3. Otras disposiciones. . (2023/14-93)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023
página 1000/21
5.43
Los libramientos pendientes de justificar fuera de plazo a 31 de diciembre de 2021 de la Junta de
Andalucía ascienden a 681,59 M€, de los que 118,06 M€ corresponden al ejercicio corriente y
563,53 M€ a ejercicios anteriores. Este saldo se presenta infravalorado en 129,87 M€, al no incorporar aquellos con vencimiento el 31 de diciembre de 2021, por lo que el saldo agregado
asciende a 811,46 M€. También hay que añadir el saldo de libramientos pendientes de justificar
fuera de plazo correspondiente a las agencias administrativas y de régimen especial, que se cifra
en 91,41 M€, de los que 3,49 M€ proceden del ejercicio corriente y 87,92 M€ de años anteriores.
(§§ 13.90 y 22.7)
5.44
En virtud del art.4 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de
apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19, el resto del saldo no
ejecutado de la línea de subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el
apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado reguladas por Decreto-ley
10/2021, de 1 de julio, debía reintegrarse al Tesoro Público antes del 30 de junio de 2022. A fecha
del trabajo, y una vez comunicado el reintegro de 48,68 M€ realizado en junio de 2022, no se ha
tenido constancia de la totalidad del estado de ejecución ni del eventual reintegro que pudiera
corresponder, respecto del saldo de 16,15 M€ no reintegrados.12 (§ 14.7)
5.45
El importe de los derechos pendientes de dudoso cobro del remanente de tesorería consolidado
difiere del importe resultante de la agregación del registrado en las cuentas individuales de los
entes instrumentales y adscritos incluidos en el perímetro de consolidación presupuestaria, por lo
que no se han tenido en cuenta las particularidades concurrentes en las citadas entidades. (§ 15.26)
5.46
Se observan diferencias entre los criterios contables aplicados y descritos en la memoria, y los recogidos en el PGCF, en cuanto a la contabilización de las subvenciones recibidas, al imputarse como
ingresos en el ejercicio en que surge el derecho a su percepción, y respecto a la valoración de los
activos y pasivos financieros, al no aplicarse el método de coste amortizado para estos elementos
y a la consideración de los gastos de formalización asociados como gastos del ejercicio. (§ 16.4)
5.47
En el balance de situación de la JA no se incluyen todas las inversiones financieras minoritarias
realizadas en el patrimonio de las sociedades mercantiles. (§ 16.5)
5.48
No se ha aprobado una resolución que habilite los procedimientos para la expedición de los documentos contables destinados a registrar operaciones devengadas y no contabilizadas al cierre
del ejercicio (art.18 bis de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad
pública de la Junta de Andalucía). (§ 16.9)
5.49
Del Informe elaborado por la CCA sobre el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (CO 03/2018) se observaron debilidades e incidencias en el IGBD,
que se mantienen en 2021 y que afectan a la integridad, exactitud y fiabilidad de los datos que
contiene y, por tanto, a la cuenta de inmovilizado, a 31 de diciembre de 2021. (§ 16.12)
Punto modificado por la alegación presentada.
00276082
12
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023
página 1000/21
5.43
Los libramientos pendientes de justificar fuera de plazo a 31 de diciembre de 2021 de la Junta de
Andalucía ascienden a 681,59 M€, de los que 118,06 M€ corresponden al ejercicio corriente y
563,53 M€ a ejercicios anteriores. Este saldo se presenta infravalorado en 129,87 M€, al no incorporar aquellos con vencimiento el 31 de diciembre de 2021, por lo que el saldo agregado
asciende a 811,46 M€. También hay que añadir el saldo de libramientos pendientes de justificar
fuera de plazo correspondiente a las agencias administrativas y de régimen especial, que se cifra
en 91,41 M€, de los que 3,49 M€ proceden del ejercicio corriente y 87,92 M€ de años anteriores.
(§§ 13.90 y 22.7)
5.44
En virtud del art.4 del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de
apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19, el resto del saldo no
ejecutado de la línea de subvenciones a personas trabajadoras autónomas y empresas para el
apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado reguladas por Decreto-ley
10/2021, de 1 de julio, debía reintegrarse al Tesoro Público antes del 30 de junio de 2022. A fecha
del trabajo, y una vez comunicado el reintegro de 48,68 M€ realizado en junio de 2022, no se ha
tenido constancia de la totalidad del estado de ejecución ni del eventual reintegro que pudiera
corresponder, respecto del saldo de 16,15 M€ no reintegrados.12 (§ 14.7)
5.45
El importe de los derechos pendientes de dudoso cobro del remanente de tesorería consolidado
difiere del importe resultante de la agregación del registrado en las cuentas individuales de los
entes instrumentales y adscritos incluidos en el perímetro de consolidación presupuestaria, por lo
que no se han tenido en cuenta las particularidades concurrentes en las citadas entidades. (§ 15.26)
5.46
Se observan diferencias entre los criterios contables aplicados y descritos en la memoria, y los recogidos en el PGCF, en cuanto a la contabilización de las subvenciones recibidas, al imputarse como
ingresos en el ejercicio en que surge el derecho a su percepción, y respecto a la valoración de los
activos y pasivos financieros, al no aplicarse el método de coste amortizado para estos elementos
y a la consideración de los gastos de formalización asociados como gastos del ejercicio. (§ 16.4)
5.47
En el balance de situación de la JA no se incluyen todas las inversiones financieras minoritarias
realizadas en el patrimonio de las sociedades mercantiles. (§ 16.5)
5.48
No se ha aprobado una resolución que habilite los procedimientos para la expedición de los documentos contables destinados a registrar operaciones devengadas y no contabilizadas al cierre
del ejercicio (art.18 bis de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la contabilidad
pública de la Junta de Andalucía). (§ 16.9)
5.49
Del Informe elaborado por la CCA sobre el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (CO 03/2018) se observaron debilidades e incidencias en el IGBD,
que se mantienen en 2021 y que afectan a la integridad, exactitud y fiabilidad de los datos que
contiene y, por tanto, a la cuenta de inmovilizado, a 31 de diciembre de 2021. (§ 16.12)
Punto modificado por la alegación presentada.
00276082
12
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja