3. Otras disposiciones. . (2023/14-93)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023

página 1000/194

MUESTRA DE EXPEDIENTES DE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS 2021
POBLACIÓN

Suplementos de créditos
Generaciones de créditos
Incorporaciones de créditos
Transferencias de créditos
Total


Exptes.
1
111
64
449

1.500,00
4.059.147,30
202.964,87
3.193.087,76

625

7.456.699,93

Importe

Fuente: DGP y elaboración propia.

MUESTRA (*)

Exptes.
1
36
21
48
106

Importe
1.500,00
3.276.045,02
84.917,32
1.112.723,12
4.475.185,46

PORCENTAJE
%/ Nº
%/ Importe
Exptes.
100,00%
100,00%
32,43%
80,71%
32,81%
41,84%
10,69%
34,85%
16,96%
60,02%

m€

TOTAL POBLACIÓN
Agencias y
JA
consorcios (1)
1.500,00
0,00
3.716.717,52
342.429,78
102.318,20
100.646,67
2.088.691,14
1.104.396,62
5.909.226,86

1.547.473,07

Cuadro nº 17.3

(*) Durante los trabajos de campo se ha recibido documentación adicional de 3 expedientes, uno de incorporaciones (expte. 601850) por importe de
9.027,94 m€ y, dos de transferencias de créditos (exptes. 608581 y 610992), por importes de 103.677,00 m€ y 181.156,10 m€, respectivamente. Estos tres
expedientes se han incorporado al cuadro nº 17.3, por lo que la muestra analizada representa un 16,96% respecto al número total de expedientes, y un
60,02% de la cuantía total.
(1) En esta columna se refleja el montante de expedientes de modificaciones presupuestarias que afectan a las AAAA y ARES, APES y consorcios.
Nota 1: La cifra total de remanentes incorporados en la JA no coincide con el total imputado en la cuenta general según cuadro nº 17.5 del apéndice 17.3.1,
al incluirse en éste los remanentes incorporados por las AAAA y ARES que de ellas dependen. En el caso de las generaciones y transferencias, las diferencias
entre los totales de ambos ámbitos con respecto a los cuadros 17.5 y 17.6 del apéndice 17.3.1, tienen su origen en el procedimiento descrito en el punto
17.22 para contabilizar en el sistema GIRO las cuentas puente entre JA y AAAA y ARES.

17.8.

Con carácter general, se ha cumplido con la normativa aplicable en la tramitación de las modificaciones de crédito y su contabilización ha sido adecuada.
En los expedientes seleccionados se ha analizado si se realiza una adecuada valoración del eventual
impacto que las modificaciones pueden tener en los objetivos de gasto programados, tal como
establece el art.51.1 del TRLGHP.
En 2018 se incorporó una mejora en el sistema GIRO, consistente en que el gestor de forma obligatoria debe recoger en el expediente la justificación del por qué no afecta la modificación propuesta a los objetivos e indicadores. Aun así, se sigue constatando que en algunos expedientes
únicamente se hace referencia a que la modificación presupuestaria no tiene incidencia en los objetivos e indicadores, sin que se justifique las razones de tal afirmación.
Así, en 32 expedientes de modificaciones analizados (30% del total), se afirma que la modificación no
altera los objetivos e indicadores de los programas afectados, sin que en ninguno de estos expedientes se justifique de forma adecuada tal afirmación.59 Respecto al ejercicio anterior, se mantiene similar la proporción de expedientes en los que se constata esta incidencia.
Todo ello podría poner de manifiesto una deficiente definición de los objetivos que se pretenden
alcanzar con los recursos asignados, que impide que los objetivos que contengan los programas
presupuestarios puedan ser evaluables.
En este sentido, debe destacarse que, a raíz de la estrategia de mejora gradual de la documentación cualitativa del presupuesto, que la DGP puso en marcha a finales de 2018, se ha observado
una mejoría en la cumplimentación de las fichas de los programas, así como en la definición de los
indicadores y las explicaciones incorporadas en las memorias explicativas sobre los grados de consecución alcanzados.

00276082

59
En la Instrucción de 26 de mayo de 2020 de la DGP, por la que se dictan normas sobre la tramitación y documentación de las modificaciones
de crédito y otras operaciones presupuestarias, se señala que en la memoria del expediente se justificará la modificación propuesta, indicando
la “justificación de la incidencia en la consecución de las actuaciones y de los objetivos propuestos, referido al incremento o disminución de la
cuantía de los indicadores del programa(s) presupuestario(s), a la asociación de nuevos indicadores a los objetivos y/o actuaciones, al alta o
reasignación de objetivos estratégicos y/u operativos, y/o actuaciones con sus correspondientes indicadores”.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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