de detectar mejillón cebra en embalses o masas de agua distintas a las
recogidas en el apartado segundo, mediante resolución del órgano directivo central
competente en materia de pesca continental se declarará tal situación, aplicándose las
condiciones generales citadas en el apartado primero y, en su caso, otras que pudiera
contemplar la citada resolución.

1. El ejercicio libre de la pesca continental en el Embalse de Iznájar solo se permitirá
desde zonas habilitadas de la orilla y desde embarcación, con matrícula confinada o
excepcionalmente autorizada por la Administración competente en materia de navegación,
únicamente en los 150 m aguas adentro frente a estos, en los tramos que a continuación
se citan:
a) Tramo 1: desde la rampa del embarcadero de Confederación Hidrográfica del
Guadalquivir (coordenadas UTM: X: 377351,04 - Y: 4127040,09; coordenadas GPS: Lat.
37º16´55 N, Long. 4º 23´ 21´´ W), hasta el margen derecho de la desembocadura del
arroyo de Los Marchantes (coordenadas UTM: X: 378535,64 - Y: 4128119,31; coordenadas
GPS: Lat.. 37º 17´ 29´´ N, Long. 4º 22´11´´ W).
b) Tramo 2: desde la entrada del camino CP-3 (coordenadas UTM: X 380306,05 - Y:
4127974,92; coordenadas GPS: Lat. 37º 17´ 30´´ N, Long. 4º 21´ 18´´ W), hasta el margen
derecho de la desembocadura del arroyo de la Celada (coordenadas UTM: X: 382094,49
- Y: 4126852,69; coordenadas GPS: Lat. 37º 16´ 49´´ N, Long. 4º 19´ 48´´ W).
c) Tramo 3: desde el inicio de la Playa de Valdearenas (coordenadas UTM: X:
382311,18 – Y: 4125203,54; coordenadas GPS: Lat. 37º 15´ 56´´ N, Long. 4º 19´ 39´´
W), hasta el punto del cerro Las Sauzadillas (coordenadas UTM: X: 386422,81 – Y:
4124014,68; coordenadas GPS: Lat. 37º 15´ 19´´ N, Long. 4º 16´ 49´´ W).
d) Tramo 4: desde el punto (coordenadas UTM: X: 389024,27 – Y: 4124044,92;
coordenadas GPS: Lat. 37º 15´ 21´´ N, Long. 4º 15´ 06´´ W), hasta el margen derecho de la
desembocadura del arroyo del Molino (coordenadas UTM: X: 390026,91 – Y: 4123619,14;
coordenadas GPS: Lat. 37º 15´ 05´´ N, Long. 4º 14´ 28´´ W), zona del término municipal
del Castillo Fuentes de Cesna (Granada).
e) Tramo 5: desde el punto del margen izquierdo de la desembocadura del río
Pesquera (coordenadas UTM: X: 392249,77 – Y: 4123103,92; coordenadas GPS: Lat. 37º
14´ 54´´ N, Long. 4º 12´ 54´´ W), hasta el punto del margen derecho de la desembocadura
del río Genil (coordenadas UTM: X: 391862,09 – Y: 4122183,62; coordenadas GPS:
Lat. 37º 14´ 23´´ N, Long. 4º 13´ 14´´ W), zona del término municipal de Zagra (Granada).
f) Tramo 6: desde el punto (coordenadas UTM: X: 388230,28 – Y: 4123464,82;
coordenadas GPS: Lat. 37º 15´ 37´´ N, Long. 4º 15´ 33´´ W), hasta el margen derecho de
entrada al embalse del arroyo el Cerezo, en punto (coordenadas UTM: X: 384705,52 – Y:
4121598,60; coordenadas GPS: Lat. 37º 14´ 86´´ N, Long. 4º 17´ 49´´ W).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00276351

2. Medidas excepcionales para el embalse de Iznájar por presencia de siluro (Silurus glanis)