3. Otras disposiciones. Universidades. (2023/13-54)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023

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obsequios que estén motivados por actos de reconocimiento a personas de la Universidad de Cádiz, tales como
jubilación, maternidad, fallecimiento u otros gastos de naturaleza similar.
4. A las facturas de gastos de representación y/o protocolarios, como comidas, recepciones, etc., les
acompañará una memoria justificativa suscrita por la persona responsable en la que se identifique al
beneficiario y se motive el beneficio o utilidad de dichos gastos. Estas facturas serían incompatibles con la
percepción de indemnizaciones por dietas de manutención.
5. Cuando se realicen gastos de naturaleza protocolaria en contratos de investigación, estos gastos deberán ser
necesarios, razonables y guardar una relación directa con la actividad investigadora.
6. Cuando se realicen gastos de esta naturaleza protocolaria utilizando fondos obtenidos a través de
subvenciones, deberá asegurarse que la realización de estos gastos reúne todas las condiciones y requisitos
exigidos por las normas reguladoras de tales subvenciones para considerarse como gasto elegible.
7. Asimismo se imputarán a este subconcepto los gastos que deba atender la Universidad por la concesión de
condecoraciones, insignias y otros similares.
8. Por la Gerente de la Universidad de Cádiz, con la colaboración del Gabinete de Auditoría y Control Interno se
propondrá al Rector la adopción de un conjunto de buenas prácticas de gestión de gastos protocolarios.
TÍTULO V. Liquidación del presupuesto
Artículo 117. Liquidación del presupuesto.
1. El Presupuesto del ejercicio se liquidará, en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones, el
31 de diciembre.
2. Los Responsables de las Unidades Tramitadoras no gestionarán, con imputación al Presupuesto del ejercicio
2023, facturas electrónicas o en soporte físico emitidas por los proveedores a partir del 24 de noviembre de
2023, así como tampoco justificantes de gasto (indemnizaciones por razón del servicio, becas, ayudas, etc.),
distintos de las facturas emitidas por los proveedores, a partir del 15 de diciembre de 2023.
3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el Administrador de Campus o la Jefa del Servicio de
Gestión Económica, Contrataciones y Patrimonio, como responsable de la Unidad Tramitadora, planificará y
organizará la gestión interna de estas facturas y demás justificantes de gasto con posterioridad a las citadas
fechas, de acuerdo con los medios disponibles en su Unidad Administrativa, siempre que considere acreditado
el cumplimiento de las fechas máximas para la elaboración y presentación de los estados financieros que
componen la Liquidación del Presupuesto del año 2023. La Gerencia podrá dictar que una Unidad Tramitadora
proceda a gestionar determinadas facturas y/o justificantes de gasto transcurrido el plazo indicado en el
apartado 2 con el objetivo de garantizar la imagen fiel de los estados financieros derivados de la ejecución
presupuestaria.
4. Con motivo de su posible incidencia por razón de su cuantía, en caso de especial relevancia sobre el
resultado de la liquidación presupuestaria, se adoptarán las medidas necesarias con objeto de que las
certificaciones de obras y facturas por la prestación de suministros y servicios ordinarios del año 2023 se
encuentren registradas e imputadas antes de las fechas anteriores.
5. En ningún caso se podrán gestionar y abonar gastos con imputación al Presupuesto del ejercicio 2023 a
través de Anticipos de Caja Fija con posterioridad al 31 de diciembre de 2023.

7. Con objeto de establecer los criterios de incorporación de los remanentes de créditos al ejercicio 2024
mediante el uso de trámites electrónicos que puedan desarrollarse en la herramienta de gestión económica
UXXI-Económico, la Gerente dictará las instrucciones que determine los requisitos y el procedimiento a seguir.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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6. La fecha límite de contabilización de operaciones y de documentos contables con cargo al ejercicio 2023 será
la del día 12 de enero de 2024.